Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2004 (25/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 25 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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pido arbitrario y pago de beneficios sociales, y al haberse dictado sentencia favorable a su persona acudio al local del Juzgado para averiguar sobre su expediente, siendo atendido por la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien previa revision del mismo le manifesto que la demandada no habia apelado la sentencia y que para dar impulso al MORDAZA debia presentar un escrito solicitando el cumplimiento de la sentencia, ofreciendose MORDAZA misma a asesorarlo a cambio de una contraprestacion economica que se cancelaria una vez que la empresa abonase la suma debida, resaltandole que el costo seria mucho menor de lo que le cobraria un abogado y que constituia una ventaja tener un abogado del propio Juzgado; redactando luego de su MORDAZA y letra un escrito que entrego al quejoso para su transcripcion y posterior MORDAZA, para que MORDAZA se encargue de hacerlo autorizar por el abogado MORDAZA MORDAZA, a cambio de diez nuevos soles que la investigada le solicito en ese acto; Sexto: Que, la auxiliar quejada por escrito de fojas cincuenta y tres sustenta sus descargos aseverando que todo responde a una MORDAZA orquestada por el abogado del quejoso MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con quien ha tenido roces producto de la prepotencia con la que actua frente al personal del Juzgado. Anade que efectivamente el senor Cuya MORDAZA se apersono al Juzgado el trece de febrero del dos mil dos a indagar sobre el estado de su MORDAZA y especialmente para averiguar si la demandada habia formulado apelacion contra la sentencia emitida, respondiendo MORDAZA que "no" habia ingresado hasta esa fecha ningun escrito, luego de lo cual el quejoso se retiro; negando haberle dado indicaciones sobre las acciones a tomar respecto de su expediente y rechaza haber faccionado recurso alguno, calificando de falsedad al relato contenido en la queja. Concluye manifestando que el diecisiete o dieciocho de MORDAZA el quejoso acudio al Juzgado acompanado de su padre para solicitarle disculpas por la queja interpuesta en su contra y senalarle que habia sido inducido por su abogado; Setimo: Que, la Jefatura de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de MORDAZA al finalizar el procedimiento propone a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial la destitucion de la servidora quejada al encontrarsele responsable del cargo de infraccion al deber que impone el articulo doscientos ochenta y siete del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial (incompatibilidad de los servidores del Poder Judicial para patrocinar ante este Poder del Estado) y del cargo de cobro de dinero, dado que con la Pericia efectuada por los Peritos de la Policia Nacional de la Region Policial de Huancayo que corre a fojas doscientos cinco se concluye que el manuscrito que obra a fojas once y once vuelta le corresponde al MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, corroborando de esta manera los hechos expuestos por el quejoso de que la nombrada servidora judicial aprovecho de su cargo para patrocinar pese a la prohibicion estatutaria senalada, que por el servicio cobro la suma de diez nuevos soles y que conociendo la incompatibilidad hizo suscribir el escrito por un abogado habil; hechos que revisten gravedad en la medida que atentan contra la imagen del Poder Judicial, comprometen la dignidad del cargo encomendado y lo desmerece en el concepto publico, existiendo responsabilidad disciplinaria conforme a lo establecido en el inciso primero del articulo doscientos uno del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, resultando de aplicacion la medida disciplinaria prevista por el articulo doscientos once de dicha Ley; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treinta y uno del articulo ochenta y dos del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, concordado con los articulos ciento seis y doscientos dos del citado cuerpo normativo, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, sin la intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a Sala Plena y del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse conformando Sala, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Primero.- Declarar infundadas las excepciones de caducidad y prescripcion deducidas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo. Segundo.- Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretaria del Juzgado de Trabajo de Yauli - La Oroya, comprension de la Corte Superior de Justicia de Junin. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 15415

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Aprueban Reglamento del Concurso Publico de Meritos del MORDAZA Curso PROFA de Preparacion para Aspirantes de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico
RESOLUCION Nº 086-2004-AMAG-CD/P
MORDAZA, 23 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 151º de la Constitucion Politica del Estado, establece que la Academia de la Magistratura (AMAG), se encarga de la formacion y capacitacion de jueces y fiscales en todos sus niveles, para los efectos de su seleccion; Que, mediante el Acuerdo de la Sesion del Pleno del Consejo Directivo de fecha 17 de junio de 2004, se dispuso las acciones administrativas que correspondan para la elaboracion del Diseno Pedagogico e Implementacion de los cursos dentro del Programa de Formacion de Aspirantes, toda vez que el articulo 22º, inciso c) de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura - Ley Nº 26397, ha recobrado plena vigencia; Que, mediante Resolucion Nº 084-2004-AMAG-CD/P de fecha 21 de agosto de 2004, se realizo la Convocatoria al MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso de Preparacion para Aspirantes a Magistrados de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento del MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso de Preparacion para Aspirantes de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura, Ley Nº 26335; el Estatuto de la Academia de la Magistratura aprobado por Resolucion Nº 022-2001-AMAG-CD; y con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento del Concurso Publico de Meritos del MORDAZA Curso PROFA de Preparacion para Aspirantes a Magistrados de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico, compuesto por cuatro (4) Titulos, once (11) Articulos y tres (3) Disposiciones Finales y Complementarias; el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura

REGLAMENTO DEL CONCURSO PUBLICO DE MERITOS DEL PROFA PARA EL MORDAZA CURSO DE PREPARACION PARA ASPIRANTES DE TODOS LOS NIVELES DEL PODER JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PUBLICO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º.- Contenido y alcance El presente Reglamento establece las normas generales del Concurso Publico de Meritos del PROFA para el MORDAZA Curso de Preparacion para Aspirantes de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico, que deseen postular ante el Consejo Nacional de la Magistratura para los cargos de Vocales Supremos, Fiscales Supremos, Vocales Superiores, Fiscales Adjuntos Supremos, Fiscales Superiores, Jueces Especializados o Mixtos, Fiscales Adjuntos Superiores, Fiscales Provinciales, Fiscales Adjuntos Provinciales, y Jueces de Paz Letrados.

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