TEXTO PAGINA: 12
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G30/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de agosto de 2004 2. Elaborar y proponer los planes de inversión pública y las convocatorias a la inversión privada en materia de de- sarrollo portuario. 3. Aprobar y supervisar los expedientes técnicos de las obras de infraestructura portuaria y las especificacionestécnicas de las maquinarias y equipos, que deben incluirmedidas efectivas para la protección del medio ambientemarítimo adyacente a las instalaciones portuarias y a la comunidad donde se desarrollen. 4. Celebrar con el sector privado los compromisos con- tractuales que faculta la Ley, como resultado de un concur-so público, con arreglo a ley. 5. Promover el establecimiento de actividades comer- ciales y logísticas en los recintos portuarios. 6. Coordinar la integración de los terminales, infraes- tructuras e instalaciones portuarias de iniciativa privadadentro del Sistema Portuario Nacional en armonía con elmedio ambiente y fomentar su desarrollo. 7. Fomentar la actividad portuaria y su modernización permanente. 8. Velar por la prestación universal de los servicios por- tuarios a través de los puertos de titularidad pública y en elámbito de su competencia. 9. Establecer las normas técnico-operativas para el de- sarrollo y la prestación de las actividades y los serviciosportuarios acorde con los principios de transparencia , libre competencia y preservación y conservación del medio am- biente 10. Normar en lo técnico, operativo administrativo y ambiental el acceso a la infraestructura portuaria, así comoel ingreso, permanencia y salida de las naves y de la cargaen los puertos sujetos al ámbito de su competencia; los permisos para la navegación comercial de buques; y en lo pertinente, la apertura y cierre de los puertos, remolcaje,recepción y despacho, seguridad del puerto y de las naves,así como cualquier otra actividad existente o por crearse. 11. Promover y facilitar las concesiones al sector priva- do en áreas de desarrollo portuario. 12. Velar por el respeto de los derechos y el cumpli- miento de las obligaciones de los usuarios intermedios yfinales en los puertos del ámbito de su competencia. 13. Fomentar el empleo portuario, su calidad y el logro de una mayor estabilidad como consecuencia de la capaci-tación hacia la mayor especialización, polifuncionalidad y sensibilización ambiental de los trabajadores portuarios. 14. Establecer las normas para mejorar la calidad total del Sistema Portuario Nacional la seguridad industrial y lagestión ambiental en los puertos, mediante el fomento dela inversión y capacitación general en técnicas de opera-ciones portuarias y de higiene y seguridad en el trabajo; y la vigilancia del cumplimiento de las normas nacionales e internacionales en esta materia. 15. Coordinar con las demás autoridades nacionales las acciones pertinentes para garantizar la seguridad generaly la lucha contra el contrabando y los tráficos ilegales. 16. Establecer sistemas alternativos de solución de con- troversias entre operadores y usuarios por materias de li- bre disposición de las partes. 17. Establecer normas para regular la protección del medio ambiente en la actividad portuaria y exigir el cumpli-miento de la normativa general de los compromisos con-tractuales específicos en esta materia, contraídos por el sector privado. 18. Representar al Estado ante Organismos y Foros in- ternacionales en los aspectos portuarios. 19. Normar las actividades portuarias a que se sujetan las Autoridades Portuarias Regionales, que correspondanal mejor funcionamiento del Sistema Portuario Nacional. 20. Registrar y mantener actualizada la información es- tadística correspondiente a la actividad portuaria nacional. 21. Normar las autorizaciones portuarias, habilitaciones portuarias y licencias de obras portuarias, y coordinar suejecución con las Autoridades Portuarias Regionales (APRs)y las Autoridades Sectoriales con competencia en el medio ambiente 22. Establecer los procedimientos de coordinación con otras Autoridades e instituciones del Estado para que,manteniendo la responsabilidad única en el trato de lasnaves y mercancías en las zonas portuarias, cada una deellas pueda cumplir adecuadamente sus funciones y res- ponsabilidades, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento. 23. Promover y desarrollar una cultura de mar compati- ble con el desarrollo sostenible. 24. Promover la inversión pública y privada en el Siste- ma Portuario Nacional. 25. Velar por el cumplimiento de las normas y obligacio- nes sobre contaminación ambiental en la explotación de lainfraestructura portuaria, con excepción de aquellos aspec- tos que por ley corresponden al ámbito de responsabilidad de otras autoridades. 26. Regular la coordinación entre los distintos Adminis- tradores Portuarios y otros agentes vinculados al SistemaPortuario Nacional, lo cual incluye la supervisión de la Jun-ta de Operaciones de los puertos. 27. Celebrar convenios de cooperación y/o de gestión y/o asistencia técnica con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Artículo 4º.- Alcance El presente Reglamento establece la organización y describe las funciones de los órganos que integran la Autoridad Portuaria Nacional, en concordancia con la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional y los De-cretos Supremos Nºs. 003-2004-MTC, 008-2004-MTC y013-2004-MTC, que reglamentan la referida Ley. Artículo 5º.- Aplicación del Reglamento Las normas contenidas en este Reglamento, son de aplicación y cumplimiento obligatorio de todas las unida-des orgánicas de la APN, en el ámbito de su competencia. TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES CAPÍTULO I DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 6º.- Estructura orgánica La estructura orgánica de la APN es la siguiente: ALTA DIRECCIÓN - El Directorio- La Gerencia General ÓRGANOS CONSULTIVOS - Los Grupos Consultivos Especializados - El Grupo Consultivo de la APRs ÓRGANO DE CONTROL - Órgano de Control Institucional ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO - Unidad de Asesoría Jurídica - Unidad de Protección y Seguridad- Unidad de Relaciones Institucionales ÓRGANOS DE APOYO - Oficina General de Administración ÓRGANOS DE LÍNEA - Dirección de Operaciones y Medio Ambiente- Dirección Técnica- Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos CAPÍTULO II DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 7º.- Directorio Es el órgano colegiado y máximo de la APN y tiene a su cargo la administración de la Autoridad Portuaria Nacional. Son atribuciones y funciones del Directorio las siguien- tes: 1. Elaborar y proponer ante el Ministerio de Transportes Comunicaciones, el Plan de Nacional de Desarrollo Portua-rio e informar anualmente sobre el cumplimiento de lasmetas. 2. Ejercer las atribuciones de la Autoridad Portuaria Nacional, sobre la base de su sistema de funcionamiento, emitiendo las directivas y normativa necesaria. 3. Proponer al Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, el Reglamento de Organización y Funciones de laAutoridad Portuaria Nacional. 4. Aprobar el presupuesto, organización y funcionamien- to interno de la institución basándose en criterios de racio- nalidad y eficiencia indispensables para su operación. 5. Designar y remover al Gerente General.6. Crear y extinguir de acuerdo a lo establecido en el artículo 27º de la Ley, según lo establezca el Plan Nacionalde Desarrollo Portuario, las Autoridades Portuarias Regio-nales que correspondan al mejor funcionamiento del Siste- ma Portuario Nacional, designando a su representante ante los directorios.