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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (20/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G39/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de agosto de 2004 de Ejecución, (A) solicitudes de reembolso por dichos bie- nes o servicios, o (B) solicitudes para que USAID contratebienes o servicios en nombre del Donatario; o (2) solicitando a USAID que emita Cartas de Compro- miso por montos especificados directamente a uno o máscontratistas o proveedores, comprometiéndose USAID apagar a dichos contratistas o proveedores por tales bieneso servicios. (b) Los gastos bancarios incurridos por el Donatario en conexión con las Cartas de Compromiso serán financia-dos bajo el Convenio, a menos que el Donatario dé instruc-ciones por anticipado a USAID de lo contrario. Otros gas-tos que las Partes puedan acordar pueden también ser fi-nanciados bajo el Convenio. SECCION D.2. Desembolsos para los Costos en Soles Peruanos (a) Después de haber cumplido con las condiciones previas, si las hubieran, el Donatario podrá obtener des-embolsos de fondos bajo el Convenio para los costos enSoles Peruanos requeridos para el Convenio de conformi-dad con los términos del presente Convenio, mediante lapresentación a USAID de solicitudes para financiar dichoscostos acompañada de la documentación sustentatoriaprescrita en Cartas de Ejecución. (b) Los Soles Peruanos necesarios para tales desem- bolsos pueden ser comprados por USAID con los Dólares delos Estados Unidos. La cantidad de dólares de los EstadosUnidos equivalente al monto en Soles Peruanos aportada porel presente será la cantidad de dólares de los Estados Uni-dos requeridos por USAID para obtener los Soles Peruanos. SECCION D.3. Otras Formas de DesembolsoTambién se pueden efectuar desembolsos a través de otros medios que las Partes pudieran acordar por escrito. SECCION D.4. Tipo de CambioSi los fondos provistos bajo el Convenio son introduci- dos al Perú por USAID o cualquier entidad pública o priva-da con el objeto de llevar a cabo obligaciones de USAIDbajo este Convenio, el Donatario hará los arreglos que seannecesarios a fin de que tales fondos puedan ser converti-dos a Soles Peruanos a la tasa más alta de cambio que, altiempo de su conversión, no sea ilegal en el país del Dona-tario para ninguna persona por ningún motivo. ARTICULO E. Terminación; RecursosSECCION E.1. Suspensión y Terminación(a) Cualesquiera de las Partes puede terminar este Con- venio dando aviso por escrito con 30 días de anticipación ala otra Parte. USAID puede también terminar este Convenioen parte dando aviso por escrito al Donatario con 30 días deanticipación, y suspender este Convenio en su totalidad oen parte dando aviso al Donatario por escrito. Además,USAID puede terminar este Convenio en su totalidad o enparte, dando aviso por escrito al Donatario, si (i) el Donata-rio no cumple con cualesquiera de las estipulaciones de esteConvenio, (ii) ocurre un hecho por el cual USAID determinaque el mismo hace improbable que el Objetivo o Resultadosdel Convenio o del programa de ayuda puedan ser logradoso que el Donatario pueda cumplir con sus obligaciones bajoeste Convenio, o (iii) cualquier desembolso o uso de fondosde la manera aquí contemplada estuviera en violación de lalegislación que regula el programa de la USAID ahora o deaquí en adelante en vigencia. (b) Excepto el pago que las Partes deben efectuar, y al cual están comprometidas, mediante compromisos no cancelablescon terceras partes previo a tal suspensión o terminación, lasuspensión o terminación de este Convenio o parte del mismosuspenderá (durante el período de la suspensión) o terminará,según sea aplicable, cualquier obligación de las Partes de pro-porcionar recursos financieros u otros al Convenio, o la partesuspendida o terminada del Convenio, según sea aplicable. Cual-quier porción de este Convenio que no sea suspendida o termi-nada permanecerá en plena fuerza y vigencia. (c) Además, en el momento de la suspensión total o parcial o la terminación de este Convenio, USAID puede aexpensas de USAID exigir que los títulos de propiedad delos bienes financiados bajo el Convenio o bajo la porciónaplicable del Convenio, sean transferidos a USAID, si losbienes están aún en estado de entrega.SECCION E.2. Reembolso (a) En el caso de cualquier desembolso que no esté sustentado por documentación válida de acuerdo con esteConvenio, o el cual no fuera hecho o utilizado de acuerdocon este Convenio, o que cubriera bienes o servicios noutilizados de acuerdo con este Convenio, USAID, no obs-tante la disponibilidad o ejercicio de cualquier otro recursobajo este Convenio, puede solicitar al Donatario el reem-bolso a USAID del monto de tal desembolso en Dólares delos Estados Unidos dentro de los sesenta (60) días poste-riores al recibo de una solicitud para tal efecto. (b) Si el Donatario dejara de cumplir con cualesquiera de sus obligaciones bajo este Convenio dando como resul-tado que los bienes o servicios financiados bajo el Conve-nio no sean usados en forma efectiva de conformidad coneste Convenio, USAID puede solicitar al Donatario el reem-bolso de todo o parte del monto de desembolsos bajo esteconvenio por o en conexión con tales bienes o servicios enDólares de los Estados Unidos dentro de los sesenta (60)días posteriores al recibo de una solicitud para tal efecto. (c) El derecho bajo la subsección (a) o (b) de solicitar un reembolso de un desembolso continuará, no obstante cual-quier otra estipulación de este Convenio, por tres (3) añosdesde la fecha del último desembolso bajo este Convenio. (d) (1) Cualquier reembolso bajo la subsección (a) o (b), o (2) cualquier reembolso a USAID de un contratista, pro-veedor, banco u otra tercera parte con relación a bienes oservicios financiados bajo el Convenio relacionado con unprecio no razonable por facturación errónea de bienes o ser-vicios, o a bienes que no se ajustaban a las especificacio-nes, o a servicios inadecuados, (A) será utilizado primeropara cubrir el costo de bienes y servicios requeridos para elConvenio, en la medida que sea justificado, y (B) el saldo, sihubiera, será utilizado para reducir el monto de la Donación. (e) Cualesquier interés u otros ingresos sobre los fon- dos desembolsados por USAID al Donatario bajo este Con-venio previos a la autorización para utilizar dichos fondospara el Convenio serán reembolsados a USAID en Dóla-res de los Estados Unidos, por el Donatario, a menos queUSAID acuerde lo contrario por escrito. SECCION E.3. Recursos No Renunciables. Ninguna de- mora en el ejercicio de cualquier derecho o recurso prove-niente de una Parte con respecto a su financiación bajoeste Convenio será interpretada como una renuncia a di-cho derecho o recurso. SECCION E.4. Transferencia. El Donatario acuerda ceder a USAID, a su solicitud, cualquier derecho de de-manda que pudiera adquirir el Donatario en relación con, ocomo resultado del cumplimiento o incumplimiento contrac-tual por una de las Partes de un contrato directo con US-AID, financiado total o parcialmente con fondos proporcio-nados por USAID bajo este Convenio. ARTICULO F. VariosSECCION F.1. Pérdida de Empleo, Zonas de Procesa- miento de Exportación y Derechos del Trabajador (a) Ningún fondo u otra asistencia proporcionados bajo el presente Convenio podrá ser utilizado en una actividadque razonablemente pudiera involucrar la reubicación o ex-pansión, fuera de los Estados Unidos, de una empresa ubi-cada en los Estados Unidos si la producción fuera de losEstados Unidos en tal reubicación o expansión reemplazaparcial o totalmente la producción, y reduce el número deempleados en dicha empresa en los Estados Unidos. (b) Ningún fondo u otra asistencia proporcionados bajo el presente Convenio podrá ser utilizado en una actividadcuyo propósito sea establecer o desarrollar en un país ex-tranjero una zona de procesamiento de exportaciones o áreadeterminada donde las leyes de trabajo, medio ambiente,tributarias, arancelarias y de seguridad del país no seanaplicables, sin previa autorización por escrito de USAID. (c) Ningún fondo u otra asistencia proporcionados bajo el presente Convenio podrá ser utilizado en una actividadque contribuya a la violación de derechos internacio-nalmente reconocidos de los trabajadores en el país bene-ficiario, incluyendo aquellos en cualquier zona o área de-terminada en ese país. ARTICULO G. Planificación Familiar VoluntariaLas Partes acuerdan que los fondos proporcionados por USAID bajo este Convenio serán utilizados en concordan-