Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2004 (04/01/2004)


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NORMAS LEGALES
Original

MORDAZA, MORDAZA 4 de enero de 2004

3. En el caso de veedores que se desempenen en el area de MORDAZA - Callao, el personal encargado del area de Programacion, comunica a los almacenes aduaneros la relacion de los mismos. Tratandose de los terminales de almacenamiento, la comunicacion se realiza mediante el correo electronico utilizado para las inmovilizaciones de carga. 4. Respecto a los veedores acreditados para presentarse en las intendencias de Aduanas ubicadas en provincias fuera de las jurisdicciones de las Aduanas Aerea y Maritima del Callao y Aduana Postal, el Intendente de Aduana respectivo comunica el listado de veedores a los almacenes aduaneros de su jurisdiccion. B. PARTICIPACION DE VEEDORES EN EL RECONOCIMIENTO FISICO DE MERCANCIAS REALIZADOS EN LAS INTENDENCIAS DE ADUANA DE LA REPUBLICA 1. Los veedores pueden participar como observadores en el reconocimiento fisico de mercancias destinadas al regimen de importacion definitiva, seleccionadas al MORDAZA MORDAZA o naranja que hayan sido sometidas a reconocimiento fisico y que se realizan en los terminales de almacenamiento y/o depositos aduaneros autorizados de las diferentes jurisdicciones aduaneras. 2. Los veedores acreditados, pueden consultar en las intendencias de Aduanas de la Republica, datos de las declaraciones que seran objeto de reconocimiento fisico, como la fecha, hora y lugar del reconocimiento fisico y otros datos relativos a las mismas. 3. Los veedores acreditados que asisten al reconocimiento fisico de un despacho, efectuan coordinaciones previas con el personal de las areas de despacho de las intendencias de Aduanas a fin de proporcionar informacion tecnica de utilidad al momento del reconocimiento fisico. El veedor previamente, numera correlativamente la Ficha de Participacion e imprime dos formularios en MORDAZA que se llenaran durante el reconocimiento. 4. Los responsables de los almacenes aduaneros y el especialista en aduanas designado del area de despacho de las intendencias de Aduana, prestan las facilidades necesarias para la participacion de los veedores acreditados, debidamente identificados con su credencial. 5. Durante el reconocimiento fisico el especialista en aduanas designado, es responsable por la direccion de la accion y dispone las medidas pertinentes. 6. Al finalizar el reconocimiento fisico, el especialista en aduanas suscribe la "Ficha de Participacion del Veedor" (Anexo 4). En este documento, el veedor consigna las observaciones debidamente sustentadas y firma al final como MORDAZA de su participacion. Asimismo el especialista en aduanas registra en este documento las observaciones que estime pertinente. 7. Al momento de registrar en el SIGAD el levante de la mercancia, el especialista en aduanas debera, de estar implementado en el sistema, indicar el numero Ficha de Participacion de Veedores, caso contrario, debe registrar el numero de la Ficha de participacion en la diligencia de la DUA correspondiente. 8. La distribucion de la Ficha de Participacion del Veedor es la siguiente:

: Se adjunta a los actuados (DUA, Acta de Inmovilizacion). 1ra. MORDAZA : Veedor;

9. El veedor luego de cada inspeccion y dentro del plazo de 24 horas de finalizada esta, ingresa la ficha a su sistema automatizado de control de Fichas de Participacion de Veedores, en caso de estar implementado. VIII. FLUJOGRAMA Ver Anexos Nºs. 1, 2, 3, 4 IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS No aplica X. REGISTROS - Relacion de veedores acreditados, archivo mantenido por la Gerencia de Inteligencia - Division de Programacion (IFGRA). - "Ficha de Participacion de Veedores", en las areas de despacho de importacion de las intendencias de Aduanas de la Republica, segun corresponda. - Reporte ejecutivo de Fichas de Participacion de Veedores (Numero de DUA, Nº Ficha, Sector, Incidencia detectada). XI. DEFINICIONES - Almacenes Aduaneros.- Para el presente procedimiento este termino se refiere a: Terminales de Almacenamiento (maritimos, aereos, terrestres y postales) y Depositos Aduaneros Autorizados. - Ficha de Participacion de Veedor.- Es un documento en el que se consignan los hechos verificados en la inspeccion y/o reconocimiento fisico de mercancias solicitadas a importacion definitiva, asi como las observaciones y actuaciones de los veedores, debiendo estar firmada por los veedores participantes para que sea reconocida como tal. - MORDAZA Primaria.- Parte del territorio aduanero que comprende los recintos aduaneros, espacios acuaticos o terrestres destinados o autorizados para las operaciones de desembarque, embarque, movilizacion o deposito de la mercancia, las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de una aduana, aeropuertos, predios o caminos habilitados y cualquier otro sitio donde se cumplen normalmente operacion aduaneras (Glosario de Terminos Aduaneros - Decreto Legislativo. Nº 809) - Asociacion Gremial de Empresas Privadas.- Organizaciones de personas juridicas con el objeto de promover la racionalizacion, desarrollo y proteccion de las actividades que les son comunes, en razon de su profesion, oficio o MORDAZA de la produccion o de los servicios, y de las conexas a dichas actividades comunes. XII. ANEXOS

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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