Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2004 (21/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2004

Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APRUEBASE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la sede del Gobierno Regional de MORDAZA (TUPA - 2003), el mismo que en un numero de once (11) folios, comprende setenta y uno (71) procedimientos administrativos correspondientes a nueve dependencias, el mismo que corre adjunto a la presente formando parte integrante de la misma. Articulo Segundo.- PUBLIQUESE el texto integro del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la sede del Gobierno Regional de MORDAZA aprobado conforme al Articulo Primero de la presente Ordenanza Regional, en el diario encargado de los avisos judiciales en la capital de la region, sin perjuicio de su difusion a traves de otros medios, conforme a ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 03447

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana a Mediano Plazo, correspondiente a los distritos de MORDAZA El MORDAZA y de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 593 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de fecha 12 de febrero de 2004, el Codificado Nº 5282-04 seguido por la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, quien remite el Acuerdo de Concejo Nº 003-2004/MVES, opinando favorablemente por el Cambio de Zonificacion de MORDAZA de Reglamentacion Especial - MORDAZA Arqueologico y Ecologico (ZRE-1) a MORDAZA de Reglamentacion Especial para fines de Vivienda (ZRE), del terreno ubicado en la parte superior del medano Lomo de Corvina colindante con el Asentamiento Humano La Encantada, a la altura del Km. 22.50 de la Panamericana Sur, posterior al MORDAZA de ladrillo de propiedad de la Ladrillera Luren S.A., cuya area es de 80,470.00 m2, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, es competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA planificar el desarrollo MORDAZA y rural de su circunscripcion, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial, de conformidad con el Articulo 195º, inciso 6) de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV; Que, de acuerdo al Articulo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo:

Aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de areas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-2004/MVES del 20 de enero de 2004, opina favorablemente por el Cambio de Zonificacion de MORDAZA de Reglamentacion Especial - MORDAZA Arqueologico y Ecologico (ZRE-1) a MORDAZA de Reglamentacion Especial para fines de Vivienda (ZRE), del terreno ubicado en la parte superior del medano Lomo de Corvina colindante con el Asentamiento Humano La Encantada, a la altura del Km. 22.50 de la Panamericana Sur, posterior al MORDAZA de ladrillo de propiedad de la Ladrillera Luren S.A., cuya area es de 80,470.00 m2, distrito de MORDAZA El Salvador. Asimismo, aprueba la Asignacion de Parametros Normativos y Propuesta de Lotizacion del terreno materia del referido Acuerdo; Que, asimismo, la Municipalidad Distrital, considera que es necesario un reordenamiento MORDAZA, con una lotizacion adecuada en el Sector MORDAZA mencionado, por cuanto en dicho terreno se han edificado viviendas de material noble precario, las cuales han sufrido un incendio producido el 11 de diciembre del 2003, constituyendo el area siniestrada de 17,046.56 m2; Que, de acuerdo con el Plano de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana para MORDAZA El MORDAZA aprobado por Ordenanza Nº 195-MML del 21 de diciembre de 1998, el area ocupada por el Asentamiento Humano La Encantada, titulado por COFOPRI, esta calificado como ZRE-1 MORDAZA Arqueologico y Ecologico, sin embargo mediante Oficio Nº 317-2004-COFOPRI/GT, del 9 de febrero de 2004, COFOPRI remite el Plano Perimetrico de la MORDAZA Arqueologica "Lomo de Corvina" segun Plano Nº 001-INC-COFOPRI2004, Plano de Delimitacion de la MORDAZA Arqueologica aprobado por Resolucion Jefatural Nº 478-92/INC, del 24 de junio de 1992, Plano Perimetrico del remanente de la MORDAZA Arqueologica aprobado segun Resolucion Directoral Nacional Nº 058/INC del 4 de marzo de 1998 y el Plano Perimetrico de la MORDAZA Desafectada de la MORDAZA Arqueologica, segun Resolucion Nacional Nº 058/INC del 4 de marzo de 1998; mediante los cuales se aprecia que a la MORDAZA materia de evaluacion le ha sido levantada la calificacion de MORDAZA Arqueologica, la cual se circunscribe a partir de esa fecha a otro sector hacia el Sur Oeste del cerro "Lomo de Corvina"; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, mediante Informe Nº 034-2003-INDECI/DNP/SEP (10.1) del 15 de diciembre de 2003, concluye que el Sector Lomo de Corvina del distrito de MORDAZA El MORDAZA, en las condiciones actuales de las viviendas y sin un adecuado control ni planeamiento urbanistico, se encuentra en alto riesgo ante los peligros de deslizamiento, contaminacion e incendio y en riesgo inminente ante la falta de planeamiento y control urbanistico; recomendando que la autoridad local debera exigir a la poblacion que debe cenirse estrictamente a las disposiciones del Reglamento Nacional de Construcciones (RNC) en cuanto a las especificaciones tecnicas, condiciones urbanisticas, adecuado planeamiento y diseno de estructuras de acuerdo al MORDAZA de suelo en donde se encuentra asentado y a un criterio antisismico; Que, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA, mediante Informe Nº 076-2004-MML/DMDU-OPDM-DPTN del 26 de enero de 2004, concluye que por tratarse de una situacion excepcional, la propuesta de Cambio de Zonificacion a ZRE solicitada por la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, requiere de la opinion especializada del Instituto Metropolitano de Planificacion, dentro del MORDAZA de la Ordenanza Nº 134-MML; Que, el Instituto Metropolitano de Planificacion, mediante Informe de opinion Nº 01-2004-MML/IMP-DPT del 27 de enero de 2004, opina que es posible considerar favorable el cambio de zonificacion a uso residencial del terreno del recurso, calificandose como MORDAZA de Reglamentacion Especial - ZRE Vivienda; indicando que debera cumplirse con las Recomendaciones de Orden Estructural y de Orden No Estructural senaladas por INDECI en el Informe Nº 0342003-INDECI/DNP/SEP (10.1); Que, en esta MORDAZA, de conformidad con el articulo 12º de la Ordenanza Nº 134-MML, existe probado interes publico, debidamente fundamentado por cuanto la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo

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