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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 Supremo Nº 028-1960 se dispuso que en cada departa- mento de la República donde ejerzan actividades profe- sionales 10 o más Contadores Públicos, se organizará un Colegio de Contadores cuyos Estatutos deberán seraprobados por el Ministerio de Hacienda y Comercio; Que, al amparo de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes el Decano del Colegiode Contadores Públicos de Piura mediante la solicitud del visto solicita la aprobación de sus Estatutos, remi- tiendo para el efecto Testimonios de Escritura de Ins-cripción de Estatuto en SUNARP, Ficha Registral expe- dida por la SUNARP, un ejemplar del Estatuto y una De- claración Jurada; Que, al Ministerio de Economía y Finanzas de acuer- do a lo dispuesto por el artículo 25º del Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, le corresponde,entre otros, planear, dirigir y controlar los asuntos relati- vos a la política de contabilidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 13253 y el Reglamento de la Ley de Profesionalización, apro- bado por Decreto Supremo Nº 028-1960; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Estatutos del Cole- gio de Contadores Públicos de Piura, el mismo que cuenta con 6 Títulos, 112 artículos, Disposiciones Generales, Complementarias, Transitorias y Finales,que forman parte integrante de la presente Resolu- ción Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 22395 EDUCACIÓN /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G69/G6D/G70/G72/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G69/G6D/G70/G72/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G62/G72/G6F/G73/G20/G79/G63/G75/G61/G64/G65/G72/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0635-2004-ED Lima, 9 de diciembre de 2004 VISTO: El Oficio Nº A 1932-2004(GTN/MON), emitido por la Subgerencia de Monitoreo del Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 055-2004-ED de fecha 27 de enero de 2004 se aprobó elPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Minis- terio de Educación para el Ejercicio Presupuestal 2004 correspondiente a las Unidades Ejecutoras 024: SedeCentral, 026: Programa de Educación Básica para To- dos, 027: Mejoramiento de la Calidad Educación Prima- ria y 029: Proyecto Huascarán; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 1032-2004-ED de fecha 7 de octubre de 2004, se apro- bó el expediente y se designó el Comité Especial encar-gado de conducir el Concurso Público Nº 0017-2004- ED, referido a la “Contratación del Servicio de Impresión y Reimpresión de Libros y Cuadernos Telesaber delCuarto y Quinto Grado”; Que, de acuerdo a lo previsto por el penúltimo párra- fo del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el tercer y el último párrafo del numeral 3), el primer párrafo del numeral 6) y elcuarto párrafo del numeral 7) de las Disposiciones Es- pecíficas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE aprobada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCO-DE/PRE y modificada mediante Resolución Nº 019-2004-CONSUCODE/PRE publicada 21 de enero de 2004 en el Diario Oficial El Peruano, las Entidades sólo pueden con- vocar y efectuar las licitaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas públicas y selectivasque se encuentran programados e incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, y que a su vez hayan sido remitidos a CONSUCODE en formaelectrónica a través del Sistema de Información sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SIACE. Que, comparando el objeto del Concurso Público Nº 0017-2004-ED: “Contratación del Servicio de Impre- sión y Reimpresión de Libros y Cuadernos Telesaber del Cuarto y Quinto Grado”, con el objeto del procesoNº 25 del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes de la Unidad Ejecutora Nº 029: Proyecto Huasca- rán nombrado en el primer considerando, se advierteque existe diferencias con respecto al monto y detalle de los mismos toda vez que en el aviso de convocato- ria se aprecia que se pretende contratar además delservicio de impresión de Libros y Cuadernos Telesaber para el cuarto y quinto grado, los correspondientes al segundo y tercer grado produciéndose una discrepan-cia absoluta entre el Plan Anual y el Aviso de Convoca- toria; Que, la convocatoria y/o realización de cualquier lici- tación pública, concurso público y/o adjudicación directa que haya sido efectuada sin la previa aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones corres-pondiente al ejercicio presupuestal en curso o que no haya sido programado e incluido en el referido Plan Anual carece de validez legal alguna, conforme lo expresado através del Comunicado del Consejo Superior de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado Nº 03-2002(PRE) publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de marzode 2002; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, corresponde al Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, se-gún corresponda, declarar de oficio la nulidad del proce- so de selección por alguna de las causales establecidas en el Artículo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, sólo hasta antes de la celebración del contrato; Que, de la situación descrita en los considerandos precedentes, se advierte que al haber convocado un concurso público cuyo objeto no se ciñe al Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones se ha contravenido el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado con lo que se haincurrido en causal de nulidad prevista en el artículo 57º del citado cuerpo legal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001- PCM y Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la nulidad de oficio del Con- curso Público Nº 0017-2004-ED “Contratación del Ser- vicio de Impresión y Reimpresión de Libros y cuadernosTelesaber del Cuarto y Quinto Grado”, con un valor refe- rencial de S/.1,187,960.00 (Un Millón Ciento Ochenta y Siete Mil Novecientos Sesenta con 00/100 Nuevos So-les) debiendo retrotraerse el proceso de selección has- ta la etapa anterior a la convocatoria la misma que debe- rá producirse nuevamente siguiendo lo dispuesto en lanormativa vigente sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Comité Especial encargado de conducir el referido proceso de selección. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 22429