Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 declaró fundada en parte la reclamación formulada con- tra la Orden de Pago Nº 006-CF-96-MPT, por concepto del Impuesto Predial de los ejercicios de 1992 a 1995, respecto del predio denominado Planta de Gas Pariñas,siendo este recurso resuelto mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 9553-4-2001 de fecha 30 de noviem- bre de 2001, declarándose NULO el Oficio Nº 11-98-CF,el Oficio Nº 0026-98-CF del 19 de enero de 1998 y la Resolución de Alcaldía Nº 425-05-98-MPT, así como todos los actos posteriores a los mismos, y REVOCAREN PARTE la Orden de Pago Nº 006-CF-12-97-MPT en el extremo referido al Impuesto Predial de 1992, y DECLA- RARLA NULA E INSUBSISTENTE en lo demás que con-tiene, debiendo la Municipalidad emitir nuevo pronuncia- miento; Que, dicha empresa presentó una queja contra la Municipalidad de Provincial de Talara por incumplimiento de la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 9553-4-2001 de fecha 30 de noviembre de 2001; Que, mediante Proveídos Nºs. 1668-4-2002 y 00067- 4-2003 de fechas 29 de noviembre de 2002 y 21 de enero de 2003 respectivamente, el Tribunal Fiscal solici-tó a la Administración remita un informe sobre los he- chos que motivaron la queja, precisando de manera es- pecial las razones por las cuales hasta la fecha no sehabría dado cumplimiento a la Resolución citada; Que, ante el incumplimiento de la Administración, di- cho Tribunal reiteró lo solicitado mediante Resolución delTribunal Fiscal Nº 00942-4-2003 de fecha 21 de febrero de 2003; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 02214- 4-2003 de fecha 25 de abril de 2003 se resolvió la queja interpuesta por la empresa PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. declarándose fundada, debiendo la Administracióncumplir con lo dispuesto en la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 9553-4-2001, es decir, emitir la resolución co- rrespondiente, bajo responsabilidad; Que, ante una nueva queja presentada por la mis- ma causa, el Tribunal Fiscal a través del Proveído Nº 616-1-2003 de fecha de agosto de 2003, solicitó a laAdministración informara el motivo por el cual hasta la fecha no había emitido el nuevo pronunciamiento que debía hacerse en cumplimiento de la Resolución delTribunal Fiscal Nº 9553-4-2001, lo que fuera reiterado mediante Proveído Nº 980-1-2003 del 25 de noviem- bre de 2003, otorgándose para tal efecto un plazo deveinte (20) días hábiles, sin embargo, pese al tiempo transcurrido la Administración no cumplió con infor- mar lo solicitado, dictándose la Resolución del Tribu-nal Fiscal Nº 00693-1-2004 de fecha 6 de febrero de 2004, disponiéndose que la Administración Tributaria proceda de acuerdo a lo señalado en dicha resolu-ción, bajo apercibimiento de formular la denuncia pe- nal correspondiente; Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal de- ben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcio- narios de la Administración; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad Provincial de Talara a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razo-nables de la comisión de los delitos contra la Admi- nistración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de ActosFuncionales, previstos y penados en los artículos 368º y 377º del Código Penal aprobado por Decreto Legislati- vo Nº 635 y normas modificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constitu- ye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuestoque si bien carece de competencia para aplicar sancio- nes a los funcionarios de la Administración Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en res-ponsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el Po- der Judicial a través del proceso penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procu-rador Público del Sector, sin perjuicio de la responsabili- dad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re- presentación y defensa de los intereses del Estado, in-terponga las acciones judiciales pertinentes contra quie- nes resulten responsables de la comisión de estos deli- tos;De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo- mía y Finanzas para que, en nombre y representacióndel Estado, interponga las acciones judiciales correspon- dientes contra los presuntos responsables de la Munici- palidad Provincial de Talara de la comisión de los delitoscontra la Administración Pública - Desobediencia y Re- sistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o De- mora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto enla parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para sucumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 22388 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 583-2004-EF/10 Lima, 9 de diciembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1256-2004-PP-EF/16 del Procura- dor Adjunto encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la empresa PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. in- terpuso recurso de apelación contra la Orden de Pago Nº 003-CF-12-97-MPT de fecha 1 de diciembre de 1997emitida por la Municipalidad Provincial de Talara, que declaró improcedente su reclamación formulada contra la Orden de Pago Nº 003-CF-96-MPT, por concepto delImpuesto Predial de los ejercicios de 1992 a 1995, res- pecto del predio denominado Periféricos II, siendo este recurso resuelto mediante Resolución del Tribunal Fis-cal Nº 581-4-2002 de fecha 31 de enero de 2002, decla- rándose NULA E INSUBSISTENTE la Orden de pago Nº 003-CF-12-97-MPT, a fin que la Administración emitanuevo pronunciamiento sobre todos los extremos de la reclamación formulada; Que, dicha empresa presentó una queja contra la Municipalidad de Provincial de Talara por incumplimiento de la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 581-4-2002 de fecha 31 de enero de 2002; Que, mediante Proveídos Nºs. 1762-4-2002 y 00170- 4-2003 de fechas 27 de diciembre de 2002 y 21 de fe- brero de 2003 respectivamente, el Tribunal Fiscal solici-tó a la Administración remita un Informe sobre los he- chos que motivaron la queja, precisando de manera es- pecial las razones por las cuales hasta la fecha no sehabía dado cumplimiento a la Resolución citada; Que, ante el incumplimiento de la Administración, di- cho Tribunal reiteró lo solicitado mediante Resolución delTribunal Fiscal Nº 02041-4-2003 de fecha 16 de abril de 2003; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 02702- 4-2003 de fecha 21 de mayo de 2003 se resolvió la queja interpuesta por la empresa PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. declarándose fundada, debiendo la Administracióncumplir con lo dispuesto en la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 581-4-2002, es decir, emitir la resolución co- rrespondiente, bajo responsabilidad; Que, ante una nueva queja presentada por la misma causa, el Tribunal Fiscal a través del Proveído Nº 611-1- 2003 de fecha 8 de agosto de 2003, solicitó a la Admi-nistración informara el motivo por el cual hasta la fecha no había emitido el nuevo pronunciamiento que debía hacerse en cumplimiento de la Resolución del TribunalFiscal Nº 581-4-2002, lo que fuera reiterado mediante Proveído Nº 976-1-2003 del 25 de noviembre de 2003, otorgándose para tal efecto un plazo de veinte (20) días