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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2004 (04/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G30/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de enero de 2004 DEVOLUCIONES POR PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO CÓDIGO : IFGRA-PG.05 VERSIÓN : 1VIGENCIA I. OBJETIVO Normar la atención correcta y oportuna de los expe- dientes de devolución por pagos indebidos o en excesopresentados en las distintas Intendencias de la Superin-tendencia Nacional Adjunta de Aduanas. II. ALCANCE Este procedimiento es de aplicación en todas las Intendencias a nivel nacional, donde funcionen depen-dencias en cuyo ámbito se efectuó el pago indebido oen exceso. III. RESPONSABILIDAD Intendentes, funcionarios y demás personal involucra- do en este procedimiento. IV. VIGENCIA A partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. V. BASE LEGAL - Decreto Ley Nº 19611 - Normas para devolución de impuestos pagados indebidamente, publicado el 21.11.1972 - Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas, publicado el 19.4.1996, y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 135-1999-EF, Texto Único Orde- nado del Código Tributario, publicado el 19.8.1999, y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 121-96-EF, Reglamento de la Ley General de Aduanas, publicado el 24.12.1996, y sus modi-ficatorias. - Decreto Supremo Nº 29-94-EF, Reglamento del Im- puesto General a las Ventas del publicado el 29.3.1994, y sus modificatorias.- Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM - Fusión por ab- sorción de Aduanas a SUNAT publicado el 11.7.2002. - Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM - Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, publicado el23.10.2002. - Decreto Supremo Nº 02-2003-EF, Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos de la SUNAT, publicado el6.1.2003. - Resolución de Superintendencia Nº 020-2003-SUNAT, Tasas de Interés para Devoluciones por pagos realizadosindebidamente o en exceso por concepto de Tributos Inter-nos y Aduaneros, publicada el 22.1.2003. VI. NORMAS GENERALES 1. Corresponde a las Intendencias resolver en pri- mera instancia y dentro del plazo legal, las solicitudesde devoluciones por pagos indebidos o en exceso efec-tuados en su jurisdicción o en los casos que conocie-ron originariamente, debiendo tener en cuenta lo si- guiente: a) Desde la fecha en que se efectuó el pago indebi- do o en exceso o que devino como tal, hasta la fechade la solicitud, no debe haber transcurrido más de cua-tro (4) años. b) El monto mínimo a partir del cual podrá conce- derse devoluciones por pagos indebidos o en exceso,actualizado hasta la fecha de la solicitud de devolucióndebe ser mayor al diez por ciento (10%) de la UIT vi-gente al año en que se presenta la solicitud de devolu-ción. c) Adicionalmente, si producto de la verificación o fiscalización se encuentran reparos u omisiones enotros tributos, deben proceder a la determinación delmonto a devolver considerando los resultados de dichaverificación o fiscalización a efecto de compensarlo deoficio con el pago indebido o en exceso, cuya devolu- ción se solicita. De ser el caso, disponen en el mismo acto resolutivo, la actualización y/o corrección de da-tos que pudiera corresponder. 2. La solicitud de devolución debe ser resuelta y no- tificada en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días hábiles, los cuales se computarán a partir del díasiguiente de la presentación de la solicitud.INICIO PRESENTA RECLAMO EXPEDIENTE DE RECLAMO FINRECIBE RECLAMO VERIFICA PLAZO DE PRESENTACI ÓN DENTRO DEL PLAZO RECIBE RECLAMO ACTUALIZA ADEUDORECIBE RECLAMO VERIFICA REQUISITOS CUMPLE REQUISITOSINFORMA Y PROYECTA RESOLUCI ÓN NOTIFICA USUARIO SUBSANA REQUISITOS PROYECTA RESOLUCI ÓN INADMISIBLE EL RECLAMORECIBE PROYECTO DE RESOLUCI ÓN PROYECTO DE RESOLUCI ÒN FIRMA RESOLUCI ÓN RESOLUCI ÓN NUMERA Y FECHA RESOLUCI ÓNUSUARIOTRÁMITE DOCUMENTARIOEJECUTOR COACTIVOÁREA COMPETENTEINTENDENTE - GERENTE - JEFE DE DIVISI ÓN SI NONOSI NOSI