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PÆg. 282442 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 010-2004-JUS se constituyó la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia porrazones humanitarias, encargada de evaluar, calificar yproponer al Presidente de la República la concesión dedichas gracias; Que de acuerdo al Artículo 4º del citado Decreto Supre- mo se establece que la Comisión de Indulto y Derecho deGracia por razones humanitarias, debe elaborar en un pla-zo de veinte días su reglamento interno, el mismo que seráaprobado por Resolución Ministerial; Que la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias, ha cumplido con presentar su pro-puesta de Reglamento Interno; De conformidad con lo establecido en el Artículo 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia yen el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley Orgá-nica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razones hu-manitarias que consta de cuatro (4) Títulos; cinco (5) Capí-tulos, veinte (20) Artículos, dos (2) Disposiciones Finales yun (1) Anexo, que forman parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE INDULTO Y DERECHO DE GRACIA POR RAZONES HUMANITARIAS CREADA MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nº 010-2004-JUS DE FECHA 6 DE SETIEMBRE DEL 2004 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto del Reglamento El presente Reglamento tiene por objeto establecer la competencia, organización y funciones de la Comisión deIndulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias;regula la presentación, tramitación, evaluación, calificaciónde solicitudes, peticiones y establece las condiciones ypautas necesarias para la formulación de las propuestasde concesión del Indulto y del Derecho de Gracia humani-tarios al Presidente de la República. Las propuestas deconcesión de Indultos y Derechos de Gracia no obligan alPresidente de la República. La ausencia de éstas no impi-de su concesión. Artículo 2º.- Competencia La Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razo- nes humanitarias es un órgano colegiado de carácter mul-tisectorial, con sede en la capital de la República. Tienepor función recibir, calificar y proponer al Presidente de laRepública las solicitudes de Indultos y Derechos de Graciapor razones humanitarias; dada la naturaleza de su come-tido la referida Comisión adecuará los aspectos formales allogro de los fines perseguidos por el principio de humani-dad. Artículo 3º.- Carácter excepcional El Indulto y el Derecho de Gracia por razones humani- tarias constituyen una atribución constitucional exclusivadel Presidente de la República, cuya concesión es de ca-rácter excepcional. Artículo 4º.- Denominación La Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias, creada mediante el Decreto Supremo Nº 010-2004-JUS de fecha 6 de setiembre del 2004, será denomi-nada, en el presente Reglamento, como la Comisión. TÍTULO II FUNCIONES CAPÍTULO I DE LA COMISIÓN Artículo 5º.- Funciones Son funciones de la Comisión:1. Recibir, evaluar las solicitudes y proponer la conce- sión de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanita-rias. 2. Solicitar la actualización de los documentos presen- tados, relativos a la situación jurídica o médica de los soli-citantes. 3. Realizar visitas a los establecimientos penitenciarios y entrevistarse con los solicitantes cuando la Comisión loestime pertinente. 4. Convocar a instituciones públicas o privadas de reco- nocido prestigio en la protección de derechos humanospara conocer sus opiniones sobre temas relacionados conla competencia de la Comisión. 5. Elaboración de informes periódicos.6. Las demás que correspondan al cumplimiento de su función. CAPÍTULO II DE LA PRESIDENCIA Artículo 6º.- Funciones Son funciones del Presidente de la Comisión : a) Convocar y presidir las sesiones. b) Visar el proyecto de Resolución Suprema respectivo.c) Revisar y firmar las actas de las sesiones conjunta- mente con los miembros de la Comisión. d) Ejercer voto dirimente en las sesiones de la Comisión en los casos que corresponda. e) Suscribir las comunicaciones de la Comisión.f) Las demás que correspondan al cumplimiento de su función. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN Artículo 7º.- Funciones Son funciones de los Miembros de la Comisión : a) Participar con voz y voto en las sesiones y acuerdos de la Comisión. b) Revisar y firmar las actas de las sesiones de la Comi- sión. c) Estudiar los expedientes de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias emitiendo opinión y voto. d) Solicitar a través de la Presidencia, a los organismos correspondientes, los datos o información que considerennecesarios para la mejor evaluación de los expedientes. e) Las demás que correspondan al cumplimiento de sus funciones. CAPÍTULO IV DE LA SECRETARÍA TÉCNICA Artículo 8º.- Apoyo La Comisión cuenta con una Secretaría Técnica que le brinda apoyo técnico y administrativo necesario para elmejor cumplimiento de sus funciones. El titular será desig-nado por el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional deDerechos Humanos a propuesta del Secretario Especiali-zado de Gracias Presidenciales. Artículo 9º.- Funciones Son funciones de la Secretaría Técnica: a) Recibir y tramitar los documentos que remita o reciba la Comisión. b) Centralizar, coordinar y procesar los expedientes de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias. c) Presentar a la Comisión los expedientes recibidos.d) Elaborar y suscribir las actas de sesiones de la Comi- sión. e) Elaborar el registro de los expedientes de gracia e indulto. f) Preparar el proyecto de agenda de las sesiones de la Comisión. g) Dar cuenta al Presidente de la Comisión del despa- cho recibido. h) Organizar el archivo y la base de datos de las solici- tudes de Indulto y Derecho de Gracia por razones humani-tarias. i) Hacer el seguimiento de las comunicaciones cursa- das por la Comisión y de la documentación solicitada aotras entidades. j) Autenticar las copias de los documentos relacionados con el trabajo de la Comisión. k) Centralizar, legajar y conservar el archivo de la Comi- sión.