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PÆg. 281492 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 2004 c. Percibir la remuneración correspondiente. d. Recibir de la entidad prestadora de salud los bene- ficios de alojamiento, vestuario y alimentación, necesa-rios e indispensables para el cumplimiento de sus activi-dades y, de acuerdo a las Normas de Bioseguridad. e. Gozar anualmente de un mes de vacaciones, pro- gramadas con la debida anticipación y según las necesi- dades de la docencia en servicio; las mismas que seránefectivas dentro del período del Residentado Médico. f. Percibir los beneficios legales que la ley acuerda a los empleados públicos o privados y que les sean apli-cables. g. Recibir el título de Especialista, otorgado por la Universidad a nombre de la Nación, de acuerdo a losrequisitos establecidos en el artículo 27º del presenteReglamento. h. No ser cambiado de colocación, ni asignado a otras funciones diferentes a las de su programa y que interfie- ran con su formación de Médico Residente, salvo en los casos de emergencia o desastre nacional. Artículo 19º.- Con relación a las rotaciones exter- nas de especialidades, debe observarse lo siguiente: a) Las rotaciones a otras sedes docentes en el país o en el extranjero, dentro de lo establecido en el plancurricular, serán programadas por la Universidad conopinión favorable de la entidad prestadora de salud y, suduración no excederá de doce meses durante todo elprograma de formación. b) Las rotaciones al exterior del país se desarrolla- rán únicamente a partir del segundo año hasta el primersemestre del último año, previa aprobación y cumpli-miento de los requisitos académicos y asistenciales dela universidad y de la entidad prestadora de salud, nopudiendo exceder de 3 meses en total. Esta rotación tendrá carácter electivo. c) Es responsabilidad de la universidad calificar las sedes docentes de rotación externa, que garanticen lacalidad de la formación del médico residente. Artículo 20º.- Con relación a las rotaciones exter- nas de sub-especialidades, la universidad coordinará con la entidad prestadora de salud sobre la realizaciónde éstas, en función al cumplimiento de los estándaresmínimos de formación. Artículo 21º.- El programa de formación contempla- rá la rotación por establecimientos de primer y segundo nivel dentro del ámbito geográfico de la sede docente, por un período de tiempo que estará en función al cum-plimiento de los estándares mínimos de formación. Artículo 22º.- Las evaluaciones académicas y asis- tenciales son permanentes, con calificaciones mensua-les en cada una de las rotaciones, en formato de la universidad respectiva. Artículo 23º.- La evaluación académica se efectúa bajo las normas establecidas por la universidad. La eva-luación asistencial se realiza bajo las normas de la enti-dad contratante. Artículo 24º. - El resultado de las evaluaciones es establecido según el sistema de calificación cuantitativa vigesimal: Menos de 13 Desaprobado 13-14 Regular15-16 Bueno 17-18 Muy bueno 19-20 Sobresaliente Artículo 25º.- La Escuela, Sección o Unidad de Post- Grado correspondiente promoverá al año inmediato su-perior a los médicos residentes aprobados, según el resultado de la calificación de la institución formadora (evaluación académica) y la entidad prestadora de sa-lud -sede docente- (evaluación asistencial). Artículo 26º.- Los médicos residentes desaproba- dos al término de un año lectivo serán separados delPrograma de Residentado Médico, pudiendo postular nuevamente al Sistema. Artículo 27º.- Los médicos residentes, a más tardar en el primer semestre del segundo año del ResidentadoMédico, presentarán a la universidad correspondienteSegunda Especialización en Medicina (Post-Grado), los cuales se realizan bajo la modalidad de docencia enservicio en las instituciones autorizadas por el CONA-REME como sedes del Residentado Médico. Artículo 16º.- Los Médicos Residentes que perte- nezcan a instituciones públicas y privadas en condición de nombrados o contratados, pueden acogerse al bene- ficio del destaque durante el período requerido para suformación, debiendo cumplir con todas las obligacionescontenidas en el artículo 17º del presente Reglamento.Al finalizar el Residentado Médico retornarán a su sedede origen, debiendo permanecer en ésta obligatoriamente por un tiempo mínimo similar al de su formación. Es responsabilidad de la institución de origen financiar laremuneración del médico residente y, de la institución dedestino el pago por guardias hospitalarias en atención asu labor efectiva para el cumplimiento de las necesida-des del servicio. Artículo 17º.- La condición de Médico Residente con- lleva las siguientes obligaciones y responsabilidades: a) Cumplir con el presente Reglamento y las Normas pertinentes de la Universidad en el ámbito académico y,con las de la Entidad Prestadora de Salud en lo asisten- cial, las que no pueden interferir con las del Sistema Nacional de Residentado Médico. b) Matricularse en la Universidad de acuerdo a los requisitos y plazos establecidos. c) Cumplir sus obligaciones académicas de docen- cia en servicio de acuerdo a las siguientes reglas: 1. El número de horas semanales de docencia en servicio, incluyendo las guardias hospitalarias, no debeexceder las 80 horas semanales. 2. La labor académica en condición de guardia desa- rrollada en servicios de emergencia o unidades críticas o similares no debe exceder de 12 horas continuas. 3. El número de guardias mensuales no debe exce- der de 5. 4. El médico residente programado en guardia noc- turna tiene derecho a descanso post-guardia a partir delas 14 horas. Asimismo, no debe realizar más de una guardia nocturna en la semana. 5. Debe programarse un período de 24 horas conti- nuas de descanso por semana, con excepción de loscasos en que sea programada la guardia dominical. El Comité Hospitalario velará por el cumplimiento de estas reglas. d) Cumplir con las actividades académicas y de in- vestigación. e) Apoyar la labor de docencia en servicio de médi- cos residentes de ciclos inferiores y la de los alumnosinternos y externos, de acuerdo a la programación con- junta establecida. Esta labor forma parte de su quehacer diario, es ad-honorem y, está prohibido para estudiantesy universidades establecer estipendio económico algu-no por esta actividad. Al finalizar cada año académico elmédico residente recibirá un certificado de docencia porla universidad a cargo. f) Suscribir un contrato renovable anualmente o soli- citar autorización o renovación de destaque, al inicio delResidentado Médico y al ser promovido al año inmediatosuperior, cumpliendo con los requisitos administrativospertinentes. g) Asumir todas las responsabilidades correspon- dientes a su condición de estudiante universitario de segunda especialización, de acuerdo a las competen-cias asignadas a su cargo. Artículo 18º.- El Médico Residente tiene los siguien- tes derechos: a. Participar en todas las actividades del Plan de Es- tudios de cada especialidad, con el fin de cumplir con losestándares mínimos de formación, con la supervisióndel Comité Hospitalario, del Servicio de Salud y los do-centes de la universidad responsables del proceso tuto- rial. b. Recibir al inicio del año lectivo el Plan Curricular de la Especialidad y las normas académicas y asistencia-les de la universidad y de la Sede Docente respectivas.