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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 282455 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de diciembre de 2004 influencia, fomentando la participación de las organizacio- nes de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través de los oficios de Vistos, el Sr. Luis Casas Sebastián, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chan-cay, provincia de Huaral, Lima, solicitó al Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento la donación de ma-quicentros; adecuándose dicho pedido en coordinacionesconjuntas con el citado gobierno local y los funcionariosdel Ministerio a módulos de mecánica de producción, parala industria del cuero y confecciones;. Que, mediante Memorándum Nº 246-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de EquipamientoBásico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº028-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM, en el cual se preci-só que la entidad solicitante, cuenta con infraestructuraadecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitadacomo donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidadcon lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad-ministrativo respecto de los actos de disposición de bienesmuebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi-dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de ladonación de las máquinas detalladas en el Anexo queforma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la do- nación de las máquinas que se detallan en el Anexo 1 queforman parte integrante de la presente Resolución a favorde la Municipalidad Distrital de Chancay, provincia de Hua-ral, Lima, con la finalidad de implementar el Centro Educa-tivo Ocupacional Municipal “San Bartolomé”; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas des- critas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la pre-sente Resolución, valorizadas en S/. 20 263.24 (Veinte MilDoscientos Sesenta y Tres con 24/100 Nuevos Soles), afavor de la Municipalidad Distrital de Chancay, provincia deHuaral, Lima, con la finalidad de implementar el CentroEducativo Ocupacional Municipal San Bartolomé. Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con lafinalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 22716 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 318-2004-VIVIENDA Lima, 14 de diciembre de 2004 Vistos; el Oficio Nº 310/2003/MPY/A, de la Municipalidad Provincial de Yunguyo del Departamento de Puno; el Infor-me Técnico Nº 019-2004-VIVIENDA/VMCS/PREBAM delPrograma de Equipamiento Básico Municipal y el Memo-rándum Nº 099-2004/VIVIENDA/CGP del Comité de Ges-tión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adqui- rió maquinaria para la industria del calzado, confección ytejido, procedentes de la República Popular China con lafinalidad de equipar a pequeños y microempresarios; sien-do dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hastael cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adqui-ridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidadeseducativas del país, así mismo mediante Decreto de Urgen-cia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto de Urgen-cia Nº 023-97 una disposición que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, sepodrían transferir en calidad de donación a los centroseducativos estatales y a organizaciones sociales con fineseducativos, de capacitación o de promoción social sin finesde lucro; por Decreto de Urgencia Nº 009-97 se adquieremaquinaria de mecánica automotriz con la finalidad de creary transferir tecnología apropiada para contribuir al mejora-miento de los niveles de ingreso, con el objeto de erradicarla pobreza y la situación de marginación; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regula-dos por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu-tivo, determinándose el número de Ministerios, entre loscuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, según corresponda, asumía las competencias,funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones delViceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipa-miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control,defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidenciaque se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones- Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio-nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones devida de la población facilitando su acceso a una viviendaadecuada y a los servicios básicos, proporcionando el or-denamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento yprotección de los centros de población y sus áreas deinfluencia, fomentando la participación de las organizacio-nes de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el Sr. Ernesto Rufo Gauna Mamani, Alcalde de la Municipalidad Provincial deYunguyo del Departamento de Puno, solicitó al Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento la donación demaquinaria para mecánica automotriz; adecuándose dichopedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobier-no local y los funcionarios del Ministerio a maquinaria paramecánica automotriz e industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 217-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Bási-co Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 019-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se precisó que la enti-dad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada pararecibir e instalar la maquinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidadcon lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad-ministrativo respecto de los actos de disposición de bienesmuebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi-dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de ladonación de las máquinas detalladas en el Anexo queforma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la do- nación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1 queforman parte integrante de la presente Resolución a favorde la Municipalidad Provincial de Yunguyo, Departamentode Puno, con la finalidad de implementar el Instituto Supe-rior Tecnológico Estatal de Yunguyo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de maquinaria para mecánica automotriz e industria del cuero descrita en elAnexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolu-ción, valorizada en S/. 159 064.20 (Ciento Cincuenta yNueve Mil Sesenta y Cuatro con 20/100 Nuevos Soles), afavor de la Municipalidad Provincial de Yunguyo del Depar-tamento de Puno, con la finalidad de implementar el Insti-tuto Superior Tecnológico Estatal de Yunguyo. Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con lafinalidad de la donación.