Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2004 (04/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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l) Otras que establezca el Concejo Municipal." "Articulo 49º.- Las Comisiones de regidores constituyen equipos internos de trabajo del Concejo Municipal, con el fin de facilitar su labor mediante el estudio o analisis de asuntos que deben ser sometidos a conocimiento del pleno del Concejo Municipal, asi mismo se constituiran comisiones extraordinarias y especiales que el Concejo considere necesarias e indispensables para el desarrollo de sus funciones. Las Comisiones de regidores y el cuadro de sus integrantes se establecen anualmente, a propuesta del MORDAZA, en la primera sesion ordinaria o extraordinaria del Concejo Municipal. Participando en cada comision 5 (cinco) Regidores, y cada regidor en un MORDAZA de tres comisiones. En caso de renuncia de uno o mas miembros de una comision, el MORDAZA propondra a sus reemplazantes. Las comisiones extraordinarias y especiales se estableceran a propuesta del MORDAZA o regidores en cualquier sesion del periodo anual del Concejo Municipal. Establezcase como MORDAZA dos (2) sesiones obligatorias por mes en cada una de las Comisiones." POR TANTO Mando se registre, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14193

de las bases integradas a traves del correo electronico proporcionado por dicha empresa; Que, mediante Oficio Nº 372-2004(GTN/ATN), el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, ha considerado que la empresa Vialsi si tomo conocimiento de las bases integradas; no obstante, dicho Consejo considera, que al haber la empresa Vialsi SAC realizado el pago de la tasa por MORDAZA de observaciones, debe declararse la nulidad del MORDAZA y retraerse hasta la etapa de integracion de bases, para que dicho Consejo Superior pueda conocer las observaciones formuladas; En uso de las facultades delegadas mediante Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR la Nulidad de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0002-2004-MPT "Contratacion del Servicio de Scaneo del Proyecto de Implementacion del Sistema Informatico", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- RETRAER el indicado MORDAZA de seleccion a la etapa de Integracion de Bases. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina General de Administracion, a traves de la Oficina de Abastecimiento y Mantenimiento, cumpla con efectuar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, de conformidad con lo establecido en el Art. 26º del Reglamento, D.S. Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese.

PROVINCIAS

MORDAZA MURGIA ZANNIER MORDAZA 14153

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Declaran nulidad de adjudicacion directa publica para contratacion de servicio de scaneo del Proyecto de Implementacion del Sistema Informatico
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1283-2004-MPT MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2004 Visto el Informe Nº 005-2004-MPT contenido en el Expediente Nº 5207-04 y remitido por el Comite Especial Permanente mediante Oficio Nº 143-2004-MPT/CEP, relacionado con la Adjudicacion Directa Publica Nº 0002-2004MPT; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de MORDAZA del ano en curso se llevo a cabo el Acto Publico de MORDAZA de Propuestas, Evaluacion, Calificacion y Otorgamiento de la Buena Pro correspondiente a la Adjudicacion Directa Publica Nº 0002-2004-MPT MPT "Contratacion del Servicio de Scaneo del Proyecto de Implementacion del Sistema Informatico", la cual fue declarada Desierta por haberse presentado un solo postor, de conformidad con lo establecido en el Art. 32º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 0022004-MPT; Que, en la misma fecha de la apertura de propuestas, es decir el dia 19 de MORDAZA, la empresa adquiriente de bases, Vialsi SAC, presento observaciones a las bases del MORDAZA en mencion por considerar que estas no se adecuaban a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (observaciones que no fueron fundamentadas) manifestando tambien haber tomado conocimiento de las bases integradas por "medio de terceros". Al respecto, el Comite Especial Permanente mediante Informe del Visto, ha manifestado haberle hecho la notificacion

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2004/MDLU La Union, 22 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION - MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 004-2004-CPVL de fecha 19.7.04 de las Coordinadoras del Programa Vaso de Leche; Informe Nº 023-2004SG.PVL de fecha 19.7.04 de la Subgerencia del Programa Vaso de Leche; Informe Tecnico Legal Nº 002-2004.RFASL-MDLUA de fecha 20.7.04 de Asesoria Legal Interna, en la cual presenta el Informe Tecnico Legal sobre la Declaracion de Urgencia para la Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, estando a lo normado por los articulos 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, asi como el numeral 2 del articulo 108º del D. S. Nº 013-2001-PCM, de su Reglamento, modificado por el articulo 3º del D. S. Nº 079-2001-PCM,

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