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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (24/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G31/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 24 de agosto de 2004 ciones formuladas al contenido de los documentos presen- tados en su Sobre Nº 2; Que, mediante Circular Nº 20, de fecha 4 de agosto de 2004, se comunicó a los Postores Planejamento e Cons-trucoes LTDA. - PLANOVA y el Consorcio IVESUR S.A. -LIDERCON SL, que los documentos presentados en susSobres Nº 2 se encontraban conformes a las Bases de laLicitación Pública Especial Internacional Nº 001-2004-MML/CEPRI LIMA; Que, con fecha 17 de agosto de 2004, se llevó a cabo en Acto Público la Apertura del Sobre Nº 3 (Oferta Econó-mica) correspondiente a los postores Planejamento e Cons-trucoes LTDA. - PLANOVA y al Consorcio IVESUR S.A. -LIDERCON SL; Que, de conformidad a lo previsto en el numeral 7.4.1 de las Bases de la Licitación Pública Especial Internacio-nal Nº 001-2004-MML/CEPRI LIMA, la Oferta Económicacontenida en el Sobre Nº 3, incluye las tarifas tope pro-puestas por cada postor para las revisiones técnicas ordi-narias para vehículos ligeros; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8.1.2 de las Bases de la Licitación Pública Especial InternacionalNº 001-2004-MML/CEPRI LIMA, el CEPRI LIMA designa-rá como ganador de la Licitación al postor que hubiere pre-sentado la menor Oferta Económica, determinada sobre labase de la propuesta para tarifas tope aplicables a lasrevisiones técnicas ordinarias previstas para vehículos li-geros; Que, de conformidad con las Bases de la Licitación Pública Especial Internacional Nº 001-2004-MML/CEPRILIMA, la buena pro se adjudicará al Postor que presente lamenor Oferta Económica para revisiones técnicas ordina-rias para vehículos ligeros; Que, para ser considerados ofertas válidas, las Ofertas Económicas deben ser menores o iguales a la tarifa topebase fijada en US$ 22,00 (Veintidós y 00/100 Dólares Ame-ricanos) sin incluir IGV, la misma que fue comunicada a losPostores mediante la Circular Nº 17, de fecha 27 de juliode 2004; Que, producida la apertura de los Sobres Nº 3, se ad- virtió que el Postor Consorcio IVESUR S.A. - LIDERCONSL ofreció US$ 20.98 (Veinte y 98/100 Dólares America-nos) como tarifa tope por concepto de revisión técnica paravehículos ligeros, en tanto que el postor Planejamento eConstrucoes LTDA. - PLANOVA ofreció US$ 21,90 (Vein-tiún y 09/100 Dólares Americanos) por concepto de revi-sión técnica para vehículos ligeros; Que, en consecuencia corresponde adjudicar la Con- cesión de la Ejecución de la Infraestructura de las Plantasde Revisiones Técnicas y la Explotación del Servicio deRevisiones Técnicas Vehiculares para Lima Metropolitana,en calidad de postor ganador, al Consorcio IVESUR S.A. -LIDERCON SL; De conformidad con lo establecido en los artículos 33º y 161º, numeral 7.6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades, y el artículo 31º del Texto Único Ordena- do del Reglamento de las Inversiones Privadas en ObrasPúblicas de Infraestructura y de Servicios Públicos Loca-les para la provincia de Lima, aprobado mediante Decretode Alcaldía Nº 166, de fecha 16 de diciembre de 2002; RESUELVE: Artículo Primero.- ADJUDICAR al Consorcio IVESUR S.A. - LIDERCON SL, la Concesión de la Ejecución de laInfraestructura de las Plantas de Revisiones Técnicas y laExplotación del Servicio de Revisiones Técnicas Vehicula-res para Lima Metropolitana, en el procedimiento de Licita-ción Pública Especial Internacional Nº 001-2004-MML/CE-PRI LIMA. Artículo Segundo.- La ejecución de la Infraestructura de las Plantas de Revisiones Técnicas por parte de la So-ciedad Concesionaria consiste en la construcción de unmínimo de tres (3) Plantas de Revisiones Técnicas en elámbito de la provincia de Lima, destinadas a la prestaciónpor parte de la Sociedad Concesionaria del Servicio deRevisiones Técnicas Vehiculares, conforme a lo previstoen el artículo 161º, numeral 7.6 de la Ley Nº 27972 - LeyOrgánica de Municipalidades.Artículo Tercero.- De conformidad a lo previsto en la proforma del Contrato de Concesión, la cual debidamentesuscrita por el Consorcio IVESUR S.A. - LIDERCON SLforma parte de los documentos contenidos en su Sobre Nº2 y es parte integrante de las Bases del procedimiento deLicitación Pública Especial Internacional Nº 001-2004-MML/CEPRI LIMA, corresponderá a la Sociedad Concesionariala puesta a disposición de los terrenos para la ejecución dela infraestructura correspondiente a las Plantas de Revi-siones Técnicas, la dotación e instalación de los equipos,la explotación de las Plantas de Revisiones Técnicas y laprestación del Servicio de Revisiones Técnicas Vehicula-res. Los bienes de la Concesión son aquellos que se en- cuentran definidos en la proforma del Contrato de Conce-sión. El Servicio de Revisiones Técnicas Vehiculares com- prende las Revisiones Técnicas Vehiculares Ordinariaso Periódicas, Revisiones Técnicas Vehiculares de In-corporación, Revisiones Técnicas Vehiculares Comple-mentarias y las Revisiones Técnicas Vehiculares Vo-luntarias, las cuales serán efectuadas conforme a lasnormas técnicas municipales y nacionales sobre lamateria. Artículo Cuarto.- La Concesión adjudicada conforme a lo previsto en el Artículo Primero, tiene un plazo de vi-gencia de dieciséis (16) años, contados a partir de la fechade la suscripción del Contrato de Concesión respectivo, elcual podrá ser renovado, en la forma y condiciones esta-blecidas en la proforma del Contrato de Concesión, porperíodos parciales de hasta cinco (5) años cada uno, porun máximo de treinta y dos (32) años contados desde laFecha de Cierre. Artículo Quinto.- La presente Resolución será publi- cada en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARTÍN BUSTAMANTE CASTRO Presidente del Directorio 15242 MUNICIPALIDAD DE ATE /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G37/G32/G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65 /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G79/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73 /G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1092 Ate, 17 de agosto de 2004 EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 187-2004-EC-GR/GGM/MDA de la Ejecutoría Coactiva; el Informe Nº 2109-04-GAJ/MDAde la Gerencia de Asuntos Jurídicos, solicitando se rectifi-que el error de redacción del artículo 1º de la Resoluciónde Alcaldía Nº 0672 de fecha 5 de junio del año 2003 y elProveído Nº 2388-04-GGM/MDA de la Gerencia GeneralMunicipal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0402 de fe- cha 1 de abril del 2003, se contrató al personal que resultóganador del Concurso Público de Méritos Nº 001-2003-MDAcomo Ejecutor Coactivo y Auxiliares Coactivos; Que, por error de redacción se consignó en el artículo primero de la referida Resolución de Alcaldía que dichopersonal había sido contratado por Servicios Personales; Que, la Ley Nº 26979 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de setiembre de 1998 establece en su artí-culo 7º que la designación del Ejecutor Coactivo y del Auxi-liar Coactivo se efectuará mediante Concurso Público deméritos e ingresan como funcionarios de la Entidad a la