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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G32/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de enero de 2004 la sustentan, a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fechade su publicación; Que, el numeral 3 del artículo 119º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoestablece que las prórrogas sucesivas de los contratos de arrendamiento deberán efectuarse observando las condiciones previstas en los contratos respectivos, con-teniendo necesariamente una cláusula de resolución uni-lateral a favor de la Entidad, sin pago de indemnizaciónpor ningún concepto y sin incluir opción de compra; Que, los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado esta- blecen los procedimientos a que se deben someter lascontrataciones y adquisiciones exoneradas de los pro-cesos de selección antes aludidos, precisando que, unavez aprobada la exoneración, la contratación, deberárealizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requi- sitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse enla resolución exoneratoria el órgano que se encargaráde llevar a cabo la contratación; Que, según el Informe Técnico emitido por el Área de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas, se sustenta la necesidad de prorrogar el plazo de los con- tratos de arrendamiento de determinados inmuebles queviene ocupando la Defensoría del Pueblo a nivel nacio-nal; Que, visto el Informe Legal emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, con opinión favorable, se concluye que para la prórroga del plazo de los contratos de arrenda- miento de los inmuebles que viene ocupando la Defen-soría del Pueblo a nivel nacional procede la exoneracióndel proceso de selección al encontrase dentro del su-puesto establecido en el inciso g) del artículo 19º de laLey, requiriéndose para tales efectos de conformidad con el artículo 20º de la ley, emitirse la Resolución que laapruebe; Con el visto bueno del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Oficina de Administración y Fi-nanzas; En uso de las facultades conferidas por la Ley Or- gánica de la Defensoría del Pueblo y por la Resolu-ción Defensorial Nº 66-2000/DP; de conformidad conla Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº27209, la Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2003, Ley Nº 27879, los artículos 19º inciso c), 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,los artículos 14º, Numeral 4), inciso b), 105º, 116º y119º Numeral 3) del Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y los artículos 6º y 7º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución Defenso-rial Nº12-2001/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR, de los procesos de selección Concurso Público y Adjudicaciones Directas,las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamien-to de los inmuebles que viene ocupando la Defensoríadel Pueblo a nivel nacional, que se detallan en el artícu-lo segundo de esta Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Jefe de la Ofici- na de Administración y Finanzas a prorrogar el plazo con-forme a ley, de los contratos de arrendamiento de inmue-bles ocupados por la Entidad, que a continuación se de-tallan: Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administración y Finanzas remita copia de la presente resolu- ción y de los informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República, en un plazo no mayor de diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en Funciones 00273 J N E /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G6F/G20/G65/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G6F/G73/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G2D /G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G76/G61/G63/G61/G6E/G63/G69/G61/G73/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G63/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/GF1/G61/G72/G69/G73/G2C/G20/G41/G74/G61/G71/G75/G65/G2D/G72/G6F/G2C/G20/G52/GED/G6D/G61/G63/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G41/G6E/G69/G74/G61 RESOLUCIÓN Nº 001-2004-JNE Exp. Nº 1090-2003 Lima, 7 de enero de 2004VISTO: El recurso de apelación formulado por el Regidor Carlos Rinza Mendoza, del Concejo Distrital de Cañaris, provincia deFerreñafe, departamento de Lambayeque, para que se decla-re nula e infundada la declaratoria de vacancia de su cargo; CONSIDERANDO: Que en sesión extraordinaria de fecha 3 de octubre del 2003, el Concejo Distrital de Cañaris acordó con el voto aprobatorio de cinco de sus miembros, declarar lavacancia del cargo de Regidor de don Carlos Rinza Men-doza, por la causal de inconcurrencia injustificada a tressesiones ordinarias;LOCALES INSTITUCIONALES CONTRATISTA PLAZO VALOR REFERENCIAL TOTAL Oficina Defensorial de Arequipa. Héctor Eduardo Gu tiérrez Ballon Siles 12 meses S/.30,000.00 Oficina Defensorial de Ayacucho. Margarita Gutiérrez de Melendez. 12 meses S/.43,200.00 Oficina Defensorial de Huancayo. Rosa Na varro viuda de C hávez. 12 meses S/.27,704.16 Oficina Defensorial de Iquitos. Nab y Garcia de Sifuentes . 12 meses S/.21,600.00 Oficina Defensorial de Piura. Ana del Pilar Mendoza Labr in. 12 meses S/.28,080.00 Oficina Defensorial del Cono Este (Santa Anita). Ana M aría Muro Medrano viuda de Bravo. 12 meses S/.15,120.00 Oficina Defensorial del Cono Norte (Los Olivos). Esther Crispin de Burbano. 12 meses S/.19,440.00 Oficina Defensorial del Cono Sur (San Juan de Mir aflores) Lucio Filemon Te llo Palomino . 12 meses S/.15,120.00