Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2004 (04/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 2004 ORDENANZA

NORMAS LEGALES

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APRUEBAN PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMACION, FORMULACION, APROBACION, EJECUCION, CONTROL Y SUPERVISION DEL MORDAZA DE PLANEAMIENTO DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO Y EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2005 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Objeto de la MORDAZA La presente ordenanza tiene por objeto regular los procedimientos para la programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion, control y supervision del MORDAZA de Planeamiento del Plan de Desarrollo Local Concertado y Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho para el Ejercicio Fiscal 2005, en el MORDAZA de los principios que rigen la participacion ciudadana concertada y la transparencia en la gestion publica, considerandose como insumos, para los efectos de la presente MORDAZA, los objetivos institucionales y las politicas descritas en los articulos 2º, 4º, 5º y 6º de la Ordenanza Nº 011, y la Ordenanza Nº 003-2000, para el ano 2005. Cuando, en la presente Ordenanza, se aluda a la Ordenanza Nº 011, se entendera referida a la Ordenanza Nº 011 publicada el 29 de agosto de 2003 en el Diario Oficial, que aprobo los Mecanismos de Participacion Vecinal para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho para el ano fiscal 2004, la misma que fuera modificada por las Ordenanzas Nº 014, Nº 017 y Nº 019 y reglamentada por Decreto de Alcaldia Nº 017 del 10 de noviembre de 2003. Cuando, en la presente Ordenanza, se aluda a la Ordenanza Nº 030, se entendera referida a la Ordenanza Nº 030 publicada el 25 de MORDAZA de 2004 que aprueba el Reglamento del Sistema de Participacion Ciudadana del Distrito. Articulo 2º.- Agentes Participantes Para los efectos de la presente Ordenanza, se consideran como agentes participantes a los agentes descritos en el articulo 60º de la Ordenanza Nº 030, asi como a los ciudadanos que se inscriban hasta la fecha que determine el cronograma a que alude el articulo 7º; quienes participan con voz y MORDAZA en la discusion y/o toma de decisiones en el MORDAZA de planeamiento del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo. Articulo 3º.- Comision Permanente Estara conformada por un Regidor designado por el MORDAZA e integrada por miembros del CCLD en partes iguales entre los Regidores del Concejo Municipal y los Consejeros de la Sociedad Civil. La Comision Permanente cuenta con la participacion de un representante de cada instancia del sistema de participacion: Juntas Vecinales Comunales, Zonales, Distrital y Redes de Politicas Publicas, con derecho a voz y quien se constituye en MORDAZA de informacion entre la Comision Permanente y las instancias del sistema de participacion. La Comision Permanente se reune cuantas veces sea necesario para el MORDAZA de planeamiento del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo 2005, segun tematica y encargaturas puntuales, de conformidad con lo que establece el articulo 27º de la Ordenanza Nº 030. Articulo 4º.- Comision Tecnica La Comision Tecnica tiene la funcion de brindar soporte tecnico en el MORDAZA de planeamiento del plan de desarrollo municipal Distrital concertado y el presupuesto participativo y desarrollar el trabajo de evaluacion tecnica. Estara conducido tecnicamente por la Gerencia de Planificacion del Desarrollo e integrado por los representantes de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Desarrollo Social, Jefatura de Proyectos, Inversiones y Obras Publicas, Jefatura de Planificacion y Presupuesto y demas miembros conforme al articulo 28º de la Ordenanza Nº 030. Articulo 5º.- Secretario Tecnico La Comision Tecnica y la Comision Permanente contaran con un Secretario Tecnico quien se encargara de cum-

plir y hacer cumplir ejecutivamente los asuntos acordados por la Comision Tecnica, asumiendo las funciones operativas, de coordinacion, articulacion entre los agentes participantes y las actividades programadas para los fines descritos en la presente ordenanza. El cargo del Secretario Tecnico sera asumido por una persona contratada especificamente para dicho fin y por el tiempo que dure el MORDAZA, siguiendo las normas de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 6º.- Inicio del MORDAZA El MORDAZA de programacion, formulacion, ejecucion, control y supervision del MORDAZA de planeamiento del Plan de Desarrollo Local Concertado y Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, se inicia con la convocatoria y desarrollo de los Talleres de Trabajo de las Redes de Politicas Publicas Locales y las Asambleas de Trabajo de las Juntas Vecinales Comunales, Zonales y Distrital, en la forma que determina el Titulo VI de la Ordenanza Nº 030. La concertacion final del Plan de Desarrollo Local y el Proyecto del Presupuesto Participativo por el CCLD se adopta mediante mayoria simple. Articulo 7º.- Cronograma y Metodologia de Trabajo. Insumos necesarios Corresponde a la Comision Permanente con soporte de la Comision Tecnica proponer al MORDAZA el cronograma y metodologia de trabajo de los Talleres de Trabajo para el desarrollo de las acciones del presupuesto participativo y plan de desarrollo local concertado El MORDAZA aprueba el Cronograma y metodologia de trabajo propuesto mediante Decreto de Alcaldia. Corresponde al Gerente Municipal aprobar, mediante Resolucion de Gerencia Municipal, la Directiva que precise la informacion necesaria para los fines del presupuesto participativo y plan de desarrollo local concertado, que deberan proporcionar las dependencias administrativas. Asimismo, corresponde al Gerente Municipal aprobar mediante Resolucion de Gerencia Municipal el monto para proyectos destinado al Presupuesto Participativo 2005. Corresponde a la Comision Tecnica y a la Comision Permanente organizar un MORDAZA de votacion entre los integrantes de las Juntas Vecinales y Redes de Politicas Publicas Locales, a fin de validar en forma comunitaria las prioridades que deben ser tomadas en cuenta para la disposicion de los recursos municipales durante el periodo presupuestal del 2005, formalizandose a traves de un Decreto de Alcaldia. Articulo 8º .- Otros recursos y MORDAZA de financiamiento Podran tambien considerarse para los fines del presupuesto participativo: a) Aportes adicionales de personas naturales. b) Aportes de la Cooperacion Tecnica Internacional publica y/o privada. c) Aportes del sector privado. d) Aportes de otras entidades publicas o privadas. e) Aportes de la comunidad local. De recibirse dichos aportes, la incorporacion de los mismos se realizara a traves de creditos suplementarios y aprobacion del Concejo, de acuerdo a las directivas de ejecucion y control de los presupuestos de los gobiernos locales para el ejercicio 2005. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 011, se mantiene y ratifica la vigencia de la misma, asi como sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias, aplicandose supletoriamente para el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2005 en todo lo no dispuesto en la presente Ordenanza y la normatividad vigente incluida en la Directiva Nº 013-2004-EF/76.01, Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el ano fiscal 2005. Rigen tambien en forma supletoria a la presente Ordenanza, las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 030.

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