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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G32/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de enero de 2004 Institucional de la Contraloría General de la República y el Informe de Supervisión Nº 018-2003-CG/OCI sobre lagestión del Titular del Órgano de Control Institucional -OCI del Ministerio de la Producción (ex Pesquería), pe-ríodo enero 2000 - diciembre 2002; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, ladesignación y la separación definitiva de los Jefes de losÓrganos de Control Institucional, se efectúa por esteOrganismo Superior de Control de acuerdo a los requisi-tos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 114- 2003-CG se aprobó el Reglamento de los Órganos deControl Institucional, estableciéndose en el numeral 2.1de su Primera Disposición Transitoria, que la separacióndefinitiva del Jefe del Órgano de Control Institucional, se efectúa por la Contraloría General, mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 32º de la Ley Nº 27785 y los artículos 32º, 33º y 34º delReglamento de los Órganos de Control Institucional, se proce-dió a efectuar la evaluación del Órgano de Control Institucional del Ministerio de la Producción (ex Pesquería) y el desempeño funcional de su Jefatura, habiéndose comunicado medianteOficio Nº 669-2003-CG/OCI del 3.SET.2003 a su titular Coman-dante FAP (r) Jorge Ernesto Hudtwalcker Burgos, los resulta-dos de la evaluación realizada a su desempeño funcional conel propósito que presente sus aclaraciones y/o comentarios; Que, evaluados los descargos alcanzados por el Coman- dante FAP(r) Jorge Ernesto Hudtwalcker Burgos mediante cartaNº 010-2003/EHB de 16.SET.2003, ha quedado establecidoque su desempeño funcional como Jefe del Órgano de Con-trol Institucional del Ministerio de la Producción (ex Pesquería)no resulta satisfactorio, en tanto no se ha sujetado a los linea- mientos y disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República en materia de control gubernamental, en sucondición de ente Técnico Rector del Sistema Nacional deControl; habiéndose determinado de la evaluación realizada,que los Planes Anuales de Control correspondientes a los años2000, 2001 y 2002 no fueron cumplidos en su integridad; evi- denciándose además la existencia de deficiencias técnicas en la elaboración de diversos informes de Auditoría emitidos du-rante los ejercicios 2000- 2002, situaciones que se aúnan alretraso en la presentación de los Informes de Verificación ySeguimiento de Medidas Correctivas correspondientes al IISemestre 2001, I y II Semestre 2002, conforme es de verse del Informe de Supervisión de vistos; Que, derivado del resultado de la evaluación conteni- da en la Hoja de Recomendación de vistos, en base alos hechos y situaciones mencionadas en el consideran-do precedente, corresponde a este Organismo Superiorde Control, separar definitivamente del cargo al Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de la Pro- ducción, al Comandante FAP (r) Jorge Ernesto Hudtwalc-ker Burgos, conforme a lo dispuesto en el literal a) delnumeral 2.1 de la Primera Disposición Transitoria delReglamento de los Órganos de Control Institucional; Que, la separación definitiva a que alude el conside- rando precedente, está referida al apartamiento del ejer- cicio del cargo, siendo de competencia exclusiva de laEntidad aquellas acciones de carácter laboral que pu-dieran derivarse de dicha separación; Que, mediante Oficio Nº 0006-2004-CG/DC se ha comunicado al Titular del Ministerio de la Producción, el resultado de la evaluación efectuada por este Organis- mo Superior de Control al Jefe del Órgano de ControlInstitucional, Comandante FAP (r) Jorge Ernesto Hudt-walcker Burgos. En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República y el numeral 2.1 de la Primera Disposición Transitoria delReglamento de los Órganos de Control Institucional,aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG;SE RESUELVE: Artículo Único.- Separar definitivamente del cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministe-rio de la Producción (ex Pesquería), al Comandante FAP(r) Jorge Ernesto Hudtwalcker Burgos, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Re- solución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00258 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6F/G2D /G72/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G6C/G61/G73/G20/G4A/G65/G66/G61/G74/G75/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/GD3/G72/G67/G61/G2D/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G79/G20/G46._/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G79 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 008-2004-CG Lima, 8 de enero de 2004 Vista, la Hoja de Recomendación Nº 002-2004-CG/ OCI, emitida por la Gerencia de Órganos de ControlInstitucional de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, ladesignación de los Jefes de los Órganos de Control Ins-titucional se efectúa por este Organismo Superior de Control de acuerdo a los requisitos, procedimientos, in- compatibilidades y excepciones que establezca para talefecto; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 006- 2004-CG se dispuso la separación definitiva del Jefedel Órgano de Control Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, encontrándose vacante dicha jefatura; Que, en ese sentido, a fin de garantizar el normal de- sarrollo de las funciones del mencionado Órgano, se haconsiderado necesario encargar la jefatura del Órganode Control Institucional del Ministerio de Economía y Fi- nanzas, a un profesional de la Contraloría General de la República que reúne los requisitos establecidos para di-cho efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26ºdel Reglamento de los Órganos de Control Institucional,aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control yde la Contraloría General de la República y a lo dispues-to en el Reglamento de los Órganos de Control Institu-cional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a partir de la fecha, al se- ñor CPC Jorge Isaac Carrillo Vargas, Funcionario de laContraloría General de la República, la Jefatura del Ór-gano de Control Institucional del Ministerio de Econo-mía y Finanzas Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00259