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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2004 (08/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G31/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de enero de 2004 Que, en consecuencia es necesario aceptar la renun- cia presentada, así como designar al funcionario quedesempeñará dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDESmodificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, la renuncia presentada por el señor CARLOS OCTAVIO ALVA ALFARO, al cargo deGerente de Operaciones del Programa Nacional de Asis-tencia Alimentaria - PRONAA, Organismo PúblicoDescentralizado del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, al señor HANS KARL HEYSEN ARÉVALO, en el Cargo de Gerente de Operaciones delPrograma Nacional de Asistencia Alimentaria, OrganismoPúblico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 00185 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 003-2004-MIMDES Lima, 7 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 471-2003-MI- MDES, se designó al señor VICTOR HUGO BULLON CAL-DERON, en el cargo de Gerente de la Gerencia Local deChiclayo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, cargo considerado de confianza; Que, es necesario dar por concluida la citada designa- ción, así como designar al funcionario que desempeñarádicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDESmodificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES,y Resolución Ministerial Nº 463-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del se- ñor VICTOR HUGO BULLON CALDERON, en el cargo deGerente de la Gerencia Local de Chiclayo del ProgramaNacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministe-rio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Artículo 2º.- Encargar, a la señora HERLINDA RIVE- RA LUZÓN, Gerenta de la Gerencia Local de Piura PRO-NAA, las funciones de Gerente de la Gerencia Local deChiclayo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 00213 PRODUCE /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G65/G73/G69/G73/G74/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65 /G61/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G31/G33/G34/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G50/G52/G4F/G44/G55/G43/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 513-2003-PRODUCE Lima, 30 de diciembre del 2003VISTOS: Los escritos con registros Nº 06093001 del 13 de mayo y 2 de setiembre de 2003, Nº 13094002 del 24 de julio de2003 y Nº 10823002 del 2 de setiembre de 2003, presen-tados por LUCIANA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 134-2003- PRODUCE del 14 de abril de 2003, se declaró improce-dentes los recursos de reconsideración interpuestos porLUCIANA S.A.C. contra las Resoluciones Ministeriales Nºs.101-2001-PE y 136-2002-PE; asimismo, en su artículo 3ºse declaró la caducidad de la autorización de incrementode flota otorgada a LUCIANA S.A.C. por vencimiento delplazo señalado en el artículo 2º de la Resolución Directo-ral Nº 023-99-PE/DNE, sin haber cumplido con construir laembarcación pesquera a denominarse "TIBURÓN 8"; Que, a través del escrito del visto del 13 de mayo de 2003, LUCIANA S.A.C. interpone recurso de apelacióncontra la Resolución Ministerial Nº 134-2003-PRODUCE; Que, mediante escrito con registro Nº 06093001 del 2 de setiembre de 2003, LUCIANA S.A.C. se desiste del re-curso de apelación interpuesto contra la Resolución Minis-terial Nº 134-2003-PRODUCE; Que, corresponde aceptar el desistimiento del recurso de apelación solicitado por LUCIANA S.A.C., por cuantocon dicha decisión no se afecta intereses de terceros nidenota interés general alguno; Que, mediante escrito del visto del 24 de julio de 2003, LUCIANA S.A.C. solicita la nulidad de la Resolución Minis-terial Nº 134-2003-PRODUCE, argumentando que en losconsiderandos de dicha resolución se señalan algunosaspectos vinculados con el asunto de fondo, cuando nocorrespondía realizar un análisis de la materia sustantiva,por cuanto en la parte resolutiva sólo se emite pronuncia-miento respecto al tema formal; Que, a través del escrito con registro Nº 10823002 del 2 de setiembre de 2003, LUCIANA S.A.C. precisa que susolicitud está dirigida a que el Despacho Ministerial se pro-nuncie sobre la nulidad de la Resolución Ministerial Nº 134-2003-PRODUCE, por cuanto la misma adolece de viciosinsubsanables al existir discrepancia entre los argumentosseñalados en la parte considerativa y la parte resolutiva; Que, conforme al numeral 11.1 del artículo 11º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo Ge-neral, los administrados plantean la nulidad de los actosadministrativos que les conciernan por medio de los recur-sos administrativos previstos en dicha ley, por lo que al noplantear la nulidad en la forma prescrita por la citada nor-ma, corresponde declarar improcedente la nulidad solicita-da; Que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, con- forme al numeral 118.3 del artículo 118º del Reglamentode la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PE, las concesiones, autorizaciones, per-misos de pesca y licencias de las diferentes actividadespesqueras serán otorgadas por las direcciones nacionalescorrespondientes, constituyendo éstas la primera instan-cia administrativa y el Viceministro, la segunda y última ins-tancia administrativa; Que, asimismo, conforme al numeral 1 del artículo 3º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, es requisito de validez de los actos administrativos,entre otros, ser emitido por el órgano facultado en razón dela materia, territorio, grado, tiempo o cuantía, a través de laautoridad regularmente nominada al momento del dictado; Que, según el numeral 2 del artículo 10º de la Ley Nº 27444, constituye vicio del acto administrativo que causasu nulidad de pleno derecho, el defecto o la omisión dealguno de sus requisitos de validez; Que, de conformidad con el numeral 13.2 del artículo 13º de la Ley Nº 27444, la nulidad parcial del acto adminis-trativo no alcanza a las otras partes del acto que resultenindependientes de la parte nula; Que, por lo anteriormente expuesto, corresponde de- clarar de oficio la nulidad de los considerandos sétimo,octavo y noveno y del artículo 3º de la Resolución Minis-terial Nº 134-2003-PRODUCE, por haber sido emitidos porórgano incompetente, manteniéndose la validez y eficaciade dicha resolución en sus demás extremos; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General-, el literal i)del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funcio-nes del Ministerio de la Producción aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria, y con