Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2004 (07/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 7 de enero de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 259125

so de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DGS-ENL) Nº 637 de fecha 4 de diciembre del 2003, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de dos (2) Oficiales navales estadounidenses, del 4 al 17 de enero del 2004, con la finalidad de realizar un estudio del area en las ciudades de Iquitos y MORDAZA para el desarrollo del Ejercicio Multinacional UNITAS 45-04; y,

De conformidad con la Ley Nº 27856;

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a dos (2) Oficiales de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, en el periodo comprendido del 4 al 17 de enero del 2004, con la finalidad de realizar un estudio del area en las ciudades de Iquitos y MORDAZA para el desarrollo del Ejercicio Multinacional UNITAS 45-04. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5 de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,

AVISO

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.