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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (21/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G39/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de febrero de 2004 Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayequeha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APRUÉBASE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la sede del GobiernoRegional de Lambayeque (TUPA - 2003), el mismo que enun número de once (11) folios, comprende setenta y uno(71) procedimientos administrativos correspondientes a nueve dependencias, el mismo que corre adjunto a la pre- sente formando parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el texto íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la sededel Gobierno Regional de Lambayeque aprobado confor-me al Artículo Primero de la presente Ordenanza Regio- nal, en el diario encargado de los avisos judiciales en la capital de la región, sin perjuicio de su difusión a través deotros medios, conforme a ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 03447 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G5A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G2D /G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G55/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 /G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G61/G20/G4D/G65/G64/G69/G61/G6E/G6F/G20/G50/G6C/G61/G7A/G6F/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D /G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6C/G2D/G76/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G61 ORDENANZA Nº 593 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 12 de febrero de 2004, el Codificado Nº 5282-04 seguido por la Municipali-dad Distrital de Villa El Salvador, quien remite el Acuerdode Concejo Nº 003-2004/MVES, opinando favorablementepor el Cambio de Zonificación de Zona de Reglamentación Especial - Parque Arqueológico y Ecológico (ZRE-1) a Zona de Reglamentación Especial para fines de Vivienda (ZRE),del terreno ubicado en la parte superior del médano Lomode Corvina colindante con el Asentamiento Humano LaEncantada, a la altura del Km. 22.50 de la PanamericanaSur, posterior al muro de ladrillo de propiedad de la Ladri- llera Luren S.A., cuya área es de 80,470.00 m2, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, es competencia de la Municipalidad Metropolita- na de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y elacondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí- culo 195º, inciso 6) de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucio-nal del Capítulo XIV del Título IV; Que, de acuerdo al Artículo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son fun-ciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo:Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarro- llo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, elPlan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demásplanes específicos de acuerdo con el Plan deAcondicionamiento Territorial; Que, la Municipalidad de Villa El Salvador, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-2004/MVES del 20 de enero de 2004, opina favorablemente por el Cambio de Zonifi-cación de Zona de Reglamentación Especial - Parque Ar-queológico y Ecológico (ZRE-1) a Zona de Reglamenta-ción Especial para fines de Vivienda (ZRE), del terrenoubicado en la parte superior del médano Lomo de Corvina colindante con el Asentamiento Humano La Encantada, a la altura del Km. 22.50 de la Panamericana Sur, posterioral muro de ladrillo de propiedad de la Ladrillera Luren S.A.,cuya área es de 80,470.00 m2, distrito de Villa El Salvador.Asimismo, aprueba la Asignación de Parámetros Normati-vos y Propuesta de Lotización del terreno materia del refe- rido Acuerdo; Que, asimismo, la Municipalidad Distrital, considera que es necesario un reordenamiento urbano, con una lotiza-ción adecuada en el Sector antes mencionado, por cuantoen dicho terreno se han edificado viviendas de materialnoble precario, las cuales han sufrido un incendio produci- do el 11 de diciembre del 2003, constituyendo el área si- niestrada de 17,046.56 m2; Que, de acuerdo con el Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana para Villa El Salvador aprobado porOrdenanza Nº 195-MML del 21 de diciembre de 1998, elárea ocupada por el Asentamiento Humano La Encantada, titulado por COFOPRI, está calificado como ZRE-1 Parque Arqueológico y Ecológico, sin embargo mediante Oficio Nº317-2004-COFOPRI/GT, del 9 de febrero de 2004, COFO-PRI remite el Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica"Lomo de Corvina" según Plano Nº 001-INC-COFOPRI-2004, Plano de Delimitación de la Zona Arqueológica apro- bado por Resolución Jefatural Nº 478-92/INC, del 24 de ju- nio de 1992, Plano Perimétrico del remanente de la ZonaArqueológica aprobado según Resolución Directoral Nacio-nal Nº 058/INC del 4 de marzo de 1998 y el Plano Perimétri-co de la Zona Desafectada de la zona Arqueológica, segúnResolución Nacional Nº 058/INC del 4 de marzo de 1998; mediante los cuales se aprecia que a la zona materia de evaluación le ha sido levantada la calificación de ZonaArqueológica, la cual se circunscribe a partir de esa fecha aotro sector hacia el Sur Oeste del cerro "Lomo de Corvina"; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, mediante Informe Nº 034-2003-INDECI/DNP/SEP (10.1) del 15 de diciembre de 2003, concluye que el Sector Lomo de Corvina del distrito de Villa El Salvador, en las condicionesactuales de las viviendas y sin un adecuado control ni pla-neamiento urbanístico, se encuentra en alto riesgo ante lospeligros de deslizamiento, contaminación e incendio y enriesgo inminente ante la falta de planeamiento y control ur- banístico; recomendando que la autoridad local deberá exigir a la población que debe ceñirse estrictamente a lasdisposiciones del Reglamento Nacional de Construcciones(RNC) en cuanto a las especificaciones técnicas, condi-ciones urbanísticas, adecuado planeamiento y diseño deestructuras de acuerdo al tipo de suelo en donde se en- cuentra asentado y a un criterio antisísmico; Que, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante In-forme Nº 076-2004-MML/DMDU-OPDM-DPTN del 26 deenero de 2004, concluye que por tratarse de una situaciónexcepcional, la propuesta de Cambio de Zonificación a ZRE solicitada por la Municipalidad de Villa El Salvador, requiere de la opinión especializada del Instituto Metropolitano dePlanificación, dentro del marco de la Ordenanza Nº 134-MML; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, mediante Informe de opinión Nº 01-2004-MML/IMP-DPT del 27 deenero de 2004, opina que es posible considerar favorable el cambio de zonificación a uso residencial del terreno del recurso, calificándose como Zona de Reglamentación Es-pecial - ZRE Vivienda; indicando que deberá cumplirse conlas Recomendaciones de Orden Estructural y de OrdenNo Estructural señaladas por INDECI en el Informe Nº 034-2003-INDECI/DNP/SEP (10.1); Que, en esta zona, de conformidad con el artículo 12º de la Ordenanza Nº 134-MML, existe probado interés pú-blico, debidamente fundamentado por cuanto la Municipali-dad de Villa El Salvador mediante Acuerdo de Concejo