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PÆg. 274266 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de agosto de 2004 ORDENANZA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA PROCURADURÍA PÚBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA Artículo 1º.- OBJETO DE LA REGLAMENTACIÓN El objeto del presente Reglamento es el de regular el ejercicio de la representación y la defensa judicial de los derechos e intereses de la Municipalidad Distrital de JesúsMaría y sus representantes a cargo del Procurador Públi- co Municipal, estableciendo disposiciones sobre su desig- nación, funciones, obligaciones, atribuciones e impedimen-tos del Procurador, así como del personal de apoyo profe- sional y técnico necesarios para el cabal cumplimiento de la función asignada. Artículo 2º.- BASE LEGAL La representación y defensa de los derechos e intere- ses de la Municipalidad de Jesús María y sus represen- tantes se sustenta en lo establecido por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los artículos pertinen-tes del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defen- sa del Estado en Juicio, en el D.S. Nº 002-2001-JUS- Re- glamento para la Designación de Procuradores Públicos,en el artículo 9º numeral 23 y artículo 29º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, y en los artícu- los pertinentes del Reglamento del Consejo de DefensaJudicial del Estado aprobado por el D.S. Nº 002-2000-JUS. Artículo 3º.- DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO La Procuraduría Pública de la Municipalidad de Jesús María, es el órgano encargado de representar y ejercer la defensa judicial de los derechos e intereses de la Munici-palidad y sus representantes. Está a cargo del Procurador Público Municipal, ejercido por un profesional abogado con conocimientos en derecho constitucional, civil, penal, ad-ministrativo y municipal; además del personal profesional, técnico y administrativo de apoyo. Depende administrati- vamente de la Municipalidad; funcional y normativamentedel Consejo de Defensa Judicial del Estado. Artículo 4º.- RESPONSABILIDAD El Procurador Público de la Municipalidad de Jesús María y los abogados de la Procuraduría que le prestan apoyo profesional, son responsables solidarios adminis-trativa, civil y penalmente, conforme a ley y según corres- ponda, por los perjuicios que causen a la Municipalidad, en el ejercicio de sus funciones. Artículo 5º.- EJERCICIO DE LA REPRESENTACIÓN El Procurador Público de la Municipalidad de Jesús María, al asumir la representación de la Municipalidad y ejercer la defensa judicial de los derechos e intereses de los órganos que conforman el Gobierno Municipal, tiene lamisma jerarquía y prerrogativa de los Procuradores Públi- cos del Estado y organismos constitucionales autónomos. Artículo 6º.- DESIGNACIÓN Y CONCLUSIÓN El Procurador Público de la Municipalidad de Jesús María es designado por el Alcalde de la Municipalidad. Son requisitos para ser designado Procurador Público Municipal, los siguientes: a) Ser peruano de nacimiento. b) Ser profesional abogado hábil e inscrito en el Cole- gio de Abogados de Lima o Callao. c) Contar con ejercicio y experiencia profesional no menor de quince (15) años, cinco (5) de ellos en gobiernos locales. d) Tener idoneidad y versación municipal y experiencia en procesos judiciales. Su designación culmina cuando el Alcalde la da por concluida, cuando sea aceptada su renuncia, por falleci- miento y por lo establecido en la legislación aplicable. Artículo 7º.- FUNCIONES, OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES El Procurador Público de la Municipalidad de Jesús María, tiene las siguientes funciones, atribuciones y obli- gaciones generales consignadas en el Reglamento de Or-En el título de la Ordenanza Nº 079-2004-MDI DICE: AMPLIAN PLAZO DE AMNISTIA Y MODIFICAN EL ARTICULO PRIMERO Y SEGUNDO DE LA AMNISTIA TRIBUTARIA CONTEMPLADA EN LA ORDENANZA Nº 077-2004-MDI. DEBE DECIR: AMPLIAN PLAZO DE AMNISTIA Y MODIFICAN EL ARTICULO PRIMERO Y SEGUNDO DE LA AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA CONTEMPLADA EN LA ORDENANZA Nº 077-2004-MDI (Segundo Párrafo) DICE: Artículo Primero.- Objetivo Las deudas tributarias que son materia de Amnistía se encuentran constituidas por las generadas antes del 30 dejunio del ejercicio 2004, en cualquier estado en que se en- cuentren ante instancias administrativas y judiciales. DEBE DECIR: Artículo Primero.- Objetivo Las deudas tributarias y no tributarias que son materia de Amnistía se encuentran constituidas por las generadas antes del 30 de junio del ejercicio 2004, en cualquier esta-do en que se encuentren ante instancias administrativas y judiciales. Artículo Segundo.- Forma de Pago b) En el caso del Impuesto Predial e Impuesto de Alca- bala DICE: Impuesto Predial y Alcabala Pago al Contado Deudas generadas hasta el 30 de diciembre El monto insoluto (sin intereses ni del 2001 por Impuesto de Alcabala y hasta el otros conceptos) 30 de junio del 2003 por Impuesto Predial. DEBE DECIR: Impuesto Predial y Alcabala Pago al Contado Deudas generadas hasta el 30 de diciembre El monto insoluto (sin intereses ni del 2001 por Impuesto de Alcabala y hasta el otros conceptos) 30 de junio del 2004 por Impuesto Predial. 14479 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Aprueban Reglamento de Organiza- ción, Funciones y Responsabilidadesde la Procuraduría Pœblica de la muni- cipalidad ORDENANZA Nº 144-MJM Jesús María, 2 de agosto de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordina- ria de la fecha, visto el dictamen Nº 06-2004-MJM-CAJ de la Comisión de Asuntos Jurídicos; con el voto EN MAYO-RÍA de sus miembros, y con dispensa del trámite de apro- bación de Acta ha aprobado la siguiente: