Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2004 (17/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de enero de 2004 Cuadro Nº 1.4

Las publicaciones indicadas se realizaron el 17 de setiembre de 2003, dando cumplimiento a lo senalado en el literal "g" del Anexo A de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados". Para los calculos de las Tarifas en MORDAZA, en esta etapa, se tomaron los costos al 31 de agosto de 2003. Cuadro Nº 1.3
Vigente al OSINERG Incremento TARIFAS Unidades 30 Set 2003 Precio Promedio ctm S/./kWh 9,14 8,02 -12,3% de la Energia Precio de la S/./kW-mes 18,78 18,81 0,2% Potencia Peaje por S/./kW-mes 11,50 13,25 15,2% Conexion (*) Precio Promedio ctm S/./kWh 14,53 13,72 -5,6% Total (**) (*) Los Peajes corresponden a precios vigentes resultantes de la fijacion de MORDAZA 2003. El valor fijado por el OSINERG incluye el incremento en la GRP establecido mediante el D.S. Nº 046-2002-EM (**) Se asume Factor de Carga = 78% y % Energia en Horas Punta = 20%

Vigente al OSINERG Incremento TARIFAS Unidades 30 Set 2003 Precio Promedio ctm S/./kWh 9,14 8,28 -9,5% de la Energia Precio de la S/./kW-mes 18,78 18,85 0,4% Potencia Peaje por S/./kW-mes 11,50 13,26 15,3% Conexion (*) Precio Promedio ctm S/./kWh 14,53 13,99 -3,7% Total (**) (*) Los Peajes corresponden a precios vigentes resultantes de la fijacion de MORDAZA 2003. El valor fijado por el OSINERG incluye el incremento en la GRP establecido mediante el D.S. Nº 046-2002-EM (**) Se asume Factor de Carga = 78% y % Energia en Horas Punta = 20%

1.9. Recursos de Reconsideracion De acuerdo con lo dispuesto por el numeral 5 del Articulo 3º de la Ley 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, y el item k) del anexo A de la Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, los interesados podran presentar Recurso de Reconsideracion contra las resoluciones que expida el OSINERG. Con fecha 11 de enero de 2003, la referida resolucion fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, la misma que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, dispuso que los nuevos plazos para la MORDAZA de recursos y solucion de los mismos se extendieran a 15 y 30 dias habiles, respectivamente. El COES-SINAC y la empresa Edegel S.A.A. presentaron recursos de reconsideracion el 5 de octubre de 2003. Todos los recursos fueron acompanados de documentacion que constituye prueba instrumental. El OSINERG dispuso la publicacion, en la pagina WEB del OSINERG, de los recursos de reconsideracion indicados con el proposito de que los agentes del MORDAZA e interesados tuvieran acceso a los mismos y contaran con la informacion necesaria que les permitiera expresar sus observaciones y/o comentarios relacionados con dichas reconsideraciones, no habiendose recibido opinion alguna. 1.10. Tercera Audiencia Publica El Consejo Directivo del OSINERG convoco a una tercera audiencia publica para el 17 de noviembre de 2003 con la finalidad de que las personas juridicas que interpusieron recursos de reconsideracion contra la Resolucion OSINERG Nº 162-2003-OS/CD pudieran presentar el sustento de sus respectivas reconsideraciones. 1.11. Tarifas en MORDAZA Definitivas El OSINERG evaluo los recursos de reconsideracion presentados y elaboro los Informes Tecnicos OSINERGGART/DGT Nº 001-2004, y OSINERG-GART/DGT Nº 002-2004; los mismos que contienen el resultado de los analisis realizados tomando en cuenta toda la informacion obtenida en la revision de los recursos interpuestos. Como resultado de la revision de los informes se dispuso, mediante resoluciones del Consejo Directivo del OSINERG, declarar infundados dichos recursos de reconsideracion, por lo que las Tarifas en MORDAZA y sus formulas de actualizacion se mantienen iguales a las publicadas mediante la Resolucion OSINERG Nº 162-2003-OS/CD (Cuadro Nº 1.4). 2. Precios Basicos de Potencia y Energia El MORDAZA se extiende desde Tacna por el sur hasta Tumbes por el norte, y enlaza la mayor parte de ciudades del pais. Para el presente periodo de regulacion se destaca: · El ingreso de las centrales hidroelectricas de Poechos (13 MW) y Yuncan (130 MW) dentro del horizonte de estudio. · La inclusion de las primeras unidades que utilizaran el gas natural de Camisea a partir del ano 2004. En las secciones que siguen se explican los procedimientos y resultados obtenidos en el MORDAZA de determinacion de las Tarifas en MORDAZA para el periodo noviembre 2003 - MORDAZA 2004.

1.6. MORDAZA Audiencia Publica El Consejo Directivo del OSINERG dispuso la realizacion de una MORDAZA audiencia publica, la misma que se llevo a cabo el 24 de setiembre de 2003, en la cual la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG expuso los criterios, metodologia y modelos economicos utilizados en la presente regulacion tarifaria, asi como el sustento del proyecto de resolucion que fija las Tarifas en MORDAZA para el periodo noviembre 2003 - MORDAZA 2004. La realizacion de esta audiencia publica se produjo de manera descentralizada y simultaneamente en tres ciudades del pais: MORDAZA, Cuzco y MORDAZA, a traves de un sistema de multivideoconferencia. En esta audiencia publica, los consumidores, las empresas concesionarias, la Defensoria del Pueblo, las asociaciones de usuarios y demas personas interesadas en la regulacion de las Tarifas en MORDAZA pudieron dar a conocer sus puntos de vista sobre el procedimiento en ejecucion y su resultado tarifario. Las opiniones y comentarios vertidos durante dicha audiencia han sido analizados por el OSINERG. 1.7. Opiniones y Sugerencias de los Interesados El 29 de setiembre de 2003 fue la fecha de cierre para que los interesados en la regulacion tarifaria presentaran sus opiniones y sugerencias sobre el Proyecto de Resolucion que fija las Tarifas en Barra. El OSINERG recibio las opiniones y sugerencias al Proyecto de Resolucion presentadas por: el COES-SINAC y las empresas Enersur S.A. y Edegel S.A.A.; las cuales fueron publicadas en la pagina WEB del OSINERG. El analisis de las mismas se incorporo en la redaccion del informe que sustento la fijacion de las Tarifas en Barra. 1.8. Fijacion de Tarifas en MORDAZA El OSINERG evaluo las premisas y calculos efectuados por el COES-SINAC tanto en su estudio inicial como en el informe remitido en respuesta a las observaciones formuladas a su Estudio Tecnico Economico para la fijacion de las Tarifas en MORDAZA y, luego de su analisis, preparo el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 050A-2003 con el resultado de los estudios realizados tomando en cuenta la informacion obtenida en el MORDAZA de regulacion tarifaria, todo lo cual sirvio de base para la aprobacion de las Tarifas en MORDAZA y sus formulas de reajuste correspondientes al periodo noviembre 2003 - MORDAZA 2004. Las Tarifas en MORDAZA y sus formulas de reajuste, una vez aprobadas, fueron publicadas en el Diario Oficial El Peruano y complementariamente en la pagina WEB del OSINERG el 15 de octubre de 2003. En el siguiente cuadro se resume el resultado de la fijacion de las Tarifas en Barra:

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