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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 065-2004-GEP de fecha 17-12-2004, la Gerencia de Estudios y Proyectos solici-ta la contratación de la empresa Carlos Talledo Aseso-res y Consultores S.A., para que brinde servicio de ase-soramiento en el desarrollo de modelos de negocios ymodelos económicos y financieros para el desarrollo deproyectos, corredores viales, así como de otros pro-yectos de inversión con financiamiento bajo la modali-dad de Asociación Pública Privada - APP, toda vez queno cuenta con el personal apropiado para desarrollardichos proyectos, precisando que de su evaluación téc-nica, dicha empresa, cuenta con el personal especiali-zado para brindar dicha asesoría especializada, esta-bleciéndose un valor referencial de S/. 10,000.00, por unperíodo de 12 meses, es decir una suma ascendente aS/. 120,000.00; Que, el Comité Directivo en su Sesión Nº 689 de fecha 20-12-2004, quien a través del Acuerdo de 689/3.3 mediante el cual se autorizó al Secretario GeneralPermanente para tramitar la exoneración del proceso deselección, para la contratación del asesor externo; Que, de acuerdo con lo expuesto en el Informe Nº 211-2004-APP de fecha 21.12.2004, del Área de Presu-puesto, ha comunicado que para la contratación de laasesoría referido en los párrafos precedentes, se cuen-ta con la previsión presupuestal en el Presupuesto Ins-titucional de Apertura del Año Fiscal 2005, el mismo queserá financiado con la Fuente 9, Recursos Directamen-te Recaudados; Que, el Inc. h) del artículo 19º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones, permite la exoneracióndel proceso de selección, para la contratación de loca-ción de servicios celebrados con personas naturales ojurídicas, cuando para dicha contratación se haya teni-do en cuenta y como requisito esencial a la persona dellocador, ya sea por sus características inherentes, par-ticulares o especiales, o por su determinada calidad,profesión, ciencia, arte u oficio; Que, de acuerdo a la evaluación técnica realizada por la Gerencia de Estudios y Proyectos, dicha empre-sas reúne las características técnicas especializadasrequeridas para la prestación del servicio requerido, porlo que su contratación se encuentra comprendida den-tro de la causa de prestación de un servicio personalísi-mo, cuya exoneración del proceso de selección, se en-cuentra previsto en el inciso h) del artículo 19º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, concordado con lo dispuesto en elartículo 111º de su Reglamento, por lo que esta Aseso-ría es de la opinión que corresponde exonerarse delproceso de selección el contrato de servicios a cele-brarse con dicha empresa, para cuyo efecto se requierela autorización del titular del Pliego, cuya contrataciónestará a cargo del Comité Especial que designe la Se-cretaría General Permanente para este fin; Estando a lo expuesto por la Gerencia Legal en su Informe Nº 163-OAJ-2004 de fecha 21-12-2002, de con-formidad con lo acordado por el Comité Directivo deINVERMET en su Sesión Nº 689/3.3 de fecha 20-12-2004 y a las facultades establecidas en el inciso a) delartículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE:1.- Exonerar del Proceso de Selección, la contrata- ción de los servicios de un asesor externo, para el desa-rrollo de modelos de negocios y modelos económicos yfinancieros para el desarrollo de proyectos, corredoresviales así como de otros proyectos de inversión confinanciamiento bajo la modalidad de Asociación PúblicaPrivada - APP, por la causa de servicios personalísimos,prevista en el inciso h) del artículo 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el artículo 111º de su Reglamento aproba-do por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. 2.- Autorizar la Contratación de los Servicios Perso- nalísimos de la firma Carlos Talledo Asesores y Consul-tores S.A., por un valor referencial de S/. 120,000.00, para que brinde servicios de asesoramiento en el desa-rrollo de modelos de negocios y modelos económicos yfinancieros para el desarrollo de proyectos, corredoresviales así como de otros proyectos de inversión confinanciamiento bajo la modalidad de Asociación PúblicaPrivada - APP, señalado en el punto precedente, me-diante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuan-tía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105ºdel Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, cuyo gastoafectará a la Fuente 9, Recursos Directamente Recau-dados, con duración de 12 meses, cuya contrataciónestará a cargo del Comité Especial que designe la Se-cretaría General Permanente. 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y su comunicación a laContraloría General de la República, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM y el artículo 115ºde su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ALFONSO CAMPOS ÁLVAREZ Secretario General Permanenter 23516 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G6F/G2D /G67/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G4E/G56/G45/G52/G4D/G45/G54/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G75/G64/G6F/G20/G61/G72/G62/G69/G2D/G74/G72/G61/G6C/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D /G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES - INVERMET RESOLUCIÓN Nº 967/2004-SGP Lima, 17 de diciembre de 2004 VISTO:El Acuerdo de Comité Directivo Nº 688, de fecha 13-12-2004, mediante el cual se autoriza, para queproceda al trámite de exoneración del proceso de se-lección para la contratación del Asesor Legal Externo,Dr. Juan Monroy Gálvez, para que se encargue de ladefensa integral del INVERMET en el proceso de eje-cución de laudo arbitral, que sigue el Dr. Luis Mene-ses Marroquín y Oscar Arturo Marroquín Espejo (abo-gados de Massa Contratistas Generales S.R.Ltda.),derivados de la liquidación final de la obra: "Rehabilita-ción y Remodelación de la Av. Tomás Marsano - I Eta-pa - Surco - Surquillo", mediante la exoneración delproceso de selección; CONSIDERANDO:Que, del currículum del Dr. Juan Monroy Gálvez, se aprecia que ha sido miembro integrante de la Comi-sión Revisora del Código Procesal Civil, tiene unreconocimiento personal, prestigio profesional gana-do en el ámbito judicial, así como en las instanciasjurisdiccionales, es un abogado litigante, especialistaen derecho procesal, en arbitraje y en controversiassurgidas en contratos derivados de la ejecución deobras públicas, tanto así que participó en la defensadel CONSUCODE en procesos judiciales derivadosde controversias surgidas en proceso de selecciónde obras públicas, por lo que su participación en esteproceso es importante en la defensa de los interesesdel INVERMET, que contribuiría al logro de los objeti-vos institucionales;