Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2004 (27/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, lunes 27 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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requiere obligatoriamente un informe tecnico - legal emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad, y que dicho informe debe contener la justificacion tecnica y legal de la adquisicion y de la necesidad de la exoneracion, contemplando criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, asimismo, la disposicion citada en el parrafo precedente senala que la Resolucion que aprueba la exoneracion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose una MORDAZA de la misma y del informe que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, de acuerdo a lo indicado en el literal g) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad se encuentran exoneradas del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, o Adjudicacion Directa; siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, en el Memorandum Nº 03-92-00001091 e Informe Nº 003-2004/CA emitidos por la Gerencia de Administracion y el Departamento de Adquisiciones y Contrataciones, respectivamente, se indica que se hace necesario prorrogar el contrato de arrendamiento de las oficinas ubicadas en el Centro Civico y Comercial de MORDAZA, que actualmente ocupa el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, desde el 1 de enero al 30 de junio del 2005, toda vez que de acuerdo al cronograma de mudanza a la nueva Sede Institucional, sita en Camana Nº 364 - 370, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, recien en esa fecha se podrian desocupar los ambientes del Centro Civico y Comercial de MORDAZA en los que en la actualidad funcionan las oficinas de la Entidad; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del articulo 119º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la precitada prorroga de arrendamiento se efectua observando las condiciones previstas en los contratos respectivos, conteniendo necesariamente una clausula de resolucion unilateral a favor del SAT; Que, se informa ademas que el valor referencial total de la contratacion, fijado en US$ 201,642.96 (Doscientos Un Mil Seiscientos Cuarentidos y 96/100 Dolares Americanos), cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal cuya fuente de financiamiento es la de recursos directamente recaudados, precisandose que se ha cumplido con incluir el MORDAZA de seleccion correspondiente, Concurso Publico, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT; Que, en tal sentido, el informe tecnico justifica la causal prevista en el articulo 19º, literal g), del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por la causal de prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble ocupado por la Entidad, a fin de exonerar dicha contratacion del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico; Que, de otro lado, mediante Informe Nº 004-08200000197, la Gerencia de Asuntos Legales opina que procede la mencionada exoneracion por la causal prevista en el articulo 19º, literal c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisando que dicha prorroga se debe efectuar observando lo dispuesto en numeral 3 del Articulo 119º del Reglamento; Que, conforme a lo expuesto, procede la aprobacion de la exoneracion para celebrar la prorroga del contrato de arrendamiento suscrito el 30 de MORDAZA del 2003 con el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales, para lo cual se debera observar lo dispuesto en el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 0112001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6º del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT;

Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de Concurso Publico, por la causal prevista en el articulo 19º, literal g), del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, para la celebracion de la prorroga del contrato de arrendamiento suscrito el 30 de MORDAZA del 2003, con el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales, por el periodo comprendido del 1 de enero hasta el 30 de junio del 2005; estableciendose como valor referencial total la suma de US$ 201,642.96 (Doscientos Un Mil Seiscientos Cuarentidos y 96/100 Dolares Americanos), monto que incluye tributos y todo concepto. Articulo 2º.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con recursos directamente recaudados, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado; asimismo, el MORDAZA de seleccion exonerado se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT para el ano 2004. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que proceda a la contratacion indicada, previo cumplimiento de las normas aplicables, contenidas en el TUO de la Ley de las Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 4º.- Disponer que la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 115º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 23276

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Dan por cancelada licitacion publica para adquisicion de insumos del Programa Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 981-2004-MDI Independencia, 15 de diciembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA: Visto; el Informe Nº 004-2004-CE/MDI de fecha 1 de diciembre del 2004, expedido por el Comite Especial del Vaso del Programa del Vaso de Leche, por el que se opina por la procedencia de la declaracion de conclusion del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 003-2004-CE/MDI; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru, modificada en su Art.194º por la Ley Nª 27680 - "Ley de Reforma Constitucional", las Municipalidades son los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. IV de la Ley Nº 27972 - "Ley Organica de Municipalidades" establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion;

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