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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G39/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de enero de 2004 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G2D/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO METROPOLITANO DE PLANIFICACIÓN RESOLUCIÓN Nº 002-2004-MML-IMP Lima, 6 de enero del 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado Nº 26850 establece en su artículo 7º la obligatoriedadde que cada entidad elabore un Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones que será aprobado por la más altaautoridad administrativa del organismo, en este caso, elDirector Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planifica-ción - IMP; Que la Oficina de Administración, en coordinación con la Dirección de Personal y la Dirección de Logística, hapropuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes para el año 2004; en base a lo programado en elPresupuesto de Bienes y Servicios para el año fiscal2004 y de acuerdo a lo establecido en la DirectivaNº 005-2003-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolu-ción Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29 de di-ciembre del 2003, la misma que regula el procedimientode elaboración y el contenido de los Planes Anuales deAdquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sec-tor Público; De conformidad con la Ley Nº 26850, su Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Metropolitano de Planifica-ción - IMP para el año 2004. Artículo 2º.- Hacer de conocimiento del Consejo Su- perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE y de la Comisión de la Promoción de laPequeña y Micro Empresa - PROMPYME, la presente Re-solución, dentro de los diez (10) días hábiles. Artículo 3º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones aprobado por el artículo 1º seapuesto a disposición de los interesados en el local delIMP, sito en Calle Natalio Sánchez Nº 220 - Piso 12 -Jesús María. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina General de Admi- nistración la publicación de la presente Resolución en elDiario Oficial El Peruano dentro del plazo establecido en laDirectiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS VILLARÁN SALAZAR Presidente del Consejo Directivo 00868 MUNICIPALIDAD DE ATE FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 49-MDA Mediante Oficio Nº 010-2004-SG/MDA, la Municipali- dad de Ate solicita se publique Fe de Erratas de la Orde-nanza Nº 49-MDA, publicada en nuestra edición del día 9de enero de 2004, en la página 259266.DICE: Artículo 9º.- El pago individual del Arbitrio diario de los vendedores informales que desarrollan actividades comer-ciales indicadas en el artículo anterior queda establecidode la siguiente manera: - Venta de gasolina, caldo de gallina, ferias populares de alimentos, vendedores en módulos o carretilla: S/. 0.50. DEBE DECIR: Artículo 9º.- El pago individual del Arbitrio diario de los vendedores informales que desarrollan actividades comer-ciales indicadas en el artículo anterior queda establecidode la siguiente manera: - Venta de golosinas, caldo de gallina, ferias populares de alimentos, vendedores en módulos o carretilla: S/. 0.50. 00815 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-04-MDB Barranco, 8 de enero del 2004EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Plan de Acción de la Unidad de Registro Civil para el año 2004, respecto a la celebración del MatrimonioCivil Comunitario en el distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, el Municipio de Barranco desea promover la Unión Familiar y en vista que el matrimonio y la familia son elnúcleo prioritario de la sociedad es procedente autorizar,impulsar y difundir la realización de una Ceremonia deMatrimonio Civil Comunitario; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Código Civil vigente, ejerciendo las facultades conferidas en la LeyNº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con la opi-nión favorable de la Unidad de Registro Civil, Oficina deAsesoría Jurídica, Oficina de Secretaría General y Geren-cia Municipal; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario del año 2004, el día trece defebrero del dos mil cuatro. Artículo Segundo.- Dispensar a los contrayentes del trámite de publicación de avisos matrimoniales, confor-me a lo dispuesto en el artículo 252º del Código Civilvigente. Artículo Tercero.- Disponer la obligación de los con- trayentes de cumplir con los requisitos que dispone el artí-culo 248º del Código Civil y de efectuar el pago de S/. 70.00(Setenta Nuevos Soles) por concepto de servicios y/o do-cumentos que demande el Matrimonio Civil. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaría General, por medio de la Unidad de Registro Civil, el cum-plimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 00771