Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2004 (30/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2004

tiva MORDAZA mencionada permita a una municipalidad emplear el regimen tributario establecido para el ejercicio anterior, reajustado con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor (IPC), sin que ello suponga la elaboracion de una nueva estructura de costos y estimacion de ingresos. Que, el articulo 1º de la Ordenanza Nº 071-MDA (ejercicio 2005) dispone la aplicacion de los montos de los arbitrios municipales establecidos en la Ordenanza Nº 049-MDA (ejercicio 2004) reajustados con la variacion del IPC registrado en MORDAZA Metropolitana ascendente a 3.22%. Que, en atencion a ello, corresponde afirmar que las disposiciones de la Municipalidad Distrital de Ate, establecidas en la Ordenanza Nº 071-MDA, a partir de las cuales se dispone la aplicacion de los montos de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2004 reajustados con la variacion del IPC, se ajustan a lo dispuesto en la normativa sobre la materia. Que, la Cuarta Disposicion final de la Ley de Tributacion Municipal establece que las municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, se encuentran facultada a cobrar por dichos conceptos un derecho cuyo monto MORDAZA no debe superar el 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ano. Que, en el presente caso, los Articulos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 069-MDA establecen en S/. 8.00 y S/. 4.00 los derechos de emision mecanizada anual de actualizacion de valores relacionadas con el impuesto predial y los arbitrios municipales, respectivamente, por concepto de los gastos administrativos incurridos en su emision y distribucion. Que, es preciso senalar que el monto proyectado por el concepto de emision mecanizada de impuesto predial y arbitrios municipales para el presente periodo no supera el limite legal establecido, por lo que corresponde afirmar que la Municipalidad Distrital de Ate ha establecido los mismos de conformidad con la normativa sobre la materia. Que, en lo que se refiere a la publicacion de las ordenanzas distritales que aprueben la tasa por arbitrios municipales, es preciso anotar que el articulo 69-A de la Ley de Tributacion Municipal, modificado por el Decreto Legislativo Nº 952, dispone la obligacion de las Municipalidades Distritales que conforman la provincia de MORDAZA de publicar en el Diario Oficial El Peruano sus ordenanzas hasta el 31 de diciembre del ejercicio anterior al de su aplicacion. Que, la Municipalidad Distrital de Ate ha publicado la Ordenanza Nº 069-MDA en el Diario Oficial El Peruano el dia 24 de noviembre de 2004. No obstante, en el caso de la Ordenanza Nº 071-MDA, dicha municipalidad no cumplio con publicar el texto integro de la MORDAZA, situacion que se mantiene pendiente a la fecha del presente informe. Que, la procedencia de la presente solicitud de ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del texto completo de la Ordenanza Nº 071MDA. Que, a traves de la Ordenanza materia de ratificacion se indica que se aplicaran para el ejercicio 2005, los montos reajustados por el IPC de los arbitrios establecidos en la Ordenanza Nº 049-MDA. Por ello, la municipalidad aplicara las mismas disposiciones tecnicas que se establecieron en el ejercicio 2004 considerando los montos reajustados, mostrados a continuacion:
ARBITRIO LIMPIEZA PUBLICA PARQUES Y JARDINES SERENAZGO TOTAL ARBITRIOS COSTO ANUAL 2004 9,497,148.14 7,297,685.49 4,988,212.52 21,783,046.15 IPC (%) 3.22% 3.22% 3.22% COSTO ANUAL 2005 9,802,956.31 7,532,670.96 5,148,832.96 22,484,460.24

diente. De acuerdo a la informacion remitida por la Municipalidad Distrital de Ate, se verifico que se han reajustado los costos del ejercicio 2004 con el IPC, conforme se muestra en el cuadro anterior. Que, la estimacion de los ingresos potenciales por cada servicio es calculada teniendo en cuenta las tasas y criterios establecidos en la Ordenanza Nº 049-MDA, reajustandolas con el IPC, siendo el resultado anual tal como se aprecia en el cuadro siguiente:
ARBITRIO LIMPIEZA PUBLICA PARQUES Y JARDINES SERENAZGO TOTAL ARBITRIOS INGRESO ANUAL 2004 9,180,350.12 6,611,627.53 4,480,033.31 20,272,010.96 IPC (%) 3.22% 3.22% 3.22% COSTO ANUAL 2005 9,475,957.39 6,824,521.94 4,624,290.38 20,924,769.71

Que, del analisis se determina que la recaudacion potencial por los servicios, permitira a la Municipalidad Distrital de Ate, financiar para el ejercicio 2005, parte de los costos incurridos en la prestacion de dichos servicios, con un deficit de 7.64% del costo total, el cual sera financiado con otros recursos municipales. Que, de otro lado, del analisis realizado de la informacion presentada, se observa que el importe a cobrar por la Emision Mecanizada de arbitrios es de S/. 4.00, en tanto que el importe a cobrar por predial de S/. 8.00 no supera el 0.4% de la UIT vigent segun lo establecido en la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776. Que, por otro lado los costos anuales incurridos que ascienden a S/. 757,208.04, los cuales comprenden actividades tales como Costos de Mano de Obra, Costos de Materiales, Gastos Variables por cuponera y Margen de Contribucion. Que, siguiendo con lo establecido en al Ordenanza Nº 069-MDA, se efectuo la estimacion de ingresos por este concepto, resultando un ingreso anual de S/. 749,388.00, lo cual financia el 98.97% de los costos, entendiendose que el deficit sera cubierto por otros ingresos de la Municipalidad Distrital. De conformidad a lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion, mediante Dictamen Nº 203-2004-MML/CMAEDO. ACORDARON: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 069-MDA "Que establece los derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes al Ejercicio Fiscal 2005" a aplicarse en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Ate. Articulo Segundo.- La ratificacion de la Ordenanza Nº 071-MDA "Que aprueba los importes de los Arbitrios de Limpieza publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo" correspondiente al ejercicio 2005, a aplicarse en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Ate. Articulo Tercero.- El presente Acuerdo de Ratificacion propuesto en el MORDAZA Articulo del presente, entrara en vigencia, cuando la Municipalidad Distrital de Ate cumpla con publicar en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 071-MDA. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 23527

Que, asimismo dentro del MORDAZA de ratificacion de la Ordenanza Nº 071-MDA, el Servicio de Administracion Tributaria solicito para cada uno de los arbitrios, de acuerdo a lo establecido en el MORDAZA parrafo del inciso a) del Articulo 4.2 de la Ordenanza Nº 607 y modificatorias, el sustento necesario para explicar los costos indirectos y/o gastos administrativos, los cuales representan aproximadamente el 15% del costo total del servicio. Que, dentro del MORDAZA de ratificacion de la Ordenanza Nº 071-MDA, el SAT, continuo con el tramite correspon-

Ratifican ordenanza de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo que establece regimen tributario y monto de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 424 MORDAZA, 17 de diciembre de 2004

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