Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2004 (02/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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tidad prestadora) del Programa de Residentado Medico, dentro del MORDAZA legal vigente. k) Tres (3) fotografias de frente a color fondo MORDAZA, tamano carne. l) Expediente documentado, de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente articulo. Articulo 3º.- Tratandose de plazas vacantes en establecimientos de salud de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, los responsables de estas instituciones que aprobaran el respectivo Concurso de Admision, solo podran ofertar hasta el 75% de dichas plazas, correspondiendo la diferencia a los otros postulantes, que sin pertenecer a las mismas, hayan obtenido nota aprobatoria en el mencionado concurso, sin mayores restricciones. Los medicos de la Sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru que obtuvieran puntajes aprobatorios, podran ocupar la plaza vacante de su interes. Articulo 4º.- En el Concurso de Admision, los postulantes se presentaran solo a una Facultad de Medicina, sea cual fuere la universidad de procedencia, el mismo que se realizara de acuerdo al calendario aprobado por el CONAREME. Articulo 5º.- Dicho Concurso se realizara en forma anual y simultaneamente en todos y cada uno de los Programas de Residentado Medico, en el mes, dia y hora que senale el CONAREME. Articulo 6º.- Para este Concurso, el MORDAZA estara conformado por: a) El Director de la Escuela, Seccion o Unidad de Postgrado de la Universidad respectiva, quien actuara como Presidente. b) Tres representantes del Comite Directivo de la Escuela, Seccion o Unidad de Post Grado, en calidad de miembros plenos. c) Un representante del Colegio Medico del Peru, en calidad de observador. d) Un representante de la Asociacion Nacional de Medicos Residentes del Peru (ANMRP), en calidad de observador. e) Los representantes de la entidad prestadora de salud del Sub-Sector correspondiente, en calidad de miembros plenos. El MORDAZA se ejerce hasta por un MORDAZA de 3 representantes de estas instituciones, incluyendo necesariamente a los del Ministerio de Salud y del Seguro Social de Salud (EsSalud). f) Un representante del CONAREME, en calidad de observador. Articulo 7º.- Son atribuciones del Jurado: a) Organizar, controlar el desarrollo del MORDAZA de seleccion y calificacion de los examenes respectivos. b) Revisar y evaluar los expedientes de los postulantes, calificar la validez y autenticidad de los documentos presentados y, publicar la relacion de los profesionales aptos en lugar visible en un plazo de 72 horas MORDAZA del inicio de los examenes. Esta publicacion debe ser en orden alfabetico, incluyendo todos los datos del postulante, el area o la especialidad y la modalidad a la que postula. c) Resolver los reclamos presentados dentro de los plazos que se fijen. d) Corregir los datos erroneos, publicando las subsanaciones 24 horas MORDAZA de los examenes. e) Formular los examenes, para lo cual puede solicitar el asesoramiento que estime conveniente. f) Suscribir las actas y publicar los resultados de los examenes. g) Elaborar y suscribir el cuadro de meritos general y por areas o especialidades. Las actas y el cuadro de meritos seran remitidos al Decano de la Facultad de Medicina respectivo y al CONAREME. Articulo 8º.- Las decisiones del MORDAZA son inapelables y se sujetan a las siguientes acciones: a) Terminada la calificacion, se redactara un acta final con los resultados del MORDAZA de seleccion, los mis-

mos que se publicaran el mismo dia que se realizan los examenes. b) En el acta final se establecera el Orden de Merito General y por areas o especialidades, segun el esquema determinado por el CONAREME. Los resultados seran publicados en un lugar visible de la sede del Concurso y en la pagina web de la universidad. En caso de empate, se recurrira secuencialmente a la nota del examen escrito, luego al promedio promocional y, finalmente al sorteo. c) Las plazas vacantes en las especialidades, subespecialidades y sedes docentes seran cubiertas por los postulantes en estricto orden de merito Articulo 9º.- Si el postulante que obtuvo la opcion o su representante acreditado notarialmente, no se presenta en la fecha y hora senalada por la Universidad para elegir la plaza vacante que por orden de merito le corresponde, esta sera ocupada por el que le sigue en dicho orden, excepto en el caso de Universidades con sede unica, en las que se procedera de acuerdo a lo establecido por estas. Articulo 10º.- Al momento de la inscripcion, el postulante debe consignar la modalidad de plaza vacante a la cual postula, segun el cuadro de plazas vacantes aprobado, no pudiendo ser cambiada en ningun caso. La eleccion de esta modalidad es de completa responsabilidad del postulante. Una vez elegida la plaza, no esta permitido el cambio de especialidad, modalidad, ni de sede docente. CAPITULO II DE LA EVALUACION Y CALIFICACION DEL POSTULANTE Articulo 11º.- La evaluacion y calificacion del postulante se efectuara teniendo en cuenta los siguientes factores: Promedio ponderado Orden de merito Nota de internado Examen de conocimientos 14% 4% 2% .80%

En el factor promedio ponderado, se tendra en cuenta las bonificaciones establecidas en el Reglamento de la Ley Nº 23330 - SERUMS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-97-SA. Articulo 12º.- El examen de conocimientos de los postulantes a especialidades se efectuara mediante una prueba escrita de 100 preguntas y, para los postulantes a sub-especialidades mediante una prueba diferenciada de 50 preguntas. Articulo 13º.- La estructura del examen de conocimientos se regira por los siguientes criterios: a) Las preguntas para los postulantes a areas o especialidades se formularan en base a los conocimientos impartidos en el pre-grado, con la siguiente distribucion porcentual: Ciencias Basicas Salud Publica Medicina Cirugia Gineco-Obstetricia Pediatria 10 10 20 20 20 20 % % % % % %

De estas, un 20%, se tomara bajo la modalidad de casos clinicos. b) Las preguntas para los postulantes a sub-especialidades se formularan teniendo en cuenta los conocimientos adquiridos en la especialidad base. Articulo 14º.- La nota minima aprobatoria en el puntaje final es de 60 puntos. CAPITULO III DE LOS MEDICOS RESIDENTES Articulo 15º.- Los Medicos Residentes son profesionales que estan realizando estudios universitarios de

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