Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2004 (03/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 3 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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racteristicas de la evolucion de los ninos en cada una de sus etapas de desarrollo organico, afectivo y cognitivo, sus necesidades educativas especificas, sus diferencias individuales y su diversidad sociocultural, considerandolas como un MORDAZA continuo desde el nacimiento. b) La Educacion Primaria consolida y continua la formacion integral, que fuera comenzada en la Educacion Inicial teniendo en cuenta el articulo 36º de la Ley General de Educacion. Conforma una estructura integral solida que se constituye en la base para la Educacion Secundaria. c) La Educacion Secundaria se articula con la Primaria para darle continuidad y profundidad al desarrollo de los conocimientos, capacidades, actitudes y valores logrados en la Primaria y complementarlos con aprendizajes humanisticos, cientificos, tecnologicos asi como con una formacion para el trabajo. Se articula tambien con el acceso a las Instituciones de Educacion Superior. Articulo 17º.- Ficha Unica de Matricula Al ingresar al sistema educativo en una Institucion Educativa publica o privada se recibe la Ficha Unica de Matricula que acompana al estudiante en todos los niveles de la Educacion Basica bajo cualquier modalidad. Articulo 18º.- Traslado de matricula El traslado de matricula en los niveles de Primaria y Secundaria solo puede efectuarse hasta el fin del octavo mes de clase. La ratificacion de la matricula se hace MORDAZA de inicio del ano lectivo siguiente, de acuerdo al procedimiento que determine el Reglamento de la Institucion Educativa.
TITULO MORDAZA POLITICA PEDAGOGICA Capitulo 1 Objetivo y elaboracion de la Politica Pedagogica

e) El diseno y practica de la tutoria y orientacion educativa. f) El diseno, organizacion y conduccion de la formacion inicial y en servicio de los profesores. g) El enfoque del sistema de evaluacion educativa y el uso de sus resultados. h) El diseno y utilizacion de instrumentos confiables de gestion pedagogica. Articulo 20º.- Elaboracion de la Politica Pedagogica La Politica Pedagogica Nacional se elabora considerando el Proyecto Educativo Nacional y los lineamientos de politica educativa, en consulta con el Consejo Nacional de Educacion, los Gobiernos Regionales, profesores, academicos e investigadores de diversas disciplinas, organizaciones representativas de los pueblos indigenas y comunidades campesinas y otras de la sociedad civil que desarrollan iniciativas relativas a la educacion. La Politica Pedagogica Regional es elaborada por la DRE, en el MORDAZA de la Politica Pedagogica Nacional, con la opinion de los Consejos de Participacion Regional.
Capitulo 2 Diseno Curricular

Articulo 21º.- Contenidos del Diseno Curricular Nacional El Diseno Curricular Nacional de la EBR es elaborado por el Ministerio de Educacion. Contiene principalmente, los aprendizajes que deben alcanzar los estudiantes al concluir cada nivel, asi como las formas de evaluarlos. Estos aprendizajes deben ser una especificacion de los objetivos de la Educacion Basica, estar fundamentados en un diagnostico de la realidad social, multilingue y pluricultural de la infancia y la adolescencia; tener un sustento pedagogico y guardar coherencia con los principios y fines de la educacion peruana, establecidos en la LGE. Articulo 22º.- Elaboracion y aprobacion del Diseno Curricular El Ministerio de Educacion, a partir de los fines y principios de la educacion peruana, senalados en la LGE, del Proyecto Educativo Nacional y de la Politica Pedagogica Nacional elabora el Diseno Curricular Nacional de la EBR. Su aprobacion o la modificacion de su enfoque supone necesariamente un MORDAZA de validacion previo y su elaboracion requiere la opinion y la participacion activa del Consejo Nacional de Educacion. El Ministerio de Educacion realiza periodicamente revisiones, evaluaciones y consultas con los actores del Estado y la sociedad civil para actualizar y mejorar en lo que corresponda el Diseno Curricular Nacional de la EBR, con el proposito de asegurar el logro de sus objetivos y la calidad de los aprendizajes.

Articulo 19º.- Objetivo de la Politica Pedagogica El Ministerio de Educacion elabora la Politica Pedagogica que tiene por objetivo garantizar a todos los estudiantes el acceso a aprendizajes significativos y de calidad, regula y articula de manera coherente los factores de calidad senalados en el articulo 13º de la LGE, e incluye lineamientos y acciones fundamentales respecto a: a) El diseno, diversificacion, implementacion y utilizacion de los curriculos. b) El enfoque, organizacion y conduccion de los procesos pedagogicos en las Instituciones Educativas. c) La generacion de un entorno educativo armonioso, confiable, eficiente, creativo y etico. d) El diseno, produccion, distribucion y utilizacion de los materiales educativos.

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