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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 mía y Finanzas para que, en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales correspon- dientes contra los presuntos responsables de la Munici- palidad Provincial de Talara de la comisión de los delitoscontra la Administración Pública - Desobediencia y Re- sistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o De- mora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto enla parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para sucumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 22383 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 578-2004-EF/10 Lima, 9 de diciembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1186-2004-PP-EF/16 del Procura- dor Adjunto encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la empresa PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. in- terpuso recurso de apelación contra la Orden de Pago Nº 008-CF-12-97-MPT de fecha 1 de diciembre de 1997emitida por la Municipalidad Provincial de Talara, que declaró fundada en parte la reclamación formulada con- tra la Orden de Pago Nº 008-CF-96-MPT, por conceptodel Impuesto Predial de los ejercicios 1992, 1993, 1994 y 1995, correspondiente al predio denominado Playa Tor- tuga, siendo este recurso resuelto mediante Resolucióndel Tribunal Fiscal Nº 01116-4-2002 de fecha 28 de fe- brero de 2002, declarándose NULO el Oficio Nº 9-98- CF, el Oficio Nº 028-98-CF de fecha 19 de enero de1998, la Resolución de Alcaldía Nº 425-05-98-MPT, así como todos los actos posteriores a los mismos, y decla- ró NULA E INSUBSISTENTE la Orden de Pago Nº 008-CF-12-97-MPT, ordenándose a la Municipalidad emitir nuevo pronunciamiento; Que, dicha empresa presentó una queja contra la Municipalidad Provincial de Talara por incumplimiento de la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 01116-4-2002 de fecha 28 de febrero de 2002; Que, mediante Proveídos Nºs. 01667-4-2002 y 00066-4-2003 de fechas 29 de noviembre de 2002 y 21 de enero de 2003 respectivamente, el Tribunal Fiscalsolicitó a la Administración remita un Informe sobre los hechos que motivaron la queja, precisando de manera especial las razones por las cuales hasta la fecha no sehabría dado cumplimiento a la Resolución citada; Que, ante el incumplimiento de la Administración, di- cho Tribunal reiteró lo solicitado mediante Resolución delTribunal Fiscal Nº 0941-4-2003 de fecha 21 de febrero de 2003; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 02211- 4-2003 de fecha 25 de abril de 2003 se resolvió la queja interpuesta por la empresa PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. declarándose fundada, ordenándose a la Adminis-tración cumplir con lo dispuesto en la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 01116-4-2002, debiéndose emitir la resolución correspondiente, bajo responsabilidad; Que, ante una nueva queja presentada por la misma causa, el Tribunal Fiscal a través del Proveído Nº 618-1- 2003 de fecha 8 de agosto de 2003, solicitó a la Admi-nistración informara el motivo por el cual hasta la fecha no había emitido el nuevo pronunciamiento que debía hacerse en cumplimiento de la Resolución del TribunalFiscal Nº 01116-4-2002, lo que fuera reiterado mediante Proveído Nº 982-1-2003 de fecha 25 de noviembre de 2003, otorgándose para tal efecto un plazo de veinte(20) días hábiles, sin embargo, pese al tiempo transcu- rrido la Administración no cumplió con informar lo solici- tado, dictándose la Resolución del Tribunal Fiscal Nº00691-1-2004 de fecha 6 de febrero de 2004, disponién- dose que la Administración Tributaria proceda de acuer- do a lo señalado en dicha resolución, bajo apercibimien-to de formular la denuncia penal correspondiente;Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal de- ben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcio- narios de la Administración; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad Provincial de Talara a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razo-nables de la comisión de los delitos contra la Admi- nistración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de ActosFuncionales, previstos y penados en los artículos 368º y 377º del Código Penal aprobado por Decreto Legislati- vo Nº 635 y normas modificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constitu- ye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuestoque si bien carece de competencia para aplicar sancio- nes a los funcionarios de la Administración Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en res-ponsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el Po- der Judicial a través del proceso penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procu-rador Público del Sector, sin perjuicio de la responsabili- dad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re- presentación y defensa de los intereses del Estado, in-terponga las acciones judiciales pertinentes contra quie- nes resulten responsables de la comisión de estos deli- tos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa delEstado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo-mía y Finanzas para que, en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales correspon- dientes contra los presuntos responsables de la Munici-palidad Provincial de Talara de la comisión de los delitos contra la Administración Pública - Desobediencia y Re- sistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o De-mora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 22384 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 579-2004-EF/10 Lima, 9 de diciembre de 2004Visto el Oficio Nº 1187-2004-PP-EF/16 del Procura- dor Adjunto encargado de los asuntos judiciales delMinisterio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la empresa PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. in- terpuso recurso de apelación contra la Resolución de Alcaldía Nº 486-05-2003 de fecha 29 de mayo de 2003 emitida por la Municipalidad Provincial de Talara, no ha-biéndose cumplido con elevar dicho recurso al Tribunal Fiscal; Que, dicha empresa presentó una queja contra la Municipalidad Provincial de Talara por no haber elevado su recurso de apelación, habiéndose emitido la Resolu- ción del Tribunal Fiscal Nº 05517-1-2003 de fecha 25 desetiembre de 2003, por la que se declaró fundada la queja, disponiéndose que la Municipalidad cumpla con elevar el recurso de apelación mencionado, lo cual seencuentra pendiente de cumplimiento hasta la fecha, por