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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (04/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G33/G38/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de agosto de 2004 Segunda.- Corresponde a la Gerencia Municipal apro- bar las directivas técnicas específicas o complementarias para el adecuado cumplimiento de la presente Ordenanza, tomando en consideración el informe técnico de la Jefatura de Planificación y Presupuesto, y cuando sea pertinente y acorde a las disposiciones municipales vigentes y la reali- dad local, lo dispuesto en el Instructivo Nº 001-2004-EF/ 76.01, “Instructivo para el Proceso de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo”, apro- bado mediante Resolución Directoral Nº 010-2004-EF-76.01 publicado el 4 de marzo de 2004. Todas las unidades orgánicas de la Corporación en las fases de programación del Presupuesto Institucional de- berán tomar en cuenta las pautas y directivas señaladas por la Gerencia de Planificación del Desarrollo conforme se dispone en el párrafo anterior. El Gerente Municipal brindara los recursos económi- cos y logísticos suficientes a la Comisión Técnica y a la Comisión Permanente, para el adecuado cumplimiento de las funciones previstas en la presente Ordenanza. Tercera.- Corresponde al Alcalde formalizar mediante Decreto de Alcaldía el cronograma y metodología de tra- bajo para la programación de las acciones contempladas en dicho cronograma relativas a la gestión del proceso pre- supuestario. El cronograma que se apruebe respetará los plazos que determinen las directivas y disposiciones perti- nentes relativas a la remisión de la información presupues- taria a la Municipalidad Metropolitana de Lima y demás or- ganismos públicos, conforme a Ley. Cuarta.- Los funcionarios a cargo de las diferentes uni- dades orgánicas de la Municipalidad están obligados a cum- plir con las funciones, competencias y plazos establecidos en las normas señaladas en la presente ordenanza, bajo responsabilidad. En caso de incumplimiento por parte de algunas de las áreas de la gestión municipal, el Presidente de la Comisión Técnica deberá informar en forma docu- mentada de las irregularidades o limitaciones conducen- tes al cumplimiento del proceso presupuestario Quinta.- En un plazo no mayor de 60 días útiles, la Comisión Técnica formulará un proyecto de Ordenanza con la participación de la Comisión permanente que re- gulara los mecanismos participativos en el proceso de Ejecución, Supervisión, Control y Evaluación del Presu- puesto Participativo, el mismo que será derivado a la Comisión de Rentas, Planeamiento y Economía y a la Comisión de Asuntos Jurídicos para su dictamen res- pectivo y ser elevado al Pleno del Concejo Municipal para su aprobación. Sexta.- Los aspectos reglamentarios o complementa- rios a la presente ordenanza necesarias para la eficaz par- ticipación ciudadana en el proceso del presupuesto parti- cipativo y el desarrollo regular del proceso mismo, serán determinados por Decreto de Alcaldía. Sétima.- La presente ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 14158 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G70/G61/G67/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G2C/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G2C/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G63/G61/G72/G6E/GE9/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G72/G69/G67/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G72/GE1/G2D /G6D/G69/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G42/G61/G73/G65 ORDENANZA Nº 102-MDSMP San Martín de Porres, 6 de julio de 2004El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorial de las Organizaciones Sociales de Base, como los Comedores Populares, Club de Madres y Programas de Vasos de Leche, donde solicitan se emita una nueva Ordenanza otorgándoles los mismos beneficios que la Or- denanza Nº 091-MDSMP, por el período de sesenta (60) días hábiles, exonerándolos del pago por los conceptos de reconocimiento, registro, actualización o modificación, car- né de dirigentes y constancia de trámite de reconocimien- to y registro a las Organizaciones Sociales de Base; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; los Gobiernos Locales gozan de autono- mía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal; apro- bar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efec- tos los acuerdos; así como crear, modificar, suprimir o exo- nerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y dere- chos, conforme a ley; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, determina que las ordenanzas municipales son nor- mas de carácter general de mayor jerarquía en la estructu- ra normativa municipal, por medio de las cuales se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licen- cias, derechos, y de contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, la potestad tributaria municipal se desarrolla a su vez en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario - D.S. Nº 135-99-EF, Ley de Tributación Municipal - Decreto Legislativo Nº 776, mo- dificada por el Decreto Legislativo Nº 952, el numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica Municipal, y conforme a lo establecido por Artículo 74º de la Constitu- ción Política del Perú; Que, las Organizaciones Sociales de Base como los Comedores Populares, Club de Madres y Programas de Vasos de Leche mediante Memorial de fecha 5 de julio del 2004, manifiestan que son personas de bajos recursos económicos, cuyo propósito es trabajar en beneficio de las mayorías y que por ello necesitan el apoyo de las autorida- des de del Gobierno Nacional y Local, por lo que solicitan se les exonere del pago por los conceptos de reconoci- miento, registro, actualización o modificación, carné de di- rigentes y constancia de trámite de reconocimiento y re- gistro de las Organizaciones Sociales de Base por el pe- ríodo de sesenta (60) días hábiles; Que, es política de la actual Gestión Municipal brindarle las facilidades a las Organizaciones Sociales de Base, exo- nerándolas de los pagos solicitados con el objeto de que regularicen su situación jurídica y se les reconozca como tales ante las autoridades correspondientes, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 191-97-MLM, publicada el 13.11.98; Con el visto de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el Alcalde señor Lucio Campos Huayta y con el voto por mayoría simple de los señores Regidores Luis Caballero Sabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofe- lia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Car- los Enrique Calderón Carvajal, Roberto Asunción Castillo Paulino, Gloria Luz Santillán Ríos y las abstenciones de los señores Regidores Jesús Álvaro Veliz Duarte, Roger Hernán Paz Puelles, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta se aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la exoneración por se- senta (60) días hábiles del pago por los conceptos de re-