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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2004 (08/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G31/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de enero de 2004 das para incrementar la protección marítima del buque, de los riesgos específicos de un incidente que afecte el siste-ma de protección implementado por la compañía en el bu-que. 2.19 Plan de Protección de la Instalación Portuaria (PPIP): Planes que se elaboran en base a la Evaluación de Protección aprobado por las autoridades competentes,para asegurar la aplicación de las medidas aprobadas paraincrementar la protección marítima de las instalacionesportuarias, de los riesgos específicos de un incidente queafecte el sistema de protección implementado por la insta-lación portuaria. Es fundamentalmente un análisis de ries-go de todos los aspectos de las operaciones de la instala-ción portuaria, para determinar qué elemento o elementosde éstas son más susceptibles y/o tienen más probabili-dad de sufrir un ataque. 2.20 Puerto.- Área geográfica que ocupando espacios terrestres y acuáticos situados en las riberas del mar, ríosy lagos navegables, reúne las condiciones físicas, natura-les o artificiales, y de organización que permiten las opera-ciones del tráfico portuario y que ha sido creada y autori-zada para el desarrollo de estas actividades por la autori-dad competente. 2.21 Riesgo: Efecto combinado de la gravedad de un incidente, la amenaza de ocurrencia del mismo y la vulne-rabilidad del buque o sus operaciones en una instalaciónportuaria. RIESGO = Gravedad x Amenaza x Vulnerabilidad 2.22 Vulnerabilidad: Predisposición o susceptibilidad que tiene un elemento a ser afectado por un incidente deprotección. Consta de 4 (cuatro) elementos que deberánser considerados y se detallan a continuación: a) Disponibilidad: La presencia y predicción sobre la habilidad de planear un ataque. b) Accesibilidad: Facilidad de producir el incidente, so- bre las barreras físicas y geográficas que determinan laamenaza sin seguridad orgánica. c) Protección orgánica: La habilidad del personal de seguridad para detener un incidente, esto incluye los pla-nes de seguridad, capacidad de comunicación, guardia,detección de intrusos y tiempo de reacción de las fuerzasexternas para prevenir el incidente. d) Estructura del Buque o Instalación Portuaria: La capacidad del buque o instalación portuaria de soportar unincidente específico basado en la complejidad del diseño ylos materiales de construcción. Artículo 3º.- Disposiciones Generales3.1 Toda persona jurídica, que por sí o por cuenta de terceros pretenda realizar tareas de asesoramiento en pro-tección marítima, como Organización de Protección Reco-nocida (OPR), en forma permanente o transitoria, deberáinscribirse en el Registro de OPR, que para tal efecto llevala Dirección General de Capitanías y Guardacostas, Auto-ridad Marítima Nacional, en la Dirección de Control de In-tereses Acuáticos, debiendo cumplir con los requisitos nor-mados en la presente Resolución Directoral para su regis-tro y autorización como Organización de Protección Reco-nocida (OPR). Artículo 4º.- Requisitos generales para la inscrip- ción de las Organizaciones de Protección Reconocida 4.1 Personas Jurídicas4.1.1 Estar constituidas de acuerdo a la Ley. 4.1.2 Presentar copia del estatuto y de la inscripción en el registro público correspondiente, autenticada por nota-rio público. 4.1.3 Deberán presentar la declaración jurada, de no poseer antecedentes penales ni encontrarse requisitoria-do por la Autoridad Judicial o Policial, de los integrantes desus órganos de dirección y sus representantes legales. 4.1.4 Todos sus integrantes deberán acreditar ser ciuda- dano peruano con título profesional otorgado en el país o enel extranjero debidamente reconocido por el Estado Peruano. Artículo 5º.- Requisitos Técnicos que deberán cum- plir para su Registro y Autorización como Organiza-ciones de Protección Reconocida 5.1 En adición a los requisitos generales señalados en el artículo anterior, cada persona jurídica solicitante ; pos-tulante a Organización de Protección Reconocida, deberá presentar un expediente organizacional en el cual deberáacreditar documentadamente, que cumple con los siguien-tes requisitos mínimos: 5.1.1 Contar dentro de sus integrantes con personal di- rectivo, técnico y de apoyo competente, capaz de elaborarlos procedimientos contenidos en el Código PBIP, así comoactualizarlos; los mismos que deberán cumplir con los per-files que a continuación se detallan: 5.1.1.1 Experiencia en los aspectos de seguridad y pro- tección, incluyendo la capacidad para evaluar los riesgosmás comunes en las operaciones de los buques y de lasinstalaciones portuarias en el ámbito operacional del puer-to, incluidas las propias de la interfaz buque - puerto y lacapacidad para plantear las medidas para reducir dichosriesgos; debiendo de presentar uno de los siguientes do-cumentos: - Certificado o constancia laboral con una antigüedad no menor de TRES (3) meses, de haber desempeñado fun-ciones en dichos aspectos. - Certificado de Estudios o de Capacitación que avalen el haber recibido instrucción en los aspectos de seguridady protección o el haber asistido a seminarios o conferen-cias respecto del mismo. 5.1.1.2 Conocimientos adecuados sobre las operacio- nes de los buques en el ámbito operacional del puerto, ylas instalaciones portuarias, que incluirá entre otros, cono-cimientos sobre el desarrollo de proyectos en la construc-ción de instalaciones portuarias, operaciones de aproxi-mación al puerto; así como, aquellos referidos a aspectosde desarrollo de una instalación portuaria; la cual deberáser acreditada mediante la presentación de uno de los si-guientes documentos: - Certificado otorgado por una Universidad u otra Insti- tución de Educación Superior. - Constancia laboral de haberse desempeñado como administrador de instalaciones portuarias durante un pe-riodo no inferior a TRES (3) años. 5.1.1.3 Experiencia en el reconocimiento y la detección de armas y explosivos, dispositivos peligrosos, sustanciasquímicas y biológicas, sustancias ilegales y/o sustanciasprecursoras de éstas, debiendo presentar la documenta-ción que acredite el conocimiento de la reglamentaciónnacional e internacional sobre el control de armas, explo-sivos, sustancias químicas y biológicas; por parte de susintegrantes, la cual deberá ser acreditada mediante la pre-sentación de los siguientes documentos: - Currículum Vitae del asesor que tenga el conocimien- to de la reglamentación nacional e internacional sobre elcontrol de armas, explosivos, sustancias químicas y bioló-gicas; dicho currículum deberá encontrarse acreditado conlos certificados de instrucción y capacitación respectivos. - Programa de instrucción y capacitación en estas ma- terias, que se efectuarán al personal que participará en lasevaluaciones de protección y la confección de los planesde protección. 5.1.1.4 Conocimiento del equipo y de los sistemas de protección y vigilancia, y de sus limitaciones operaciona-les, debiendo presentar el currículum vitae del asesor quetenga el conocimiento de las técnicas sobre seguridad yprotección. 5.1.1.5 Conocimiento de lo prescrito en el capítulo XI-2 del SOLAS y en la parte A del Código PBIP, así como de lalegislación nacional e internacional pertinente y de las pres-cripciones sobre protección, el mismo que deberá ser acre-ditado mediante la presentación de uno de los siguientesdocumentos: - Certificado de Estudios o de Capacitación que avalen el haber recibido instrucción referente al tema. 5.1.1.6 Acreditar mediante la presentación de los currí- culum vitae (debidamente sustentados con certificados deestudios, certificados laborales), los conocimientos en lossiguientes temas: - Legislación Marítima. - Técnicas de análisis y gestión de riesgos.- Técnicas Aduaneras.