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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G34/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 17 de febrero de 2004 público de confianza de Subprefecto de la provincia de Huari del departamento de Ancash, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 03288 JUSTICIA /G41/G63/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G64/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G65/G78/G74/G72/G61/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G74/G72/G61/G6E/G71/G75/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E /G73/G75/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G76/GED/G61/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G61 /G6C/G6F/G73/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 027-2004-JUS Lima, 16 de febrero de 2004Visto el Informe Nº 010-2004/CEA, del 4 de febrero de 2004, de la Comisión encargada del estudio de las solicitu-des de extradiciones activas, sobre el pedido de amplia- ción de extradición del procesado VÍCTOR ALBERTO VE- NERO GARRIDO, formulado por el Quinto Juzgado PenalEspecial de la Corte Superior de Justicia de Lima (Expe- diente Nº 7853-00); CONSIDERANDO: Que, el Cuadragésimo Primer Juzgado Penal de Lima, solicitó la detención preventiva con fines de extradición, a las autoridades de Estados Unidos de América, del proce-sado VÍCTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, por tener proceso penal pendiente por los delitos de corrupción de funcionarios - cohecho propio e impropio y encubrimientoreal, en agravio del Estado Peruano, (Expediente Nº 7853- 00), actuados que posteriormente fueron remitidos al Quinto Juzgado Penal Especial de Lima; Que, el referido procesado solicitó a las autoridades estadounidenses su entrega a nuestro país, habiéndose dictado la resolución de extraditabilidad el 2 de febrero de2001, además el referido pactó lo especificado a fin de aco- gerse al Principio de Especialidad, contemplado en el artí- culo IX del Tratado sobre la materia de 1899; Que, por Ejecutoria Suprema del 17 de octubre de 2003, integrada por Resolución del 15 de diciembre de 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia dela República, declaró procedente la solicitud de ampliación de extradición del procesado VÍCTOR ALBERTO VENE- RO GARRIDO, por la comisión del delito contra la tranqui-lidad pública - asociación para delinquir, y contra la admi- nistración pública - corrupción de funcionarios, en la mo- dalidad de enriquecimiento ilícito, en agravio del Estado(Expediente Nº 55-2003); Que, mediante el Informe Nº 010-2004/CEA del 4 de febrero de 2004, la Comisión encargada del estudio delas solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de ampliación de extradición del referido proce- sado; Que, según el artículo XIII, 1,c del Tratado de Extra- dición vigente desde el 25 de agosto de 2003 entre Esta- dos Unidos de América y la República del Perú, una perso-na puede ser procesada y, eventualmente, sancionada, por un delito distinto de aquél por el cual fue extraditada, siem- pre y cuando se cuente para ello con la autorización delEstado Requerido; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la LeyNº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Orde- nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradi-ción suscrito entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, vigente desde el 25 de agosto de 2003 y la Convención Interamericana Contra la Corrupción de1996;En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de ampliación de extra- dición activa del procesado VÍCTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, formulado por el Quinto Juzgado Penal Espe- cial de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declaradoprocedente por la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, por la comisión del delito contra la tranquilidad públi- ca - asociación para delinquir, y contra la administraciónpública - corrupción de funcionarios, en la modalidad de enriquecimiento ilícito, en agravio del Estado; y disponer su presentación por vía diplomática, a los Estados Unidosde América, de conformidad a los Tratados vigentes, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 03328 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 028-2004-JUS Lima, 16 de febrero de 2004 Visto el Informe Nº 009-2004/CEA, del 4 de febrero de 2004, de la Comisión encargada del estudio de las solicitu- des de extradiciones activas, sobre el pedido de amplia- ción de extradición del procesado VÍCTOR ALBERTO VE-NERO GARRIDO, formulado por el Quinto Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima (Expe- diente Nº 69-2001); CONSIDERANDO: Que, el Cuadragésimo Primer Juzgado Penal de Lima, solicitó la detención preventiva con fines de extradición, a las autoridades de Estados Unidos de América, del proce-sado VÍCTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, por tener proceso penal pendiente por los delitos de corrupción de funcionarios - cohecho propio e impropio y encubrimientoreal, en agravio del Estado Peruano, (Expediente Nº 7853- 00), actuados que posteriormente fueron remitidos al Quinto Juzgado Penal Especial de Lima; Que, el referido procesado solicitó a las autoridades estadounidenses su entrega a nuestro país, habiéndose dictado la resolución de extraditabilidad el 2 de febrero de2001, además el referido pactó lo especificado a fin de aco- gerse al Principio de Especialidad, contemplado en el artí- culo IX del Tratado sobre la materia de 1899; Que, por Ejecutoria Suprema del 17 de octubre de 2003, integrada por Resolución del 22 de diciembre de 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia dela República, declaró procedente la solicitud de ampliación de extradición del procesado VÍCTOR ALBERTO VENE- RO GARRIDO, por la comisión del delito contra laadministración pública -colusión des-leal-, en agravio del Estado (Expediente Nº 54-2003); Que, mediante el Informe Nº 009-2004/CEA del 4 de febrero de 2004, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de ampliación de extradición del referido pro-cesado; Que, según el artículo XIII, 1,c del Tratado de Extra- dición vigente desde el 25 de agosto de 2003 entre Esta-