Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2004 (17/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, martes 17 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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para el Proyecto Enfrentando a las Amenazas de Enfermedades Emergentes y Re-emergentes (el "Proyecto"); POR CUANTO, el Peru y la USAID enmendaron el Convenio el 17 de febrero de 1998 (Enmienda Nº Uno), el 8 de MORDAZA de 1998 (Enmienda Nº Dos), el 26 de agosto de 1999 (Enmienda Nº Tres), el 16 de MORDAZA del 2000 (Enmienda Nº Cuatro), el 8 de agosto del 2000 (Enmienda Nº Cinco), el 27 de setiembre del 2001 (Enmienda Nº Seis) y el 27 de setiembre del 2002 (Enmienda Nº Siete) (segun enmienda el "Convenio"); y, POR CUANTO, USAID acordo donar al Peru, sujeto a la disponibilidad de fondos, la cantidad de Dieciocho Millones Ochocientos Mil Dolares de los Estados Unidos (US$ 18,800,000) que seran proporcionados en incrementos bajo los terminos del Convenio; y, POR CUANTO, el Peru y la USAID desean enmendar el Convenio para agregar un incremento de fondos de donacion de USAID de Dos Millones de Dolares de los Estados Unidos (US$ 2,000,000), siendo el total de la contribucion de USAID con fondos de Donacion de Catorce Millones Doscientos Ochentidos Mil Seiscientos Cincuenta y Un Dolares de los Estados Unidos (US$ 14,282,651); POR LO TANTO, las Partes acuerdan que el Convenio sea enmendado como sigue: 1. La Seccion 3.1(a) del Convenio es anulada y sustituida por la siguiente seccion: (a) La Donacion. Para ayudar a lograr el objetivo establecido en este Convenio, USAID, de conformidad con la Ley de Ayuda al Exterior de 1961 y sus enmiendas, por la presente otorga al Donatario bajo los terminos de este Convenio una suma que no exceda de Dos Millones de Dolares Americanos (US$ 2,000,000), que suplementan los US$ 12,282,651 previamente donados bajo el Convenio, ascendiendo el total donado a la fecha a la cantidad de US$ 14,282,651 (la "Donacion"). 2. El articulo 4 (a) Fecha de Terminacion es por la presente anulado y sustituido por lo siguiente: (a) La Fecha de Terminacion del Convenio que es el 30 de diciembre del 2006, u otra fecha que las Partes pudieran acordar por escrito, es la fecha en que las Partes estiman que todas las actividades necesarias para lograr el Objetivo y Resultados estaran concluidas.

3. El Cuadro 1, Plan Financiero Ilustrativo de la Actividad del Anexo 1, queda por la presente anulado y sustituido por el Cuadro 1 revisado adjunto a esta Enmienda. 4. El Anexo 2, Estipulaciones Standard del Convenio Bilateral de Donacion es revisado como sigue: Los parrafos (a) y (b) de la Seccion B.4, Impuestos, quedan por la presente eliminados y sustituidos por los siguientes parrafos: (a) Este Convenio y la asistencia bajo el mismo estaran exonerados de impuestos bajo las leyes en vigencia en el territorio del Peru. (b) En caso que USAID pague el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal en las adquisiciones de bienes y servicios que demanden la ejecucion de las actividades financiadas bajo este Convenio, el monto de los impuestos pagados sera objeto de devolucion. Para tal efecto, USAID seguira los procedimientos requeridos. Las Partes acuerda que las Enmiendas que se suscriban posteriormente cuyo proposito es comprometer un aporte adicional a cargo del monto total tal como se indica en la Seccion 3.1 (b) del Convenio, se sujetaran en cuanto a la ratificacion a la normatividad peruana vigente, teniendo en cuenta que las mismas son una sucesiva ejecucion del Convenio. Excepto de lo enmendado o modificado en esta Enmienda, todos los terminos y condiciones de este Convenio permanecen en plena fuerza y vigencia. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, actuando cada uno a traves de sus respectivos representantes debidamente autorizados, han suscrito esta Enmienda Nº Ocho en sus nombres y la han otorgado en el dia y el ano que aparecen en la primera pagina. REPUBLICA DEL PERU MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA MORDAZA K. BUCKLES Mission Director USAID/Peru

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Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe.

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