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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G36/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 268-2004- GM-MSS ha solicitado poner a consideración del ConcejoMunicipal la petición de declaración en situación de urgenciapara la contratación del servicio de Planta de Transferencia deResiduos Sólidos, esencial para asegurar el destino final delos residuos sólidos generados por las acciones de recolec-ción domiciliaria de los mismos en el distrito; Que, mediante Informe Nº 258-2004-GMA-GCSL-MSS la Gerencia de Medio Ambiente adjuntando el Informe Nº 580-2004-SGGR-GMA-GCSL-MSS de la Subgerencia de Gestión de Re-siduos, ha expuesto las razones que ameritan la necesidad deuna declaración en situación de urgencia, debido fundamental-mente a que la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0038-2004-MSS - Servicio de Destino Final de Residuos Sólidos, recién hasido adjudicada a favor de un postor el día 23.JUL.2004, otorga-miento que ha quedado consentido el 3.AGO.2004, por lo que yase conoce a ciencia cierta el lugar hacia donde se destinarán losresiduos sólidos, hasta el mes de diciembre de 2004, por lo quecorresponde convocar el proceso de selección para los serviciosde la Planta de Transferencia; Que, en mérito del documento antes señalado, la Subgerencia de Logística emitió los Informes Nºs. 1232-2004-SGL-GA-GCAR-MSS y 1234-2004-SGL-GA-GCAR-MSS; asimismo, ha recaba-do el Memorándum Nº 418-2004-OPP-MSS, conforme al cual laOficina de Planeamiento y Presupuesto ha comunicado que elservicio de Planta de Transferencia y Trasporte de Residuos Só-lidos hasta su destino final en Relleno Sanitario, cuenta con unadisponibilidad de S/. 284,489.64, monto equivalente a unas 13,044toneladas métricas, por el período de sesenta (60) días a partirdel 23.AGO.2004, siendo aplicable a la Fuente de Financiamien-to 09: Recursos Directamente Recaudados; Que, la Subgerencia de Logística ha referido que tras haber- se efectuado tres procesos de selección -dos Concursos Públi-cos y una Adjudicación Directa Selectiva- finalmente se ha con-ferido la buena pro para los servicios de Relleno Sanitario, tenién-dose exacto conocimiento de su ubicación, por lo que correspon-de convocar el proceso de selección para los servicios de plantade transferencia, lo que debe demandar un lapso no mayor asesenta (60) días, a computarse desde el 23.AGO.2004 y por unimporte que no exceda la suma de S/. 284,489.64; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica a través de su Informe Nº 681-2004-OAJ-MSS ha señalado que la declaración en si-tuación de urgencia, constituye una forma mediante la cual elConcejo Municipal Distrital, en aplicación de la competenciaseñalada en los artículos 19º inciso c) y 20º inciso c) del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, exonera a la entidad de convocar el proceso de selec-ción que corresponda con arreglo a dicho marco normativo,por lo que existe una situación que se enmarca dentro de lossupuestos señalados en el artículo 21º de la mencionada nor-ma. Finaliza expresando que una vez aprobada la situación deurgencia se debe dar cumplimiento a las disposiciones yformalidades establecidas en el antes indicado dispositivo nor-mativo y en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto SupremoNº 013-2001-PCM; Que, el presente caso está comprendido entre los eventos que deben obtener la salida establecida en la legislación espe-cial de contrataciones estatales, la que permite que en casossimilares permitan al Concejo Municipal evaluar el contexto dela problemática correspondiente y, en su caso, aprobar unadeclaración de situación de urgencia por la contratación delservicio de planta de transferencia y transporte de residuossólidos hasta su destino final en el Relleno Sanitario, el mismoque, como en el presente caso, se trata de uno de los másimportantes e insustituibles servicios para el normal funciona-miento operativo de la Municipalidad de Santiago de Surco, enlo que a limpieza pública del distrito se refiere; Que, dicha declaración en situación de urgencia, deberá concederse por espacio de sesenta (60) días, desde el23.AGO.2004 y/o hasta que se culmine satisfactoriamente elproceso de selección correspondiente, sobre Contratación delServicio de Planta de Transferencia y Transporte de ResiduosSólidos hacia su destino final en el Relleno Sanitario; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numerales 8) y 35), 39º primer párrafo y 41º de la Ley Or-gánica de Municipalidades Nº 27972; con dispensa del trá-mite de lectura y aprobación del acta; por Unanimidad apro-bó el siguiente: ACUERDO 1. Declarar en situación de urgencia la contratación del Servicio de Planta de Transferencia y Transporte de Resi-duos Sólidos hacia su destino final en el Relleno Sanitario,dentro del plazo no mayor de sesenta (60) días naturales, lapso comprendido entre el 23.AGO.2004 y el 23.OCT.2004,hasta por la suma de S/. 284,489.64 (Doscientos ochentay cuatro mil cuatrocientos ochenta y nueve y 64/100 Nue-vos Soles), conforme a las especificaciones aprobadas porla Administración, quedando exonerada la Municipalidadde convocar el proceso de selección correspondiente. 2. La contratación mencionada se realizará con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos DirectamenteRecaudados, encomendando a la Gerencia de Administra-ción a realizar las operaciones que correspondan. 3. Disponer que a través de la Secretaría General se remita copia del presente Acuerdo a la Contraloría Gene-ral de la República. 4. Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 14869 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G70/G61/G72/G61/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G72/G2C/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G79/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G72/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G79/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G75/G62/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 ACUERDO DE CONCEJO Nº 119-2004-ACSS Santiago de Surco, 12 de agosto de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 210-MML, publicada el 4 de marzo de 1999, establece en la Primera Disposición Final la delega-ción de facultades al Alcalde Metropolitano de Lima para quemediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementa-rias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Igualmente;así como para delegar mediante Decreto de Alcaldía a lasmunicipalidades distritales que lo soliciten y acrediten contarcon la infraestructura y recursos necesarios, la administraciónde vías a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima con-forme lo establece la Ordenanza Metropolitana Nº 127; Que, con fecha 24 de junio se publicó la Ordenanza Nº 642-MML, la misma que suspende por 60 días la primeradisposición final de la Ordenanza Nº 210-MML, respectode las delegaciones de facultades para la administraciónde vías a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima.En consecuencia, los distritos ya no pueden obtener dele-gación de facultades para el tema de la publicidad exterioren las vías de administración metropolitana. Asimismo, sefaculta al alcalde metropolitano a que mediante Decreto deAlcaldía suspenda las delegaciones ya efectuadas conanterioridad al 24 de junio del 2004, disponiendo un plazopara que la Municipalidad de Lima Metropolitana apruebela normatividad que corresponda; esta nueva normatividaddebe entenderse que va desde una modificación al régi-men de delegaciones, hasta la posibilidad de una deroga-ción total de la Ordenanza Nº 210 y la aprobación de nue-va ordenanza de anuncios publicitarios; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 050, publicado el 9 de agosto del 2004, se revocó las facultades delega-das a favor de la Municipalidad Distrital de Santiago deSurco para efectos de aplicación de la Ordenanza Nº 210-MML, respecto de la administración de las vías que con-forman el Sistema Vial Metropolitano acorde a las Orde-nanzas Nº 127-MML y Nº 341-MML. Asimismo, se restitu-ye a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la administra-ción de las vías expresas, arteriales, colectoras y aveni-das que dentro de la jurisdicción del distrito de Santiago deSurco conforman el Sistema Vial Metropolitano; Que, de conformidad con los numerales 1.4 y 1.4.4 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, la Municipalidad de Lima sólo tiene la facultad deaprobar la regulación respecto al otorgamiento de licen-cias y las labores de control y fiscalización de las munici-palidades distritales en materia de publicidad exterior, co-