Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2004 (04/08/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 273866

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 2004

senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion respectiva para la adquisicion definitiva; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal c) del articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, que determina las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo, en el caso de los Gobiernos Locales; Que, con Informe Tecnico Legal Nº 002-2004.RF-ASLMDLU fecha 20.7.04, la Gerencia de Asesoria Legal Interna emite opinion favorable para la Declaracion en Situacion de Urgencia la Adquisicion de los Productos Alimenticios del Programa Vaso de Leche, con el fin de que no genere un desabastecimiento de insumos que va a perjudicar directamente a los beneficiarios del vaso de leche, a la necesidad de declarar en situacion de urgencia la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los meses de agosto y setiembre del ano 2004; Que, con Informe Nº 04-2004-CPVL-MDLU de fecha 19.7.04, las Coordinadoras del Programa Vaso de Leche comunican que habiendose declarado nulo el MORDAZA de Licitacion Publica para la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche, por motivos de que algunas Empresas han impugnado el MORDAZA, exigen el abastecimiento de los insumos para el Programa Vaso de Leche, debido a que los beneficiarios estan presionando a las Coordinadoras para que se les haga entrega de dichos insumos, manifiestan que las Presidentas de los Comites del Programa pretenden realizar una marcha de protesta en los proximos dias; Que, mediante Informe Nº 023-2004-SG.PVL de fecha 19.7.04 la Subgerencia del Programa Vaso de Leche comunica que al haberse declarado la nulidad del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CE/M,MDLU, debido a que algunas empresas han presentado impugnaciones, y ante la presion de los beneficiarios solicita a la Gerencia Municipal el abastecimiento de insumos para el referido Programa y asi poder cumplir con las necesidades de los beneficiarios, los mismos que amenazan con realizar marchas de protesta en el frontis del Palacio Municipal; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y a las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la Ley Nº 24059, el D. S. Nº 012-2001-PCM, el D.S. Nº 013-2001-PCM de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento y, con el MORDAZA favorable de los senores Miembros del Pleno del Concejo Municipal y en aplicacion a lo dispuesto en el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, adopto POR UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, la Adquisicion de Productos Alimenticios para abastecer el Programa del Vaso de Leche en el distrito de La Union - MORDAZA durante los meses de agosto y setiembre del 2004 por el monto de S/. 151,131.63 (Ciento Cincuenta y Un Mil Ciento Treinta y Uno con 63/100), en tanto dure el llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, hasta la suscripcion del contrato. El monto indicado corresponde a: - 29,480.97 Kg. de MORDAZA por el monto de S/. 85,494.81 - 33,149.91 Latas de Leche Evaporada de 410 Gr. por el monto de S/. 65,636.82 Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Abastecimientos y Servicios Auxiliares para que adopte las medidas necesarias para garantizar la atencion del citado Programa de conformidad a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- DISPONER se comunique el presente Acuerdo al Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche y a la Contraloria General de la Republica, conforme a Ley. Articulo Cuarto.- RECOMENDAR que la Gerencia Municipal adopte las medidas necesarias con la finalidad de que el Comite Especial lleve a cabo el MORDAZA Adjudicatario de Licitacion para la adquisicion de insumos del Programa Vaso de Leche de la Entidad por todo el ano. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Abastecimientos, Subgerencia de

Contabilidad, Subgerencia de Abastecimientos y Servicios Auxiliares y Gerencia de la Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo Municipal, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14152

Declaran nulidad de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CE-MDLU
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0263-2004-MDLU/A La Union, 19 de MORDAZA del 2004 VISTO: El Informe Nº 006-2004-CE-MDLU del Comite Especial, ademas de CORLAC S.A. de fecha de recepcion 15/7/2004 y la interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 14.7.2004; CONSIDERANDO: Que los recursos impugnatorios en los procesos de concurso publicos en todas sus especies se encuentran considerados en el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Art. 54º y su Reglamento no considerando el especifico de nulidad, que por tecnica procesal, se incluya dentro de toda apelacion; por lo que no estando previsto en la ley, deben declararse IMPROCEDENTES SIN PERJUICIO, que el caracter ilustrativo de los mismos, de acuerdo al derecho administrativo genere de manera unilateral en el ente, la voluntad de generar un acto administrativo, que en este caso surge; Considerando ademas, que en efecto, de la revision de las bases, debidamente integradas, surge que: - No se han consignado los valores nutricionales y energeticos de la racion (incumpliendose con la R.M. Nº 711-2002-SA/DM); Que, el hecho MORDAZA descrito es suficiente para declarar la nulidad de oficio, propuesta de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.6 del articulo 4º de la Ley Nº 27470 del Comunicado Nº 005-2003 (PRE) y la R.M. Nº 711-2002-SA/DM de conformidad ademas con los articulos 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Art. 26º de su Reglamento, D.S. Nº 0122001-PCM y D.S. Nº 013-2001 PCM y la que debera ser declarada por el Titular del Pliego por CONTRAVENCION A NORMAS LEGALES el Item Nº 02 - Leche Evaporada; Que asi mismo, si bien se declaro desierta en el Acto de entrega de la propuesta tecnica, la nulidad MORDAZA todo el MORDAZA, la Licitacion Publica Nacional, en relacion al Item Nº 01 - Hojuela de Avena; Estando a los considerandos expuestos y de conformidad a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar Improcedente los recursos interpuestos por CORLAC S.A. y MORDAZA MORDAZA MORDAZA NAVARRO. Articulo Segundo.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CEMDLU de la Municipalidad Distrital de La Union, notificandose al ente correspondiente, y a la que debera retrotraer los actuados a la etapa de convocatoria, previa elaboracion de nuevas bases notificandose a todos los postores. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias posteriores a la expedicion, conforme lo establece el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14151

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.