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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G37/G37/G35 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, miércoles 18 de agosto de 2004 rural está interconectado únicamente con la empresa es- tablecida, los mecanismos de liquidación de las condicio- nes económicas deben estar circunscritas a dicha rela- ción de interconexión. En ese sentido, resulta más venta-joso para la empresa rural el liquidar únicamente con la empresa establecida que liquidar con cada una de las empresas que intervienen en una determinada comuni-cación. En esa línea, cabe señalar, que la empresa esta- blecida cuenta con la información de las llamadas cursa- das a (o desde) las áreas rurales lo que le permite poderliquidar adecuadamente con las otras empresas. El TUO de las Normas de Interconexión y sus modifi- caciones disponen que las empresas interconectadas in-directamente tienen dos opciones para concretar su rela- ción de interconexión indirecta; una es suscribiendo un acuerdo en el cual fijan los términos y condiciones res-pecto de los montos que deben retribuirse, y otro es no suscribiendo ningún acuerdo dado que la tercera red re- cibirá el tráfico de la red de origen a través de la red quebrinda el servicio de transporte conmutado local y lo asu- mirá como si fuera de dicha empresa, liquidándose los cargos sobre la base del acuerdo de interconexión entrela tercera red y la red que provee el transporte conmuta- do local. En el contexto de la interconexión con redes rurales mediante enlaces de líneas telefónicas, es recomendable que la red rural sólo liquide tráfico con la red del operador establecido, y que este último liquide el tráfico con lasdemás empresas que intervienen en la comunicación. De esta forma, la red rural no tendrá que suscribir ningún acuerdo con ninguna tercera empresa. Sin embargo, cabeseñalar que, a diferencia de lo que establece el TUO de las Normas de Interconexión, cuando se liquide en forma indirecta (liquidación en cascada) no se unificarán los trá-ficos de la red rural y de la red de la empresa establecida, por lo que, para la tercera red debe quedar definido qué tráfico proviene de la red rural y qué tráfico de la red de laempresa establecida, con la finalidad de aplicar los car- gos y retenciones correspondientes para cada caso. Por otro lado, es necesario señalar que la Resolución N° 113-2003-CD/OSIPTEL establece un procedimiento de liquidación, facturación y pago que tiene que ser realiza- do por las empresas. Sin embargo, el supuesto de dichoprocedimiento es que ambas empresas cuentan con in- formación detallada del tráfico cursado entre sus redes. En primer lugar, la referida resolución sostiene que las empresas deben intercambiar reportes de tráfico con in- formación resumida sobre el total mensual y diario por cada tipo de llamada. Sobre ello, la empresa rural sólocuenta con los reportes que le emite su sistema, los cua- les podrían no tener el nivel de detalle que sí poseen los reportes de la empresa establecida. En ese sentido, laempresa establecida debe ser la encargada de proveer la información necesaria para liquidar el tráfico cursado en- tre las dos redes. Dicha información deberá ser propor-cionada a través de un reporte (facturación detallada, lis- tado de CDR, etc.) que permita visualizar los tráficos en- trantes y salientes a la red rural y que permita a la empre-sa rural tener plena seguridad del tráfico generado y ter- minado en su red y de los montos que le corresponde recibir y pagar por tales tráficos. Dichos reportes, quepodrán ser entregados en el formato que las partes acuer- den, podrán ser objeto de verificación por parte de la empresa rural. De esta manera, una vez concluido el período de liqui- dación (período durante el cual se cursa el tráfico) la em- presa establecida deberá enviar a la empresa rural losreportes de tráfico, para que dicha empresa pueda conci- liar la información proporcionada con sus propios repor- tes. Si existiese un margen de discrepancia, entre ambasinformaciones, el operador rural podrá comunicar a la empresa establecida este hecho y la empresa estableci- da estará en la obligación de entregar a la empresa ruralun reporte con información más detallada con la finalidad de que la empresa rural pueda conocer con mayor detalle el tráfico generado a (o desde) su red. En todo caso, que-da establecido que una vez que la empresa rural haya recibido este último reporte más detallado, dicha empre- sa tendrá la posibilidad, si así lo cree conveniente, depoder iniciar los procedimientos que la relación empresa- empresa le permite. Cabe señalar que a pesar de las acciones que las em- presas puedan iniciar, ambas tendrán la obligación de pa- gar los montos derivados del tráfico aceptado como váli- do.III.4.4 Ob ligación en el otorgamiento de garantías Considerando que el presente modelo de interconexión pretende fomentar el acceso de pequeñas y medianasempresas al mercado, este acceso no debe desconocer ciertas responsabilidades que pudiera tener el operador rural para con el operador establecido. En ese sentido, elpago de las condiciones económicas es una obligación que deben asumir ambos operadores por el tráfico cursa- do entre sus redes. Sin embargo, si bien ambos operado-res tienen la obligación de asumir los cargos que le co- rrespondan, consideramos que ello no implica, por el ni- vel de tráfico que se cursa en estas zonas, que dichasempresas tengan que garantizar dichos montos. No obs- tante lo señalado, cada una de las empresas, ante demo- ras en el pago por parte de la otra, tiene derecho de co-brar la deuda con los respectivos intereses. No obstante lo expuesto anteriormente, se debe pre- cisar que ante incumplimientos por parte de cualquierade las partes de sus obligaciones económicas derivadas de su relación de interconexión, la parte acreedora podrá requerirle el otorgamiento de una garantía por los montosadeudados con sus correspondientes intereses. Cabe señalar, que ambas empresas tienen el derecho de recuperar la totalidad de los montos adeudados por laotra empresa; en ese sentido, es necesario que cualquie- ra de las empresas pueda recuperar parte de los adeu- dos descontando, de su saldo por pagar a la otra empre-sa, los montos correspondientes a la referida deuda. Debe precisarse que las partes deben ejecutar su re- lación de interconexión en los mejores términos y sobrela base de la buena fe; en consecuencia, cualquier acto que vaya en contra de los principios de la leal y libre com- petencia será susceptible de sanción de acuerdo con lasnormas vigentes que rigen dicha materia. III.4.5.Suspensión de la inter conexión Sobre el particular, no existe limitación alguna para que no aplique lo establecido en la Resolución N° 113-2003-CD/OSIPTEL en lo que respecta a la suspensión por falta de pago. En ese sentido, la empresa acreedora debe comuni- car a la empresa deudora la deuda pendiente y la inten- ción de suspender la interconexión en caso no cumpla con pagar lo adeudado en el plazo establecido. Adicional-mente, permanece la obligación de la empresa deudora de salvaguardar el derecho de sus usuarios respecto a la continuidad de los servicios prestados o por prestarse. II.5. Oferta Básica de Interconexión En los puntos anteriores se han señalado los aspec- tos relacionados con la interconexión mediante líneas te- lefónicas. Corresponde de esta forma, establecer un me-canismo que permita su implementación. En esa línea, si bien se han planteado las modificaciones normativas para tal fin, es necesario establecer un documento que agilicelos procesos de negociación de interconexión de estos nuevos operadores rurales a las redes de los operadores establecidos. En consecuencia, se propone un Modelo deOferta Básica de Interconexión, la cual contendrá los tér- minos y condiciones técnicas, económicas y legales de la relación de interconexión por establecerse. Este Modelo de Oferta Básica de Interconexión será puesto a disposición de las empresas establecidas con la finalidad de que éstas, que han iniciado la prestación desu servicio de conformidad con su contrato de concesión, presenten su correspondiente Oferta Básica de Interco- nexión para la interconexión de su red del servicio de te-lefonía fija local con las redes de los operadores del ser- vicio de telefonía fija en áreas rurales y de preferente in- terés social, mediante líneas telefónicas. La Oferta Básica de Interconexión deberá contener la siguiente estructura: 1. Antecedentes y las condiciones general de la inter- conexión 2. Proyecto Técnico de Interconexión3. Condiciones Económicas 4. Liquidación de las Condiciones Económicas 5. Tabla Informativa de Tarifas por Comunicaciones Destinadas a Red Rural 14917