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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 gan los procedimientos necesarios para contar con la presencia de los señores: Ricardo Martner, Director de Gestión Pública del Instituto Latinoamericano y del Cari- be de Planificación Económica y Social (ILPES) de laRepública de Chile, Felipe Ureta, Consultor en Adminis- tración Pública en Proyectos de Cooperación de la Co- misión Europea de Bulgaria, César Chanamé, Consultoren Asuntos de Seguimiento y Evaluación del Gasto Pú- blico y Francisco Longo, Director del Instituto de Ges- tión Pública de la Escuela Superior de Administración yDirección de Empresas - ESADE, del Reino de España, Marcela Guzmán, Jefa de la División de Control de Ges- tión de la Dirección de Presupuestos del Ministerio deHacienda de la República de Chile y Eduardo Delleville, Secretario Ejecutivo de la Asociación Internacional de Presupuesto Público de la República de Argentina; Que, siendo importante la realización del Primer Con- greso Nacional de Presupuesto Público y en el mismo, contar con la presencia de los señores mencionados enel considerando precedente, expertos profesionales in- ternacionales de alto nivel, en calidad de expositores, los que desarrollarán los temas propuestos en base alas experiencias en sus respectivos países donde se han implementado con anterioridad, procesos de refor- ma y modernización en la gestión del Estado y en espe-cial de las administraciones públicas; es conveniente que el Ministerio de Economía y Finanzas oficialice el Primer Congreso Nacional de Presupuesto Público, or-ganizado por la Dirección Nacional del Presupuesto Pú- blico; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 183, modificado por el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 325; SE RESUELVE: Artículo Único.- Oficializar el Primer Congreso Na- cional de Presupuesto Público, organizado por la Direc- ción Nacional del Presupuesto Público del Ministerio deEconomía y Finanzas, que se llevará a cargo en la ciu- dad de Lima, el día 13 de diciembre de 2004, en el Audi- torio del Instituto Nacional de Investigación y Capacita-ción de Telecomunicaciones - INICTEL, donde se desa- rrollarán temas de especial interés para los profesiona- les y técnicos del campo presupuestario referidos alServicio Civil, el Seguimiento y Evaluación de la Calidad del Gasto Público y la Participación Ciudadana y el Pre- supuesto Participativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 22378 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G2D /G6C/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 577-2004-EF/10 Lima, 9 de diciembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1185-2004-PP-EF/16 del Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la empresa PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. in- terpuso recurso de apelación contra la Orden de Pago Nº 001-CF-12-97-MPT de fecha 1 de diciembre de 1997emitida por la Municipalidad Provincial de Talara, que declaró fundada en parte la reclamación formulada con- tra la Orden de Pago Nº 001-CF-96-MPT, por conceptodel Impuesto Predial de los ejercicios 1992, 1993, 1994 y 1995 correspondiente al predio denominado Planta Fer-tilizantes, siendo este recurso resuelto mediante Reso- lución del Tribunal Fiscal Nº 9555-4-2001 de fecha 30 de noviembre de 2001, declarándose NULO el Oficio Nº 0021-98-CF del 19 de enero de 1998, la Resolución deAlcaldía Nº 425-05-98-MPT, así como todos los actos posteriores a los mismos, y declaró NULA E INSUBSIS- TENTE la Orden de pago Nº 001-CF-12-97-MPT orde-nándose a la Municipalidad emitir nuevo pronunciamien- to; Que, dicha empresa presentó una queja contra la Municipalidad Provincial de Talara por incumplimiento de la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 9555-4-2001 de fe- cha 30 de noviembre de 2001; Que, mediante Proveídos Nºs. 01664-4-2002 y 0063- 4-2003 de fechas 29 de noviembre de 2002 y 21 de enero de 2003 respectivamente, el Tribunal Fiscal solici-tó a la Administración remita un Informe sobre los he- chos que motivaron la queja, precisando de manera es- pecial las razones por las cuales hasta la fecha no sehabría dado cumplimiento a la Resolución citada; Que, ante el incumplimiento de la Administración, di- cho Tribunal reiteró lo solicitado mediante Resolución delTribunal Fiscal Nº 0938-4-2003 de fecha 21 de febrero de 2003; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 02210- 4-2003 de fecha 25 de abril de 2003 se resolvió la queja interpuesta por la empresa PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. declarándose fundada, ordenándose a la Adminis-tración cumplir con lo dispuesto en la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 9555-4-2001, debiéndose emitir la re- solución correspondiente, bajo responsabilidad; Que, ante una nueva queja presentada por la misma causa, el Tribunal Fiscal a través del Proveído Nº 612-1- 2003 de fecha 8 de agosto de 2003, solicitó a la Admi-nistración informara el motivo por el cual hasta la fecha no había emitido el nuevo pronunciamiento que debía hacerse en cumplimiento de la Resolución del TribunalFiscal Nº 9555-4-2001, lo que fuera reiterado mediante Proveído Nº 999-1-2003 de fecha 28 de noviembre de 2003, otorgándose para tal efecto un plazo de veinte(20) días hábiles, sin embargo, pese al tiempo transcu- rrido la Administración no cumplió con informar lo solici- tado, dictándose la Resolución del Tribunal Fiscal Nº00711-1-2004 de fecha 10 de febrero de 2004, dispo- niéndose que la Administración Tributaria proceda de acuerdo a lo señalado en dicha resolución, bajo aperci-bimiento de formular la denuncia penal correspondiente; Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal de-ben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcio- narios de la Administración; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad Provincial de Talara a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razo- nables de la comisión de los delitos contra la Admi-nistración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los artículos 368ºy 377º del Código Penal aprobado por Decreto Legislati- vo Nº 635 y normas modificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constitu- ye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispues- to que si bien carece de competencia para aplicar sancio-nes a los funcionarios de la Administración Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en res- ponsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el PoderJudicial a través del proceso penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Público del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re-presentación y defensa de los intereses del Estado, inter- ponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comisión de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa delEstado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo-