Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2004 (21/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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diante un contrato otorgado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 28 de diciembre de 1999 puesto que en esa fecha MORDAZA era propietaria y no poseedora por lo tanto considera que su contrato es valido, y constituye una venta a futuro. Por estas consideraciones solicita que se revoque la resolucion apelada. 3. Que, de conformidad con el literal a.3.5 y d) del articulo 3º del MORDAZA Legal y de los literales c) y e) del articulo 20º del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad2 "es funcion de la COFOPRI promover la conciliacion como mecanismo de solucion de conflictos entre los propietarios y lo poseedores de predios que formen parte de posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares que se encuentren en MORDAZA de formalizacion de la propiedad". 4. Que, al haberse determinado que el Programa de Vivienda de las Americas se encuentra ubicada en propiedad privada, se llevo a cabo el 14 de agosto de 1999 la audiencia de conciliacion entre el propietario y los poseedores del programa de vivienda MORDAZA citado y habiendo suscrito MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el Acta de Ratificacion de Acuerdos y Declaracion Jurada el 16 de MORDAZA de 2000 (fojas 110), la COFOPRI procedio a declararla como poseedora apta para la suscripcion del contrato respectivo; no definiendo aun la propiedad de "el predio". 5. Que, revisados los actuados, se verifico la existencia del contrato de Compra venta otorgado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rupp en favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respecto de "el predio", el 18 de MORDAZA de 2000 (fojas 25), en merito al acuerdo conciliatorio llevado a cabo entre el propietario y los poseedores de la posesion informal Programa de Vivienda Residencial Las Americas el 14 de agosto de 1999, estando pendiente su inscripcion el Registro Predial MORDAZA, de conformidad con el literal f) del articulo 25º del Reglamento de Conciliacion de Conflictos3 "la obligacion del propietario de transferir la propiedad de los lotes de terreno materia de la conciliacion en favor de cada uno de los poseedores calificados por COFOPRI". 6. Que, respecto a lo expuesto en el considerando inmediato anterior, el articulo 22º de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal segun su texto unico ordenado4, senala que "no podran ser objeto de adjudicacion para fines de vivienda [...] los de propiedad privada". Asimismo, el articulo 48º del Estatuto de la COFOPRI5 establece, que quedaran excluidos y no se consideraran parte del Programa de Formalizacion de la Propiedad los predios ocupados que constituyan propiedad privada [...]. En tal sentido, al estar acreditado el derecho de propiedad en favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no cabe que la COFOPRI defina el mejor derecho de posesion de "el predio". 7. Que, de conformidad con el literal b) del articulo 30º del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad6 "en los casos de lotes titulados por entidades que tuvieron competencia con anterioridad a la COFOPRI que no se encuentren registrados, procedera al envio de estos al Registro Predial MORDAZA, conjuntamente con los instrumentos de inscripcion y/o rectificacion de titulos, cuando sea necesario, a efectos de su inscripcion y expedicion de las constancias registrales correspondientes". 8. Que, la apelacion presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 26 de marzo de 2003, contra la resolucion venida en grado es infundada por cuanto la COFOPRI no es competente para declarar el mejor derecho de posesion cuando el predio es propiedad privada.

De conformidad con las normas MORDAZA citadas, asi como por el articulo 15º del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolucion Nº 153-2003-COFOPRI/GT del 19 de marzo de 2003, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZAR GINOCCHIO Presidente del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA HAAKER PIEROLA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA SECLEN MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI LUZ MORDAZA MORDAZA MERA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 03552

CONSUCODE
Modifican Disposicion .inal de la Directiva Nº 001-2004-CONSUCODE/ PRE, que MORDAZA el Reporte de Informacion sobre procesos de seleccion y contratos
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 059-2004-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 17 de febrero de 2004 VISTO: El Memorandum Nº 040-2004(GTN) de fecha 6.2.2004, a traves del cual la Gerencia Tecnica Normativa solicita la precision de la Directiva Nº 001-2004-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 017 -2004-CONSUCODE/ PRE; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el inciso a) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y la MORDAZA Disposicion Final de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE tiene, entre otras funciones, la de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de contratacion publica, pudiendo dictar para tal efecto las disposiciones complementarias pertinentes; Que, mediante Resolucion Nº 017-2004-CONSUCODE/ PRE de fecha 16.1.2004, se aprobo la Directiva Nº 0012004-CONSUCODE/PRE, que regula el Reporte de Informacion sobre procesos de seleccion y contratos al Sistema de Informacion sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, a fin de que las Entidades que se encuentran bajo el ambito de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, puedan adecuar sus procedimientos

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Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de la COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de MORDAZA de 1999. Reglamento de Conciliacion de Conflictos que surjan en el MORDAZA de Formalizacion de la Propiedad, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-00JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de octubre de 2000. Aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de MORDAZA de 1999. Aprobado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 17 de junio de 1998. Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de la COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de MORDAZA de 1999.

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