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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (18/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G37/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 2º, Título I de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, elGobierno Regional emana de la voluntad popular, sonpersonas jurídicas de derecho público, con su autono- mía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracióneconómica y financiamiento, un pliego presupuestario; Que, tal como lo dispone el inciso "a" del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - LeyNº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 es atribu- ción del Consejo Regional, aprobar, modificar o dero- gar normas que regulen o reglamenten los asuntosmaterias de su competencia y funciones del GobiernoRegional; Que, conforme lo dispone el inciso "c" del artículo 35º de la Ley de Bases de Descentralización - Ley Nº 27783 y ratificado por el inciso "c" numeral 1 del artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867,es competencia exclusiva del Gobierno Regional, apro-bar su organización interna y su presupuesto institucionalconforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estadoy las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - LeyNº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, los acuerdosdel Consejo Regional expresan la decisión de este ór-gano sobre asuntos institucionales; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en la ciu- dad de Bellavista el día 8 de julio del 2004, aprobó porunanimidad la Declaratoria de Viabilidad del Proyecto deInversión; Ha tomado el Acuerdo Regional siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Aprobar la Declaratoria de Viabi- lidad de Proyectos de Inversión del Gobierno Regionalde San Martín, cuyos documentos se anexan: Informe Nº 15-2004-CRSM/OPPI/SALUD: 1. CÓDIGO SNIP 3164 "Ampliación y Equipamien- to, con Sala de Partos, Sala de Operaciones y La-boratorio, del Hospital Rural de Tocache". Artículo Segundo.- Encargar al Secretario del Con- sejo Regional, señor Alfonso Reina Cabrera, la publica-ción del presente acuerdo en el portal electrónico delGobierno Regional y en el Diario de circulación OficialEl Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 15022 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G2D /G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G30/G2D/G4D/G50/G4C/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G79/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2004-MPL Pueblo Libre, 9 de agosto de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y como tal, tienen autonomía política,administrativa y económica en asuntos de su competen-cia, en concordancia con lo dispuesto por el artículo IIdel Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972; Que, en tal virtud, la Municipalidad Distrital de Pue- blo Libre ha dictado la Ordenanza Nº 136-MPL, queaprueba y declara de interés prioritario, la actualización catastral en el distrito de Pueblo Libre y concede benefi-cios administrativos y tributarios a los contribuyentes quebrinden las facilidades para la fiscalización de sus pre- dios y culminen con su firma, el proceso de actualiza- ción catastral. Asimismo, la Ordenanza Nº 140-MPL,publicada el 16 de junio de 2004, concede BeneficioAdministrativo y Tributario como complemento de la ac-tualización catastral del distrito; Que, las citadas ordenanzas, se han dictado con la finalidad de regular mayores beneficios administrativos y tributarios, a fin de contribuir al saneamiento físico -legal de las unidades inmobiliarias de los vecinos y pue-dan, de ser el caso, incorporar el íntegro del valor de supatrimonio a su capacidad crediticia, con el propósito demejorar su calidad de vida; Que, el inciso a) del artículo Primero de la Ordenan- za Nº 140-MPL, establece, entre otros, beneficio adminis-trativo, para la regularización de obras ejecutadas sin lacorrespondiente licencia, incluidas las ampliaciones, mo-dificaciones, remodelaciones y/o demoliciones; Que, el artículo cuarto de la norma legal acotada, es- tablece que los interesados en acogerse al beneficio ad- ministrativo para la regularización de Licencia de Obra,(Regularización de modificaciones, ampliaciones, cons-trucciones nuevas y demoliciones), podrán presentardeclaración jurada de cumplir con adecuarse al procedi-miento establecido en la presente Ordenanza, en un plazo máximo de treinta (30) días; Que, para el cumplimiento del objetivo señalado, re- sulta necesario conformar una Comisión Especial encar-gada de la Revisión de Proyectos para acogerse a laOrdenanza Nº 140-MPL, en aplicación del Decreto Su-premo Nº 008-2000-MTC, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27157; De conformidad con las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Confórmese la Comisión Espe- cial encargada de la Revisión de Proyectos para el acogi-miento a la Ordenanza Nº 140-MPL, que estará integra-da por: - Gerente de Desarrollo Urbano, quien la presidirá. - Jefe de la División de Obras Privadas.- Arquitecto de la Gerencia de Desarrollo Urbano.- Asistente Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de la Ordenanza Nº 140-MPL que concede beneficio adminis-trativo y tributario como complemento de la Actualiza-ción Catastral del Distrito de Pueblo Libre, propuesto y visado por la Gerencia de Desarrollo Urbano, la misma que cuenta con cuatro (4) capítulos, once (11) artículosy una disposición final, que forma parte del presente. Artículo Tercero.- Encargar a la Comisión conforma- da en el artículo primero, la revisión y la evaluación delos proyectos y documentación legal de quienes se aco- jan al beneficio administrativo, conforme lo dispuesto en el Reglamento que se aprueba. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía en- trará en vigencia a partir del día siguiente de su publica-ción.