Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2004 (17/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 17 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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responsables por la supuesta comision del Delito contra la Fe Publica en agravio del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 03279

Precisan vigencia de delegacion de facultades a la ONP establecida mediante R.M. Nº 016-2004-EF/10
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 092-2004-EF/10 MORDAZA, 13 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28115 se amplio y preciso los alcances de la Ley Nº 27719, estableciendo que el reconocimiento, declaracion, calificacion y pago de las pensiones cuya entidad de origen sea privatizada, liquidada, desactivada y/o disuelta, asi como la representacion procesal del Estado ante el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional en los casos referidos al Decreto Ley Nº 20530, estara a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas, el cual fue autorizado a delegar dichas facultades a la Oficina de Normalizacion Previsional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2004-EF/ 10 el Ministerio de Economia y Finanzas delego a la Oficina de Normalizacion Previsional las facultades a que se refiere el considerando precedente; Que, con Informe Nº 031-2004-EF/76.14 la Direccion Nacional del Presupuesto Publico manifiesta que el Calendario del Primer Trimestre aprobado para el Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, incluye la prevision para el pago de las citadas pensiones, por lo que considera pertinente que el Ministerio de Economia y Finanzas continue con el pago de dicho compromiso durante dicho trimestre; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28115; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisese que la vigencia de la delegacion en la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP, establecida mediante la Resolucion Ministerial Nº 016-2004EF/10, respecto al pago de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 de las entidades privatizadas, liquidadas, desactivadas y/o disueltas que este Ministerio viene asumiendo, sera a partir del 1 de MORDAZA del ano 2004, quedando subsistente lo demas que contiene dicha Resolucion Ministerial. Registrese y comuniquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 03280

llo de actividades educativas, cientificas y culturales, incluyendo en forma especial a los docentes que con el testimonio de su MORDAZA personal pueden ser considerados como ejemplo a ser seguido por otros docentes y estudiantes; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-97-ED, se ha aprobado el Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales; Que, el Ministerio de Educacion ha considerado conveniente modificar dicho Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales con sujecion a lo dispuesto en su Ley de creacion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; el Decreto Ley Nº 11192, el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Modifica Reglamento Articulo 1º.- Modificar los articulos 5º, 11º, 15º, 20º, 21º, 24º y 29º del Decreto Supremo Nº 002-97-ED, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera: "Articulo 5º.- La Condecoracion en el Grado de "AMAUTA", se confiere al docente activo o cesante vivo, que en su labor pedagogica ostente una trayectoria academica y profesional de excepcional relieve y a aquellas personas MORDAZA que en forma abnegada contribuyen notoriamente a la consecucion de los fines generales de la educacion y cuya obra sea considerada un aporte significativo a la educacion, ciencia o cultura del pais". "Articulo 11º.- El Consejo de la Orden esta constituido por: - El Ministro de Educacion, quien lo preside en calidad de Canciller de la Orden. - Tres (3) Funcionarios del Ministerio de Educacion: El Viceministro de Gestion Institucional. El Viceministro de Gestion Pedagogica. El Secretario General, quien actuara como Secretario de la Orden. -Tres (3) miembros del Consejo Nacional de Educacion, designados por el Ministro de Educacion. -Dos Amautas invitados de honor de las tres ultimas promociones designados por Resolucion Ministerial." "Articulo 15º.- La Comision Calificadora quedara instalada en el mes de febrero de cada ano; teniendo vigencia su gestion para ese periodo calendario". "Articulo 20º.- La Condecoracion sera otorgada solamente a propuesta de entidades publicas o privadas, nacionales o regionales, educativas, gremiales, profesionales, academicas, de ex alumnos, de padres de familia y otras, relacionadas con el desarrollo de la educacion, la ciencia y la cultura". "Articulo 21º.- Las solicitudes de condecoracion seran presentadas por las entidades proponentes entre los meses de enero a MORDAZA de cada ano, en la Oficina de Tramite Documentario de la Sede Central del Ministerio de Educacion, de las Direcciones Regionales de Educacion o de las Direcciones de las Unidades de Gestion Educativa Local. La solicitud estara acompanada de la declaracion jurada del candidato propuesto de carecer de antecedentes penales o demeritos administrativos". "Articulo 24º.- El Canciller de la Orden en ceremonia especial a realizarse anualmente, impondra las Condecoraciones; en casos excepcionales podra solicitarse y otorgarse la condecoracion en el grado de MORDAZA, en cualquier epoca del ano". "Articulo 29º.- Los expedientes de los condecorados quedaran en el archivo del Ministerio de Educacion. Los expedientes de los no condecorados deberan recabarse hasta el 31 de diciembre de cada ano en la Oficina de Tramite Documentario de la Sede Central a traves de un representante legal autorizado; despues de la fecha MORDAZA senalada, se procedera a destruir los expedientes".

EDUCACION
Modifican el Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales
DECRETO SUPREMO Nº 004-2004-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Condecoracion de Palmas Magisteriales creada por Decreto Ley Nº 11192, constituye una recompensa honorifica destinada a premiar a los ciudadanos que se hayan distinguido en forma extraordinaria en el desarro-

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