Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (05/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 76

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G31/G34/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de febrero de 2004 tenecientes a la Oficina Nacional de Desarrollo Fronterizo y Regional y al Capítulo Peruano del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Peruano - Ecuatoriana, así como del Director Regional de la Oficina Descentrali-zada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Piura y de los Cónsules del Perú en Macará, Machala y Loja; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 331 del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior, de 29 de enero de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposición Comple- mentaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomá- tico de la República; en concordancia con el artículo 83ºdel Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Re-glamento de la Ley del Servicio Diplomático de la Repú- blica; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; laLey Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de servi- dores y funcionarios públicos; y el artículo 15º de la LeyNº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en el Seminario-Taller Binacional de Eva- luación de Experiencias, a realizarse en la ciudad de Loja, República del Ecuador, el 05 y 06 de febrero de 2004, en elmarco del Programa de Capacitación y Difusión del Acuer- do Amplio suscrito en Brasilia en 1998: - Ministra en el Servicio Diplomático de la República, Amalia Mariátegui Succar, Cónsul General del Perú en Machala; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Pedro Andrés Rey Daly, Director Regional de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores enla ciudad de Piura; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Jorge Arturo Jarama Alván, Director Nacional(e) de Desarrollo Fronterizo y Regional; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Mario López Chávarri, funcionario del CapítuloPeruano del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Peruano-Ecuatoriana; - Consejera en el Servicio Diplomático de la República, Gladys García Paredes, Directora de Política Migratoria; - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Julio Cadenillas Londoña, Cónsul (e) del Con-sulado General del Perú en Loja; - Señor Francisco José Alano Martínez, del Consulado General del Perú en Macará. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione la partici- pación del Ministro Consejero Jorge Arturo Jarama Alvány de la Consejera Gladys García Paredes, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo los citados funcionarios diplomáticosrendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quin- ce (15) días al término de la citada comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Vi áticos Tarifa US$ US$ aeropuerto S/. Jorge Arturo Jarama Alván 156.00 600.00 29.80 Gladys García P aredes 156.00 600.00 29.80 Artículo Tercero.- Los gastos que ocasione la partici- pación de la Ministra Amalia Mariátegui Succar, del Minis- tro Pedro Andrés Rey Daly, del Primer Secretario Julio Cadenillas Londoña y del señor Francisco José Alano Mar-tínez, serán cubiertos por el Programa para Gastos de Funcionamiento de sus Misiones; y la participación del Ministro Consejero Mario López Chávarri no irrogará gas-tos al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, los funcionarios mencionados en el artículo segundo de la pre- sente Resolución deberán presentar ante el señor Ministrode Relaciones Exteriores un informe de las acciones reali- zadas durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 02408 SALUD /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G6F/G6E/G61/G6E/G2D/G74/G65/G73/G20/G50/G6F/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G67/G65/G6E/G69/G74/G6F/G72/G65/G73/G48/G65/G6D/G61/G74/G6F/G70/G6F/G79/GE9/G74/G69/G63/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 112-2004/MINSA Lima, 3 de febrero del 2004Visto el Oficio Nº 2227 2003-DGSP/MINSA de la Direc- ción General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que con el oficio de visto, la Dirección General de Sa- lud de las Personas solicita que se conforme una Comi- sión Interinstitucional para la creación, organización, pro-moción y regulación del Registro Nacional de Donantes Potenciales de Progenitores Hematopoyéticos, en el Mar- co de la Ley Nº 23415, Ley de Transplantes de Órganos yTejidos de Cadáveres y Personas Vivas, así como la Ley Nº 27282, relativa al Fomento de la Donación de Órganos y Tejidos Humanos y el marco legal vigente; Que, a tenor de lo dispuesto en el Art. 8º de la Ley Nº 26842- Ley General de Salud, toda persona puede dispo- ner a título gratuito de sus órganos o tejidos con fines detransplante, injerto o transfusión, siempre que ello no oca- sione graves perjuicios a su salud o comprometa su vida; en razón a ello, mediante la Ley Nº 23415, modificada porla Ley Nº 24703, se establece que toda cesión o disposi- ción gratuita de órganos o tejidos responde a una decisión libre y corresponde única y exclusivamente al propio suje-to; Que, teniendo en cuenta los beneficios y el impacto en la salud de las personas, que se lograría con la utilizaciónde las células hematopoyéticas con fines terapéuticos, exis- te la necesidad de la creación, organización y regulación de un "Registro Nacional de Donantes Potenciales de Pro-genitores Hematopoyéticos", para registrar la voluntad de los ciudadanos de ceder o disponer en vida y en forma gratuita de tejidos para el transplante de células progenito-ras; Que, el Ministerio de Salud, es el ente rector del Sector Salud, siendo una de sus competencias el desarrollo yperfeccionamiento de la legislación nacional de salud, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 2º y 3º literal g) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 5º nume- ral 6) de la misma Ley, uno de sus objetivos funcionales es la protección y recuperación de la salud y la rehabilitaciónde las capacidades de las personas en condiciones de equidad y plena accesibilidad; Que, por lo expuesto, resulta necesario que se confor- me una comisión interinstitucional integrada por especialis- tas expertos en la materia y representantes de diversas entidades que pertenezcan al Sector Salud que sean con-vocados para efectuar las actividades necesarias tendien- tes a la creación, organización, promoción y regulación del Registro Nacional de Donantes Potenciales de Progenito-res Hematopoyéticos, en el marco de la normatividad vi- gente; De conformidad con lo previsto en el Artículo 8º, literal I) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;