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PÆg. 282454 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de diciembre de 2004 Vistos; el Oficio Nº 120-2004-A-MDC de la Municipali- dad Distrital de Capachica, provincia y departamento dePuno; el Informe Técnico Nº 045-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR y el Memorándum Nº 124-2004-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se ad- quirió maquinaria para la industria del calzado, confeccióny tejido, procedentes de la República Popular China con lafinalidad de equipar a pequeños y microempresarios; sien-do dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferirhasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capi-tal adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a enti-dades educativas del país, así mismo mediante Decreto deUrgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto deUrgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que delsaldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes decapital, se podrían transferir en calidad de donación a loscentros educativos estatales y a organizaciones socialescon fines educativos, de capacitación o de promoción so-cial sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regula-dos por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu-tivo, determinándose el número de Ministerios, entre loscuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, según corresponda, asumía las competencias,funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones delViceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipa-miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control,defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidenciaque se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones- Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio-nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones devida de la población facilitando su acceso a una viviendaadecuada y a los servicios básicos, proporcionando el or-denamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento yprotección de los centros de población y sus áreas deinfluencia, fomentando la participación de las organizacio-nes de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el señor Juan Apaza Coila, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Capachica,solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-miento la donación de maquinaria para la industria delcuero; Que, mediante Memorándum Nº 322-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de EquipamientoBásico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº045-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, en el cual seprecisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructuraadecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitadacomo donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipa-miento Básico Municipal - PREBAM y actuando de con-formidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedi-miento Administrativo respecto de los actos de disposi-ción de bienes muebles no patrimoniales asumidos porel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamientopara ser transferidos, aprobada vía la Resolución deSecretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opinapor la procedencia de la donación de las máquinas deta-lladas en el Anexo que forma parte integrante de lapresente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de las máquinas que se detallan en el Anexo 1que forman parte integrante de la presente Resolución afavor de la Municipalidad Distrital de Capachica, provin-cia y departamento de Puno, con la finalidad de imple-mentar el Centro Educativo Secundario “José CarlosMariátegui”; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas des- critas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la pre-sente Resolución, valorizadas en S/. 40 063.50 (Cuarentamil sesenta y tres con 50/100 Nuevos Soles), a favor de laMunicipalidad Distrital de Capachica, provincia y departa-mento de Puno, con la finalidad de implementar el CentroEducativo Secundario “José Carlos Mariátegui”. Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con lafinalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 22715 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 317-2004-VIVIENDA Lima, 14 de diciembre de 2004 Vistos; los Oficios Nºs. 007-2004-MDCH/A y 341-2003- MDCH/A, de la Municipalidad Distrital de Chancay, provin-cia de Huaral, Lima; el Informe Técnico Nº 028-2004/VI-VIENDA-VMCS-PREBAM y el Memorándum Nº 090-2004-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 41-94 se otorga al Ministerio de la Presidencia una partida económica parala adquisición de maquinaria de mecánica de producción,con la finalidad de transferir tecnología apropiada paralograr mayores niveles de ingreso; asi mismo vía Decretode Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la in-dustria del calzado, confección y tejido, procedentes de laRepública Popular China con la finalidad de equipar a pe-queños y microempresarios; siendo dicha norma modifica-da por el Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio delcual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta porciento (50%) de los bienes de capital adquiridos vía elDecreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas delpaís, así mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97se agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97una disposición que señaló que del saldo del cincuentapor ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transfe-rir en calidad de donación a los centros educativos estata-les y a organizaciones sociales con fines educativos, decapacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regula-dos por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu-tivo, determinándose el número de Ministerios, entre loscuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, según corresponda, asumía las competencias,funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones delViceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipa-miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control,defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidenciaque se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones- Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio-nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones devida de la población facilitando su acceso a una viviendaadecuada y a los servicios básicos, proporcionando el or-denamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento yprotección de los centros de población y sus áreas de