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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G35/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 12 de enero de 2004 FERROCARRIL HUANCAYO-HUANCAVELICA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G46/G65/G72/G72/G6F/G63/G61/G72/G72/G69/G6C/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F/G2D/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 001-2004-CD/FHH Huancayo, 2 de enero del 2004 VISTO: El Informe Nº 001/GG-FHH/04 del Gerente General y el Informe Nº 003-2004-CVV/FHH del Asesor Legal Exter- no del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Que, con el documento del Visto se indica que para el Ejercicio Presupuestal 2004 se encuentra programada -para su posterior aprobación dentro del Plan Anual de Ad-quisiciones- la compra de Combustibles mediante un pro-ceso de Licitación Pública, considerando el volumen de lareferida adquisición y el precio total que ello importa; Que, sin embargo, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el T.U.O. de la Ley Nº 26850 “Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado”, y su Reglamentoaprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, el proceso de Licita-ción Pública demanda un calendario aproximado de 90 díasnaturales para efectos de elaboración y aprobación de Ba-ses, Convocatoria, Formulación de Consultas y Observa- ciones y la Absolución de las mismas, Integración de Ba- ses, Calificación, Adjudicación e Impugnación de resulta-dos; Que, en ese orden de ideas se hace necesario adoptar un mecanismo legal que permita la inmediata adquisiciónde combustible como insumo imprescindible para la conti- nuidad del servicio público que brinda el Ferrocarril Huan- cayo-Huancavelica; Que, siendo ello así, conviene a los intereses de la ins- titución la aplicación de lo señalado por el inciso c) del ar-tículo 19º del T.U.O. de la Ley Nº 26850 en cuya virtud seencuentran exoneradas de los procesos de Licitación Pú- blica las adquisiciones que se realicen en situación de ur- gencia declaradas de conformidad con la citada Legisla-ción; Que, por su parte el artículo 21º del T.U.O. de la Ley Nº 26850 señala que existe situación de urgencia cuando laausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la con- tinuidad de los servicios esenciales o de las operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, en consecuencia, apelando a dicha definición le- gal, se tiene que para el caso existe ausencia extraordina-ria e imprevisible de un bien, por cuanto de conformidad con lo señalado por el inciso 1) del artículo 7º del Regla- mento del T.U.O. de la Ley Nº 26850, el Plan Anual de Ad-quisiciones debe ser aprobado por el Titular del Pliego o lamáxima autoridad administrativa dentro de los 30 días na-turales siguientes de aprobado el presupuesto institucio-nal; de manera que al haberse aprobado el 31.DIC.2003 el Presupuesto Institucional del Ejercicio 2004 y estando la institución dentro del plazo de aprobación de Plan Anualde Adquisiciones aún no se ha efectuado la convocatoriadel proceso de Licitación Pública para la adquisición decombustibles en la Entidad, resulta ello una circunstanciaajena y, por tanto, extraordinaria e imprevisible; Que, de igual forma, tal situación de ausencia extraor- dinaria e imprevisible del bien requerido (combustible) com-promete el forma directa e inminente la continuidad del ser-vicio esencial que presta la Entidad, habida cuenta que sien-do el transporte de pasajeros y carga su objetivo principalde acuerdo con lo señalado por el artículo 3º de su Estatu- to aprobado por D.S. Nº 019-96-MTC; la adquisición de com- bustible no admite postergación alguna; Que, en consecuencia, mientras se apruebe el Plan Anual de Adquisiciones 2004 de la Entidad y en tanto serealice el Proceso de Licitación Pública para la Adquisiciónde Combustible; se hace necesaria la declaración de ur-gencia que permita una acción inmediata en el marco de lo dispuesto por el T.U.O. de la Ley Nº 26850 y su Reglamen-to aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Con las atribuciones conferidas por el artículo 9º del Estatuto de la Institución y con la opinión favorable del Gerente General, del Jefe del Departamento de Adminis-tración y del Asesor Legal Externo; SE RESUELVE: Primero.- Declarar en Situación de Urgencia, por un plazo de 120 días calendario, la adquisición de combusti-bles para el Ferrocarril Huancayo-Huancavelica. Segundo.- Exonerar a la adquisición de combustibles del proceso de Licitación Pública correspondiente, autori- zando la ejecución de un proceso de Adjudicación de Me- nor Cuantía durante el plazo a que se refiere el artículoPrimero de la presente Resolución y en forma mensualhasta alcanzar el total que a continuación se indica: Descripción Básica Valor Referencial -Combustibles: Diesel N° 01 Aditivado (61,000 Gl ns.) S/. 462,380.00 Gasolina de 84 octan os (1,120 Glns.) S/. 9,632.00 Dicha adquisción se ejecutará con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Ordinarios. Tercero.- Delegar en la Gerencia General la facultad de designar al Comité Especial que tendrá a su cargo laconducción del proceso de Adjudicación de Menor Cuan-tía destinado a la adquisición de combustible en el marcode la presente exoneración. Cuarto.- Encargar a la Gerencia General la publica- ción del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano,dentro de los 10 días hábiles siguientes a su aprobación. Quinto.- La Gerencia General queda encargada de comunicar la presente Resolución a la Contraloría Generalde la República, dentro de los 10 días calendario siguien- tes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO ESCUDERO MEZA Presidente del Consejo Directivo LEONCIO VILA ORELLANA Miembro del Consejo DirectivoRepresentante Gob. Reg. Junín REYNEIRO MEJÍA USANDIVARAS Miembro del Consejo Directivo Representante Gob. Reg. Huancavelica 00503 I N P E /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G61 /G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G4D/G75/G6A/G65/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G6F/G72/G72/G69/G6C/G6C/G6F/G73 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 006-2004-INPE/P Lima, 7 de enero de 2004 VISTO, el Informe Nº 001-2004-INPE-CPPAD de fecha 5 de enero de 2004 de la Comisión Permanente de Proce-sos Administrativos Disciplinarios del Instituto NacionalPenitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 752-2003- INPE/P de fecha 21 de noviembre de 2003, se instauróproceso administrativo disciplinario a la servidora MaríaConcepción GARCÍA GUZMÁN, Agente Penitenciario, Ni-vel STF, del Establecimiento Penitenciario de Mujeres deChorrillos de la Dirección Regional Lima, por haber incurri- do en abandono laboral a su centro de labores desde el 3 de abril de 2002 hasta la fecha, haciendo un total de 644