TEXTO PAGINA: 8
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G30/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 351-2004-MTC/ 03 del 12 de mayo de 2004 se encargó a la Agencia de Promo-ción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la conduccióndel concurso públicos de ofertas para la selección del operadoral que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgarála concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones destinados a la ejecución del Proyecto Ac- ceso a Internet en capitales de distrito del Perú - Primera Etapa; Que, de acuerdo con el Artículo 2º del Decreto de Ur- gencia Nº 054-2001, la Agencia de Promoción de la Inver-sión Privada - PROINVERSIÓN se encuentra facultada paratomar a su cargo, los procesos de promoción de inversión privada, de competencia de entidades del Estado, bajo los mecanismos del Decreto Legislativo Nº 674 y sus normasreglamentarias y complementarias; Que, el mencionado Artículo 2º del Decreto de Urgen- cia Nº 054-2001, establece que el acuerdo del Consejo Di-rectivo de PROINVERSIÓN a que se refiere el considerando precedente, deberá ser ratificado por Resolución Suprema; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su se- sión del 1 de julio de 2004, acordó que dicha entidad tome a sucargo el Proyecto Acceso a Internet en capitales de distrito delPerú - Primera Etapa, bajo los mecanismos y procedimientosestablecidos en el Decreto Legislativo Nº 674 y sus normas reglamentarias y complementarias, en el marco de lo dispues- to en el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 054-2001 y delConvenio de Cooperación Institucional celebrado entre la Agen-cia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN yel Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomu-nicaciones - OSIPTEL con fecha 12 de marzo de 2003; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN acordó asi- mismo, encargar la conducción del proceso de promoción deinversión privada antes referido, al Comité de PROINVERSIÓNen Activos, Proyectos y Empresas del Estado a que se refierela Resolución Suprema Nº 444-2001-EF del 14 de setiembredel 2001 modificada por Resolución Suprema Nº 228-2002- EF del 24 de setiembre de 2002 y por Resolución Suprema Nº 009-2003-EF de fecha 17 de enero de 2003; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en la se- sión a que se refiere el cuarto considerando acordó asimis-mo aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privadadel proyecto materia del presente acuerdo, conforme a lo establecido en el numeral 3 del Artículo 4º y Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 674, estableciendo como modalidadaplicable al proceso la contenida en el literal a) del Artículo2º del Decreto Legislativo Nº 674; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROIN- VERSIÓN, en virtud del cual se aprobó que dicha entidadtome a su cargo, dentro de los alcances del Decreto deUrgencia Nº 054-2001, el proceso de promoción de inver-sión privada del Proyecto Acceso a Internet en capitales dedistrito del Perú - Primera Etapa, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674 y normas reglamentarias y complementarias. Artículo 2º.- Encargar la conducción del proceso de pro- moción de inversión privada a que se refiere el artículo prece-dente al Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Proyectos yEmpresas del Estado constituido por Resolución Suprema Nº 444-2001-EF modificada por Resolución Suprema Nº 228- 2002-EF y por Resolución Suprema Nº 009-2003-EF. Artículo 3º.- Aprobar el Plan de Promoción de Inver- sión Privada correspondiente, estableciendo como modali-dad aplicable al proceso la contenida en el literal a) del Ar-tículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por elMinistro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Trans-portes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15304INTERIOR /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61 /G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G2D /G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1527-2004-IN-0501 Lima, 12 de agosto del 2004 VISTO: El Oficio Nº 2633-2004-IN-0501 de fecha 5 de julio del 2004, emitido por el Director General de la Oficina Generalde Administración; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27806, se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con lafinalidad de promover la transparencia de los actos del Es-tado y regular el derecho fundamental del acceso a la infor- mación consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con el principio de publicidad re- gulado en la citada Ley, todas las actividades y disposicio-nes de las entidades de la Administración Pública estánsometidas al principio de publicidad; Que, de acuerdo al artículo 3º del Texto Único Ordena- do de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso ala Información Pública, aprobado por Decreto SupremoNº 043-2003-PCM, el Estado debe adoptar medidas bá-sicas que garanticen y promuevan la transparencia en laactuación de las entidades de la Administración Pública, teniendo la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio depublicidad; Que, para tal efecto, el último párrafo del artículo se- ñalado establece que la entidad pública designará al fun-cionario responsable de entregar la información solicita- da; Que, asimismo de acuerdo con el artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública, aprobado por DecretoSupremo Nº 043-2003-PCM, las entidades obligadas a brin-dar información deben identificar, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar la información solicitada en virtud de lo establecidoen la referida ley; Que, conforme al literal a) del artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparen-cia y Acceso a la Información Pública, aprobado por De- creto Supremo Nº 043-2003-PCM, toda solicitud de infor- mación debe ser dirigida al funcionario designado por laentidad de la Administración Pública para realizar esta la-bor, por lo que resulta necesario efectuar dicha designa-ción; Contando con la visación de la Oficina General de Ad- ministración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Sr. economista Fredy Zelaya Herrera, Director (e) de la Oficina de Presupuesto de laOficina General de Administración del Ministerio del Inte-rior, como el funcionario responsable de brindar la informa-ción requerida por virtud de la Ley de Transparencia y Ac-ceso a la Información Pública, correspondiente a la Oficina General de Administración. Artículo 2º.- Los servidores y funcionarios de la Oficina General de Administración del Ministerio del Interior, debe-rán facilitar la documentación y/o información necesaria enel plazo de Ley, al funcionario designado para el cumpli-miento de sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 15260