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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G34/G36/G33/G30 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, domingo 15 de agosto de 2004 Es competencia exclusiva de OSITRAN, evaluar la admisi- bilidad y procedencia de la solicitud presentada por la En- tidad Prestadora. Para tal efecto, dentro de los primeros tres (03) días de recibida dicha solicitud, OSITRAN deberásolicitar a la Entidad Prestadora, de ser el caso, que reali- ce las subsanaciones a que hubiera lugar en un plazo máxi- mo de cinco (05) días, contados desde el día siguiente a larecepción de la notificación relativa al requerimiento de subsanación. Una vez efectuada la subsanación respectiva, la Geren- cia de Regulación contará con un plazo máximo de diez (10) días para evaluar la procedencia de la solicitud ypresentarla a la Gerencia General quien lo someterá a consideración del Consejo Directivo en la sesión inme- diata siguiente.El Consejo Directivo, sobre la base delInforme de la Gerencia de Regulación, emitirá la Resolu- ción correspondiente relativa al inicio del procedimiento de fijación o revisión tarifaria. Artículo 60º.- Contenido de la solicitud de fijación o revisión tarifaria La solicitud de fijación o revisión tarifaria deberá conte- ner cuando menos la siguiente información: 1. Indicación de la Entidad Prestadora solicitante 2. Poder del representante legal de la Entidad Presta- dora; 3. Marco general y justificación; 4. Definición del servicio o servicios objeto de la solici- tud de fijación o revisión tarifaria; 5. Estudio que incluya el sustento técnico-económico de los supuestos, parámetros y bases de datos utili- zados en el estudio; 6. Definición y sustentación de la metodología utiliza- da como base para la propuesta de fijación o revi- sión tarifaria. 7. Proyección de la demanda; 8. Plan de inversiones; 9. Costos operativos;10. Costo de capital; 11. Flujo de caja; 12. Análisis de sensibilidad;13. Comparación tarifaria internacional, de ser el caso; 14. Análisis financiero de la empresa. Artículo 61º.- Continuación del procedimientoA partir de la aprobación de la Resolución a que se refie- re el Artículo precedente será de aplicación lo estableci-do en los Artículos 53º al 58º del presente Reglamento. CAPÍTULO 3 DEL PROCEDIMIENTO DE FIJ ACIÓN TARIFARIA DE SERVICIOS NUEVOS Artículo 62º.- Inicio del procedimiento de fijación ta- rifaria de servicios nuevos La Entidad Prestadora deberá solicitar a OSITRAN la fi- jación de una tarifa aplicable a un servicio nuevo en loscasos a que se refiere el Artículo 11º del presente Regla- mento. Una vez admitida a trámite la solicitud presenta- da por la Entidad Prestadora, ésta será publicada en lapágina Web de OSITRAN, respetándose la normativa relativa al tratamiento de la información calificada como confidencial. Es competencia exclusiva de OSITRAN, evaluar la admi- sibilidad y procedencia de la solicitud presentada por laEntidad Prestadora. Para tal efecto, dentro de los primeros tres (03) días de recibida dicha solicitud, OSITRAN deberá solicitar a la Entidad Prestadora, cuando corresponda, realice las subsanaciones a que hubiera lugar, en un plazomáximo de tres (03) días, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación relativa al requerimiento de subsanación. Una vez efectuada la subsanación respectiva, la Gerencia de Regulación contará con un plazo máximo de diez (10)días para evaluar la procedencia de la solicitud y de ser el caso proponer una tarifa provisional. La Gerencia General someterá el informe a consideración del Consejo Directivoen la sesión inmediata siguiente. El Consejo Directivo, sobre la base del Informe de la Ge- rencia de Regulación, emitirá la Resolución correspondiente relativa al inicio del procedimiento de fijación o revisión ta- rifaria y de ser el caso fijará la tarifa provisional. Artículo 63º.- Contenido de la solicitud de fijación de tarifas para servicios nuevos La solicitud de fijación de tarifas para el caso de presta- ción de servicios nuevos deberá contener cuando menos la siguiente información: 1. Indicación de la Entidad Prestadora solicitante; 2. Poder del representante legal de la Entidad Presta- dora; 3. Identificación y descripción del servicio nuevo aso- ciado a la explotación de la Infraestructura de Trans- porte de Uso Público; 4. Facilidades Esenciales asociada a la prestación del servicio nuevo; 5. Estudio que incluya el sustento técnico-económico de los supuestos, parámetros, bases de datos y cual-quier otra información utilizada; 6. Flujo de Caja proyectado. Artículo 64º.- Evaluación de la propuesta de fijación tarifaria de servicios nuevos La Gerencia de Regulación contará con un plazo de treinta (30) días, el cual podrá ser prorrogado de ma- nera justificada por una sola vez, por un período dequince (15) días adicionales, con el fin de evaluar la metodología y propuesta de fijación tarifaria de la Enti- dad Prestadora, a efectos de presentar ante la Geren-cia General el Informe y la información señalada en el Artículo 41º. La Gerencia General, en caso de otorgar su conformi- dad, someterá el informe de la Gerencia de Regulación a consideración del Consejo Directivo en la sesión in-mediata siguiente, quien, de no tener observaciones, aprobará la publicación de la propuesta tarifaria. Durante el proceso de evaluación OSITRAN podrá re- querir a la Entidad Prestadora información complemen- taria. Los interesados contarán con un plazo no mayor de quin- ce (15) días, contados a partir de la publicación, paraefectos de presentar a OSITRAN sus comentarios, ob- servaciones o aportes. Dentro de este plazo se llevará a cabo las Audiencias de conformidad a lo establecido enTítulo IV del presente Reglamento. Artículo 65º.- Aprobación de la propuesta de fijación tarifaria de servicios nuevos La Gerencia de Regulación contará con un plazo de quin- ce (15) días contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de comentarios de los in- teresados, para presentar a la Gerencia General el Infor-me que establezca las tarifas materia del procedimiento de Fijación Tarifaria, así como el proyecto normativo co- rrespondiente.