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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G30/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de enero de 2004 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 SBS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G68/G6F/G2D /G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G20/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G72/G20/G63/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G73/G68/G69/G70/G6F/G74/G65/G63/G61/G72/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 1786-2003 Lima, 22 de diciembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Ica, para que se le autorice a otorgarCréditos Hipotecarios; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157-90-EF, establece que las Cajas Municipales deAhorro y Crédito (CMACs) pueden conceder créditos ala pequeña empresa y “otros tipos de crédito” de confor-midad con el Reglamento que elaborará la FEPCMAC y aprobará la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, mediante Resolución SBS Nº 897-2001 del 22 de noviembre de 2001, esta Superintendencia aprobó el“Reglamento de Crédito Hipotecario para Vivienda” queconsta de 12 numerales, presentado por la FederaciónPeruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito; Que, el otorgamiento de Créditos Hipotecarios permitirá a la Caja Municipal incrementar el volumen de sus operacio-nes, contribuyendo al desarrollo del mercado inmobiliario yde los sectores relacionados directamente con el mismo; Estando a lo opinado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero “F” a través del Informe Nº 126-2003-DESF“F” del 11 de diciembre de 2003; En uso de las atribucioines conferidas en el artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sis-tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias yel artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157-90-EF; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica a otorgar créditos hipotecarios,conforme a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157-90-EF y el artículo 2º de la Resolución SBS Nº 897-2001. Artículo Segundo.- La Caja Municipal de Ahorro y Crédi- to de Ica deberá diseñar e implementar las medidas necesa-rias que le permitan administrar eficientemente y con el debidocontrol, los riesgos asociados a dicha operación, con el cum- plimiento pleno de las disposicionies aplicables, en especial las contenidas en las Resoluciones SBS Nºs. 808-2003 y 1040-99, sus modificatorias y/o sustitutorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 24419 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G78/G63/G65/G70/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G71/G75/G65 /G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G53/G42/G53/G20/G4E/GBA/G20/G42/G2D/G32/G31/G30/G39/G2D/G32/G30/G30/G32 CIRCULAR SBS Nº B-2128-2003 Lima, 31 de diciembre de 2003 CIRCULAR Nº B-2128-2003 F-0468-2003 CM-0315-2003 CR-0184-2003 EAF-0218-2003 EDPYME-0106-2003 --------------------------------------------------- Ref.:Prórroga de tenencia de Bienes Adjudicados y Recuperados --------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las faculta- des establecidas en los numerales 9 y 13 del artículo349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sis- tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias, ypara el adecuado cumplimiento de lo establecido en elartículo 215º de la norma antes citada, esta Superinten-dencia ha considerado conveniente ampliar el tratamientoexcepcional señalado en el primer párrafo del numeral 3 de la Circular SBS Nº B-2109-2002, F-0448-2002, CM- 0295-2002, CR-0164-2002, EAF-0207-2002 y EDPYME-0093-2002 del 5 de agosto de 2002, hasta el 31 de di-ciembre de 2004. Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 0005 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G46._/G69/G72/G65/G77/G61/G6C/G6C/G20/G79/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G65/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 235-2003-CNI Chorrillos, 12 de diciembre de 2003 VISTOS: La Hoja Informativa Nº 12-2003-DITECITE-DINIE-CNI de fecha 13 de noviembre de 2003, los Memoranda Nº1055-2003, Nº 1068-2003 y Nº 1253-DINIE-CNI de fe-chas 14 y 18 de noviembre, y 9 de diciembre de 2003 respectivamente, los Memoranda Nº 735-2003 y Nº 738- 2003-DITECITE-DINIE-CNI de fechas 18 y 19 de noviem-bre de 2003, respectivamente, el Informe Nº 056-2003/DI-DINIE-CNI, y el Informe Legal Nº 191-2003-DIAJU-DINIE-CNI de fecha 10 de diciembre de 2003 que cons-tituyen los Informes Técnicos-Legales, sobre exoneración por situación de urgencia; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las operaciones de inteligencia que realiza la Dirección Nacional de Inteligencia Estra-tégica del Consejo Nacional de Inteligencia, se ha pre-sentado el Plan Integral de Seguridad Informática de lainstitución, en el cual se considera como aspecto priori- tario reforzar los sistemas de seguridad y control de las informaciones telemáticas, para ello resulta necesario laadquisición de dispositivos FIREWALL, y equipos deCONECTIVIDAD los mismos que permitirán evitar la