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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G4F/G4E/G43/G59/G54/G45/G43/G20/G79/G53/G55/G4E/G41/G53/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 386-2004-PCM Lima, 9 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 685-2004-CONCYTEC-P, del Presi- dente del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 182-2004-CONCYTEC-OAJ de la Asesoría Jurídica del Consejo Nacional de Cienciay Tecnología - CONCYTEC, recomienda se denuncie penalmente a la señorita Fabiola Patricia Vargas Suel- do; por haber sido beneficiada con una beca en elConcurso Nacional de Subvenciones de Tesis de Maestría y Doctorado en Ciencia y Tecnología en Universidades Peruanas - Convocatoria 2004, sinhaber cumplido con todos los requisitos necesarios, al suscribir una declaración jurada indicando osten- tar un nivel de quinto superior de calificaciones du-rante sus estudios de pregrado, que no poseía, sien- do pertinente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Con-sejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del PoderEjecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral, la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnolo-gía e Innovación Tecnológica y el Reglamento de Or- ganización y Funciones de la Presidencia del Conse- jo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supre-mo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia delConsejo de Ministros para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra laseñorita Fabiola Patricia Vargas Sueldo, por los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Reso- lución, así como los antecedentes del caso, al men- cionado Procurador Público para los fines pertinen-tes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 22433 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 387-2004-PCM Lima, 9 de diciembre de 2004 Vistos, los Oficios Nºs. 160 y 171-2004/SUNASS- 010 del Presidente del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento- SUNASS; CONSIDERANDO:Que, el Informe Nº 003-2004-2-45539 - "Informe Especial Sobre Presunta Falsificación de TítuloProfesional de Ingeniero Electrónico Presentado por Trabajador de la SUNASS" emitido por la Gerencia de Auditoría de la Superintendencia Nacional de Servi-cios de Saneamiento - SUNASS recomendó la inter- posición de las acciones judiciales correspondientes contra el señor Daniel Mauricio Arce Vásquez, traba- jador de la SUNASS presuntamente responsable delos hechos descritos en él, por lo que resulta perti- nente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros, para que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judi- cial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado me-diante el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Conse-jo de Ministros para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las accio- nes judiciales correspondientes contra el señor Da-niel Mauricio Arce Vásquez, de conformidad con lo indicado en el Informe Nº 003-2004-2-45539 - "Infor- me Especial Sobre Presunta Falsificación de TítuloProfesional de Ingeniero Electrónico Presentado por Trabajador de la SUNASS". Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presiden- cia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 22434 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 084-2004-PCM Mediante Oficio Nº 401-2004-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erra- tas del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que apro- bó el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, publicado en Separata Especial el 29 de noviembre de 2004. En el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM: DICE: "Artículo 1º.- Objeto de la normaAprobar el nuevo Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,el mismo que consta de siete (7) Títulos, trescientos trece (313) Artículos, seis (6) Disposiciones Complementarias, cinco (5) Disposiciones Transito-rias, cuatro (4) Disposiciones Finales y un (1) Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto Su- premo." DEBE DECIR: "Artículo 1º.- Objeto de la norma Aprobar el nuevo Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo que consta de siete (7) Títulos, trescientos veinti-cuatro (324) Artículos, seis (6) Disposiciones Comple- mentarias, cinco (5) Disposiciones Transitorias, cuatro (4) Disposiciones Finales y un (1) Anexo, que formaparte integrante del presente Decreto Supremo." En el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM: