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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G34/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 17 de febrero de 2004 para el Proyecto Enfrentando a las Amenazas de Enferme- dades Emergentes y Re-emergentes (el "Proyecto"); POR CUANTO, el Perú y la USAID enmendaron el Con- venio el 17 de febrero de 1998 (Enmienda Nº Uno), el 8 dejulio de 1998 (Enmienda Nº Dos), el 26 de agosto de 1999 (Enmienda Nº Tres), el 16 de mayo del 2000 (Enmienda Nº Cuatro), el 8 de agosto del 2000 (Enmienda Nº Cinco), el27 de setiembre del 2001 (Enmienda Nº Seis) y el 27 de setiembre del 2002 (Enmienda Nº Siete) (según enmienda el "Convenio"); y, POR CUANTO, USAID acordó donar al Perú, sujeto a la disponibilidad de fondos, la cantidad de Dieciocho Millo- nes Ochocientos Mil Dólares de los Estados Unidos (US$18,800,000) que serán proporcionados en incrementos bajo los términos del Convenio; y, POR CUANTO, el Perú y la USAID desean enmendar el Convenio para agregar un incremento de fondos de do- nación de USAID de Dos Millones de Dólares de los Esta- dos Unidos (US$ 2,000,000), siendo el total de la contribu-ción de USAID con fondos de Donación de Catorce Millo- nes Doscientos Ochentidós Mil Seiscientos Cincuenta y Un Dólares de los Estados Unidos (US$ 14,282,651); POR LO TANTO, las Partes acuerdan que el Convenio sea enmendado como sigue: 1. La Sección 3.1(a) del Convenio es anulada y susti- tuida por la siguiente sección: (a) La Donación. Para ayudar a lograr el objetivo esta- blecido en este Convenio, USAID, de conformidad con la Ley de Ayuda al Exterior de 1961 y sus enmiendas, por lapresente otorga al Donatario bajo los términos de este Convenio una suma que no exceda de Dos Millones de Dólares Americanos (US$ 2,000,000), que suplementan losUS$ 12,282,651 previamente donados bajo el Convenio, ascendiendo el total donado a la fecha a la cantidad de US$ 14,282,651 (la "Donación"). 2. El artículo 4 (a) Fecha de Terminación es por la pre- sente anulado y sustituido por lo siguiente: (a) La Fecha de Terminación del Convenio que es el 30 de diciembre del 2006, u otra fecha que las Partes pudie-ran acordar por escrito, es la fecha en que las Partes esti- man que todas las actividades necesarias para lograr el Objetivo y Resultados estarán concluidas.3. El Cuadro 1, Plan Financiero Ilustrativo de la Activi- dad del Anexo 1, queda por la presente anulado y sustitui- do por el Cuadro 1 revisado adjunto a esta Enmienda. 4. El Anexo 2, Estipulaciones Standard del Convenio Bilateral de Donación es revisado como sigue: Los párrafos (a) y (b) de la Sección B.4, Impuestos, quedan por la presente eliminados y sustituidos por los si- guientes párrafos: (a)Este Convenio y la asistencia bajo el mismo esta- rán exonerados de impuestos bajo las leyes en vigencia en el territorio del Perú. (b) En caso que USAID pague el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal en las adqui- siciones de bienes y servicios que demanden la ejecuciónde las actividades financiadas bajo este Convenio, el monto de los impuestos pagados será objeto de devolución. Para tal efecto, USAID seguirá los procedimientos requeridos. Las Partes acuerda que las Enmiendas que se suscri- ban posteriormente cuyo propósito es comprometer unaporte adicional a cargo del monto total tal como se indica en la Sección 3.1 (b) del Convenio, se sujetarán en cuanto a la ratificación a la normatividad peruana vigente, tenien-do en cuenta que las mismas son una sucesiva ejecución del Convenio. Excepto de lo enmendado o modificado en esta Enmien- da, todos los términos y condiciones de este Convenio permanecen en plena fuerza y vigencia. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la República del Perú y los Estados Unidos de América, actuando cada uno a través de sus respectivos representantes debidamente autorizados, han suscrito esta Enmienda Nº Ocho en susnombres y la han otorgado en el día y el año que aparecen en la primera página. REPÚBLICA DEL PERÚ ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICAPATRICIA K. BUCKLES Mission Director USAID/Peru REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU