Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2004 (24/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 24 de agosto de 2004

Articulo 30º.- Las Sesiones Ordinarias constan de las siguientes estaciones: a) Lectura y aprobacion del Acta de la anterior sesion. b) Despacho. c) Informes. d) Pedidos. e) Orden del dia. Articulo 31º.- LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. Iniciada la sesion, se procedera a leer el Acta de la sesion anterior sea esta ordinaria o extraordinaria, siempre que entre una sesion y la siguiente mediasen cuando menos cinco dias habiles. El MORDAZA y los regidores podran formular las observaciones que estimen conveniente respecto de sus propias intervenciones o del texto de las propias decisiones adoptadas. La formulacion de dichas observaciones no MORDAZA lugar a debate alguno ni a reabrir el que se hubiese efectuado en la sesion anterior. Si no hubiera observaciones, el MORDAZA MORDAZA por aprobada el Acta quien la refrendara junto con el Secretario General y los Regidores. Articulo 32º.- DESPACHO. En la estacion de Despacho se MORDAZA de conocimiento del Concejo, lo siguiente: a) Oficios. b) Proyectos de Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones. c) Informes y Dictamenes de Comisiones. d) Pedidos e informes de los Regidores. e) Informes de la Administracion. f) Otros documentos. En esta estacion no se permitira el debate. Articulo 33º.- Leidos los documentos puestos a despacho por el Secretario General, el MORDAZA o quien presida la sesion, ordenara el tramite que deba darse a cada uno de ellos y pasara a la Orden del Dia, aquellos que por su naturaleza requieran debate o pronunciamiento del Concejo. El autor o uno de los autores, de ser varios, podra fundamentar su propuesta en un tiempo MORDAZA de cinco minutos en dicha estacion. Articulo 34º.- Admitidos a debate, pasaran a las correspondientes comisiones para informe o dictamen. Cuando por la naturaleza del MORDAZA o la urgencia del caso lo requiera, se podra dispensar el tramite de las comisiones. Articulo 35º.- Los proyectos o acuerdos que cuenten con informe o dictamen de la comision, asi como los que hubieran sido dispensados del tramite de comisiones, pasaran a la Orden del Dia para su discusion y votacion respectiva. Articulo 36º.- INFORMES. Los miembros del Concejo presentaran los informes que estime pertinentes asi como los que hubiesen sido encargados por el MORDAZA o por el Concejo propiamente dicho, en aquellos asuntos relacionados con las funciones y atribuciones que le senala la ley y que se considere que deben ser puestos a conocimiento de la sesion del Concejo. Articulo 37º.- Los informes seran breves, no excediendose de cinco minutos y los que requieren mayor tiempo el MORDAZA o quien presida la sesion dispondra para que pasen a la Orden del Dia. Cuando se trate de informe o dictamen de una comision lo efectuara su Presidente o el Regidor designado por el. Si hubiera dictamen en minoria, informara quien lo suscriba. Articulo 38º.- Si los Informes o dictamenes requiriesen mayor tiempo de lo previsto, el Presidente de la comision podra solicitar que se amplie dicho termino, lo cual podra ser aprobado por el Concejo. En la estacion de Informes no hay debate. Articulo 39º.- Corresponde a los Presidentes de las Comisiones, sustentar los dictamenes puestos a consideracion del Concejo para su debate. Corresponde igualmente a los Regidores que hubiesen formulado dictamenes en minoria sustentar los mismos. Articulo 40º.- Los informes que por cualquier circunstancia quedaran pendientes, se trataran en la proxima sesion.

Articulo 41º.- PEDIDOS. Los miembros del Concejo podran formular sus pedidos por escrito o en forma oral. Si es por escrito, debera formularlo con un tiempo MORDAZA de 24 horas MORDAZA de la Sesion de Concejo ante el Secretario General. Si es oral se realizara en la respectiva estacion, siendo breve y concreto y no excediendo de tres minutos. Articulo 42º.- El MORDAZA dispondra el tramite que se le debera de dar a cada pedido y pondra a consideracion del Concejo los que podrian requerir de un inmediato pronunciamiento; pasando a la Orden del dia, aquellos que requieran de mayor fundamentacion y debate. Articulo 43º.- Los pedidos que por su naturaleza requieran de un mayor analisis tecnico o que versen sobre asuntos contenciosos, deberan pasar necesariamente para informes de las comisiones y/o a la Administracion Municipal segun corresponda. Articulo 44º.- En caso de propuestas o proyectos que no provengan de las comisiones, corresponde al Regidor ponente o al Regidor que represente al grupo de Regidores, la sustentacion del mismo. Articulo 45º.- En esta estacion no habra debates y su duracion no excedera de 45 minutos vencidos de los cuales se pasara a la Orden del dia. Los pedidos que quedaren pendientes seran tratados en la proxima sesion. Articulo 46º.- ORDEN DEL DIA. En esta estacion se debatira y votara solamente los asuntos senalados en la Agenda y los que durante la sesion hubieran pasado a esta estacion. El MORDAZA senalara el orden en que se debatiran, de acuerdo a su naturaleza o urgencia. Articulo 47º.- Previamente al inicio de la estacion se verificara la asistencia de los miembros del Concejo. Si no hay quorum se suspende la sesion hasta nueva fecha. Articulo 48º.- Durante el debate, el Secretario General tomara nota de los Regidores que intervienen en la misma quienes fundamentaran sus dictamenes, informes y pedidos que hubiesen sido consignados en la agenda o hubieran pasado a esta estacion. Articulo 49º.- Ninguna intervencion podra durar mas de cinco minutos, pudiendo el MORDAZA autorizar un tiempo extra si la naturaleza del tema asi lo requiera. Articulo 50º.- Durante el debate ningun Regidor podra intervenir mas de tres veces sobre el mismo MORDAZA, excepto el autor del mismo para responder preguntas sobre ellos. Si los autores fuesen varios Regidores, designaran a uno para la sustentacion del mismo. Las intervenciones se referiran solamente a los asuntos en debate y no se admitira dialogo entre los Regidores. Durante la sesion toda intervencion sera dirigida hacia el MORDAZA o quien dirija la sesion. Articulo 51º.- Si durante la sesion el Regidor ponente se apartara del tema, sera llamado al orden, caso contrario se podra dar por agotado el asunto. De la misma forma se podra dar por agotado el tema si los miembros del Concejo consideran que el tema ha sido suficientemente analizado. Asimismo, cualquier Regidor podra solicitar al MORDAZA que el tema que se esta analizando se suspenda para ser tratado en la proxima sesion. Este pedido debera ser sustentado. VOTACION Articulo 52º.- Las elecciones o votaciones se realizaran solamente en la estacion de Orden del Dia, salvo las que no se quieran debate previo. Para tal efecto, se consideran como validas las siguientes formas de votacion: a) Ordinarias. b) Nominales. c) Por cedulas. Articulo 53º.- Para que MORDAZA acuerdo valido, se requiere el MORDAZA conforme de mas de la mitad de los concurrentes, salvo que la Ley exija un numero mayor. Si no se alcanzara el numero de votos exigidos por Ley, se tendra por rechazada la proposicion votada. Articulo 54º.- El MORDAZA tiene MORDAZA dirimente en caso de empate, aparte de su MORDAZA como miembro del Concejo.

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