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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2004 (04/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G30/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de enero de 2004 vienda, Construcción y Saneamiento, encargado de for- mular los valores de terrenos urbanos y rústicos a nivelnacional, valores unitarios oficiales de edificaciones encosta, sierra y selva y la elaboración del Reglamento deTasaciones, así como la ejecución de valuaciones debienes muebles e inmuebles que soliciten las entidades públicas y privadas; Que, según lo detallado resulta pertinente que el Con- sejo Nacional de Inteligencia contrate los servicios delConsejo Nacional de Tasaciones, a fin que éste se encar-gue de elaborar la tasación especificada en los conside-randos precedentes, debiendo tenerse en cuenta para ello sus características inherentes y particulares, la cali- dad de sus profesionales, de sus servicios, su conoci-miento en el arte u oficio y su calidad de Ente Rectorestatal en materia de tasaciones; supuestos que encua-dran dentro de la definición de Servicios Personalísimos,considerando que ninguna otra persona natural o jurídi- ca cuenta con las referidas condiciones; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, disponeque en los contratos de locación de servicios calificadoscomo personalísimos, celebrados con personas natura- les o jurídicas, se debe tener en cuenta a la persona del locador ya sea por sus características inherentes, parti-culares o especiales o por su determinada calidad, pro-fesión, ciencia, arte u oficio; Que, el artículo 113º del citado Reglamento, estable- ce que las resoluciones o acuerdos, por los que se aprue- be la exoneración de los Procesos de Selección al am- paro de las causales contenidas en el artículo 19º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, requieren obligatoriamente dela previa opinión técnico legal de las áreas correspon-dientes de la Entidad; Estando al visto de la Dirección Nacional de Inteli- gencia Estratégica, la Secretaría General, la Oficina REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERUGeneral de Planificación, Presupuesto y Administración, la Dirección de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional(SINA) y su modificatoria Ley Nº 27589, el DecretoSupremo Nº 093-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sec-tor Público para el año fiscal 2003 y la ResoluciónSuprema Nº 262-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- EXONERAR, del Proceso de Adjudicación Directa Pública, la contratación del ser- vicio de tasación de los bienes que se detallan en la parte considerativa de la presente Resolución, conel Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, por lacausal de Servicios Personalísimos, autorizando quetal contratación se efectúe bajo la modalidad deAdjudicación de Menor Cuantía, hasta por un valor de S/. 83,347.60 (Ochenta y tres mil trescientos cua- renta y siete y 60/100 Nuevos Soles) incluidos los im-puestos de ley. Artículo 2º.- DISPONER, que la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Administración, remita co-pia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República den- tro de los diez (10) días calendario siguientes a la fechade su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia 24413