Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2004 (22/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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7. Evaluar y aprobar las propuestas del Gerente General en materia de planificacion, normatividad, vigilancia y control de los servicios y actividades portuarias. 8. Proponer al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el Reglamento del Regimen General de Infracciones y Sanciones para la Actividad Portuaria. 9. Resolver en MORDAZA instancia administrativa las controversias iniciadas en las Autoridades Portuarias Regionales o en los organos de la Autoridad Portuaria Nacional, dentro del ambito de su competencia. 10. Proponer el nivel remunerativo del Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional. 11. Aprobar los planes, programas y presupuesto de desarrollo portuario, a nivel del Sistema Portuario Nacional, dentro de su competencia. 12. Aprobar la creacion y extincion de unidades organicas, al interior de las Direcciones de Linea y de Apoyo, asi como de unidades dentro de los organos de asesoramiento, de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones vigente, previo informe de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros. 13. Aprobar, a propuesta del Gerente General, la contratacion de directores y jefes de unidades, asi como su promocion, suspension y remocion. 14. Proponer a OSITRAN el regimen tarifario en los casos que fije la Ley. 15. Aprobar los estados financieros y la Memoria Anual de la APN. 16. Proponer al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Cuadro para Asignacion de Personal-CAP de la Autoridad Portuaria Nacional. 17. Aprobar y modificar el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) y el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) de la APN. 18. El Directorio aprobara, su Reglamento Interno, el mismo que contendra entre otros puntos, el quorum de las sesiones del Directorio, las votaciones en sesiones, los plazos, oportunidades y forma de las convocatorias. 19. Aprobar y modificar otros documentos tecnicos normativos de gestion institucional, propuestos por el Gerente General de la APN. 20. Delegar en el Presidente del Directorio y en el Gerente General, el ejercicio de funciones, de acuerdo a la Ley del Sistema Portuario Nacional, el Reglamento de la Ley, y el presente Reglamento de Organizacion y Funciones. 21. Aprobar la politica medio ambiental de la Autoridad Portuaria Nacional. 22. Crear de acuerdo a las necesidades, los Grupos Especializados. 23. Presentar semestralmente a OSITRAN un informe sobre lo que este organismo le ha delegado. Articulo 8º.- Presidente del Directorio El Presidente del Directorio ejerce la representacion oficial de la APN. Suscribe en representacion del Directorio las Resoluciones que se emitan, sin perjuicio de las delegaciones que se acuerden. El Presidente del Directorio debera desempenar sus labores a tiempo completo. Ademas son atribuciones y funciones del Presidente del Directorio las siguientes: 1. Representar al Directorio de la APN en actos publicos o privados de su competencia. 2. Convocar, fijar el orden del dia, presidir y levantar las reuniones del Directorio y dirigir sus deliberaciones. 3. Adoptar medidas de emergencia sobre asuntos que corresponda al Directorio, en el caso que no sea posible reunir al Directorio para sesionar validamente, dando a conocer las medidas adoptadas en la sesion mas proxima. 4. Constituirse en el enlace de la APN con el Ministro del Sector, las APRs y las diversas autoridades relacionadas. 5. Presidir los grupos consultivos de la APN. 6. Ejercer las facultades especiales que el Directorio le delegue. Articulo 9º.- Ausencia del Presidente En caso de ausencia del Presidente, el Directorio nombrara entre sus miembros a un substituto, quien ejercera las funciones propias del cargo mientras dure la ausencia del titular. Articulo 10º.- Gerencia General La Gerencia General es el organo de Direccion dependiente del Directorio, encargado de conducir las actividades de competencia de la APN, de su administracion y de la implementacion de las politicas aprobadas por el Directorio.

Articulo 11º.- Atribuciones y Funciones de la Gerencia General La conduccion de este organo esta a cargo del Gerente General, que es el principal funcionario tecnico y administrativo de la APN, de cuyo manejo responde ante el Directorio. En su ausencia, el Directorio designara al funcionario que lo reemplace. Son atribuciones y funciones del Gerente General las siguientes: 1. Ejercer la representacion legal, administrativa y judicial de la APN, ante instituciones y organismos nacionales o extranjeros, publicos o privados. 2. Proponer al Directorio las politicas y estrategias de desarrollo de la APN y cumplir y hacer cumplir las aprobadas. 3. Planificar, organizar, dirigir, controlar y administrar las actividades de la APN. 4. Presentar al Directorio para su aprobacion los proyectos de planes institucionales, los proyectos de Presupuestos, los estados financieros y las memorias anuales. 5. Proponer al Directorio, la creacion y extincion de nuevas unidades organicas de la APN. 6. Dirigir y coordinar las acciones de las diferentes direcciones y unidades organicas creadas, para el cumplimiento de los objetivos de la APN. 7. Aprobar las resoluciones que le correspondan, resolviendo los actos administrativos dentro del ambito de su competencia. 8. Supervisar el cumplimiento de las normas aplicables a la APN, disponer y supervisar la ejecucion de los Acuerdos del Directorio, y proponer proyectos de normas. 9. Aprobar las propuestas y documentacion tecnica sustentatoria elaborada por las diferentes unidades organicas de la APN. 10. Proponer y hacer cumplir las normas de gestion institucional y sus modificaciones (Resoluciones, Reglamentos, Directivas y otros). 11. Aprobar la ejecucion de gastos de pre-inversion e inversion, adquisicion de bienes, servicios y mantenimiento. 12. Proponer el nombramiento de los directores de linea, jefes de unidad y profesionales de la APN, de acuerdo a la normatividad vigente. 13. Resolver cualquier MORDAZA relacionado con las actividades de la APN, y comprometer la responsabilidad de la Entidad en las operaciones que realice. 14. Organizar el regimen interno de la APN y dirigir las operaciones de esta. 15. Las demas que el Directorio le delegue.

CAPITULO III DE LOS ORGANOS CONSULTIVOS
Articulo 12º.- Los Grupos Consultivos Especializados Los Grupos Consultivos Especializados-GCE son los organos de consulta del Directorio. Estan conformados por personas de alta calificacion tecnica, directamente relacionadas con la actividad portuaria y otras actividades afines de la APN. Son presididos por el Presidente del Directorio. Corresponde a los GCE, emitir opinion y formular recomendaciones sobre los asuntos que el Presidente del Directorio someta a su consideracion. Podra crearse Grupos Consultivos Especializados, de acuerdo a las necesidades. Los GCE son de caracter temporal y sus miembros realizan sus labores ad-honorem. Articulo 13º.- El Grupo Consultivo de las Autoridades Portuarias Regionales El Grupo Consultivo de las Autoridades Portuarias Regionales-GCAPR es el organo de consulta del Directorio que esta integrado por todos los Presidentes de las Autoridades Portuarias Regionales y es presidido por el Presidente del Directorio de la APN. Corresponde al GCAPR emitir opinion y formular recomendaciones sobre los asuntos que el Presidente del Directorio de la APN someta a su consideracion. El GCAPR, es de caracter temporal sus miembros realizan sus labores ad-honorem.

CAPITULO IV DEL ORGANO DE CONTROL
Articulo 14º.- Organo de Control Institucional El Organo de Control Institucional-OCI, es el organo integrante del Sistema Nacional de Control, tiene por mision promover la correcta y transparente gestion de los recursos y bienes de la APN, cautelando la legalidad y eficiencia

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