Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2004 (30/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2004
Noviembre Diciembre : 30 de noviembre : 30 de diciembre

NORMAS LEGALES

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POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23650

Establecen Beneficio Especial Tributario por pronto pago de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2005
ORDENANZA Nº 042-04/MDLV La MORDAZA, 22 de diciembre de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Orden del Dia de la Sesion Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 22 de diciembre del 2004, el Informe Nº 204-2004-DR/MDLV del 9 de diciembre del 2004 formulado por el Director de Rentas, proponiendo se conceda un Beneficio Especial Tributario por el Pronto Pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo regulados por la Ordenanza Nº 034-04-MDLV de fecha 26 de octubre del 2004; el Oficio Nº 875-04-DAJ/ MDLV de fecha 21 de diciembre del 2004 formulado por el Director de Asesoria Juridica y el Dictamen Conjunto Nº 009-04-CPPAL/CPR/MDLV de fecha 22 de diciembre del 2004 formulado por las Comisiones Permanentes de Rentas y de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales de esta Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion con los limites que senale la Ley; Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA, ejerce su funcion normativa, mediante sus Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el numeral 9) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal: crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, con la Ordenanza Nº 021-04/MDLV publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de MORDAZA del 2004, se establecio el MORDAZA legal del regimen tributario aplicable a los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2004, aprobandose los criterios de determinacion de las tasas y los importes de los arbitrios aplicables a dicho ejercicio; Que, con Ordenanza Nº 034-04/MDLV publicada el 1 de diciembre del 2004, se amplia la vigencia de la Ordenanza Nº 021-04/MDLV para establecer los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2005; Que, en el Diario Oficial El Peruano del dia 10 de diciembre del 2004, ha sido publicado el Acuerdo de Concejo Nº 372, por el cual el MORDAZA Organo de Gobierno Metropolitano ha ratificado la Ordenanza citada en el considerando que antecede constituyendose como la primera Or-

denanza Distrital que regula los arbitrios del 2005, que ha cumplido con esta formalidad; Que, con la Ordenanza Nº 041-04/MDLV, se han modificado los Articulos 8º,11º y 12º de la Ordenanza Nº 02104/MDLV, por consiguiente la recaudacion de los arbitrios para el ejercicio 2005 tendran una periodicidad mensual; Que, es politica de la Actual Gestion Municipal el incentivar a los contribuyentes del distrito a cumplir oportunamente con sus obligaciones tributarias toda vez que con estos recursos se financien la prestacion de los servicios publicos locales y en ese sentido resulta recomendable otorgar un Beneficio o Descuento para aquellos contribuyentes que cancelen anticipadamente sus Arbitrios del proximo ejercicio; Que, el Director de Rentas al sustentar el otorgamiento del descuento propuesto manifiesta que si bien ocasiona una disminucion del monto potencial a recaudar por concepto de Arbitrios, sin embargo se ve compensado por el costo de oportunidad que representa el contar con dichos recursos con inmediatez, lo que permitira la inversion en activos destinados a la prestacion de los servicios; Que, el Director de Asesoria Juridica con el informe de Vistos, senala que los argumentos esgrimidos por el Director de Rentas son validos y se encuentran enmarcados en la normatividad vigente, opinando por la procedencia del planteamiento propuesto; Que, estando a las consideraciones expuestas, de conformidad con lo establecido en el articulo 9º numeral 8) y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; el Concejo, en la forma reglamentaria, por Mayoria y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN BENEFICIO ESPECIAL TRIBUTARIO POR EL PRONTO PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2005 Articulo Primero.- Establezcase un Beneficio Especial Tributario por el pronto pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2005, consistente en una rebaja del monto insoluto acumulado de los meses por vencer, de manera regresiva, siempre y cuando se cancele la totalidad de los arbitrios. Los descuentos se otorgaran segun la fecha en que se efectue el pago, considerando si cancela la totalidad del Impuesto Predial y los Arbitrios o solamente los arbitrios; segun el siguiente cuadro:
% de Descuento MES ULTIMO DIA DE PAGO Cancelando Arbitrios y Predial 15.00% 13.75% 12.50% 11.25% 10.00% 8.75% 7.50% Cancelando solo Arbitrios 12.50% 11.25% 10.00% 8.75% 7.50% 6.25% 5.00%

ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO MORDAZA AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

15 de Febrero del 2005 28 de Febrero del 2005 31 de Marzo del 2005 30 de MORDAZA del 2005 31 de MORDAZA del 2005 30 de Junio del 2005 30 de MORDAZA del 2005 31 de Agosto del 2005 30 de Septiembre del 2005 31 de Octubre del 2005 30 de Noviembre del 2005 30 de diciembre del 2005

Para efectos didacticos se adjunta en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, unos ejemplos de determinacion de este descuento. Articulo Segundo.- Encarguese a la Direccion de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza; y, a las Direcciones de Imagen Institucional y Bienestar Social, su publicidad y difusion. Dejese establecido que el presente Beneficio debe figurar en las "Cuponeras" que emita la Municipalidad, para el periodo 2005. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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