Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2004 (02/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- EXONERAR en forma temporal y excepcional a la Municipalidad Provincial de MORDAZA del MORDAZA de seleccion para la adquisicion del insumo aludido y senalado en el articulo precedente. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Municipalidad Provincial de MORDAZA para la adquisicion del Insumo:
PRODUCTO MONTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : : : LECHE EVAPORADA TARRO de 410 gr. TRESCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES PROGRAMA DE VASO DE LECHE

del articulo 2º de la Ley Nº 27470, modificado por la Ley Nº 27712 prescribe que "La decision adoptada sobre el MORDAZA de productos a adquirir sera de conocimiento de las representantes de las Organizaciones de Base, quienes canalizaran dicha propuesta al Comite de Administracion del Programa de Vaso de Leche; por lo que se habria incurrido en la causal de nulidad de "prescindir de las normas esenciales del procedimiento", ya que se ha prescindido de una MORDAZA esencial; Que, el MORDAZA es la MORDAZA autoridad administrativa de la Municipalidad, siendo una de las atribuciones resolver los actos administrativos de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR NULO el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 00006-2004-CE.M.P .M.C. para la adquisicion de leche fresca y lacteos para el Programa del Vaso de Leche, desde su convocatoria hasta el estado que se encuentra, por los considerandos expuestos. Articulo 2º.- Que se notifique a los proveedores que adquirieron las bases y facultar a la Oficina correspondiente para que haga la devolucion del dinero que pagaron por concepto de las bases. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. SIGNIOR POZZO DI BORGO MORDAZA MORDAZA Provincial 12329

Articulo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y se ponga en conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese, cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12386

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA
Declaran nulo MORDAZA de licitacion publica para adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 149-2004-M.P.M.C.
Juanjui, 18 de junio del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA VISTO: Que, se viene realizando el MORDAZA de Licitacion Nº 00006-2004-CE-M.P .M.C., para la adquisicion de leche fresca y lacteos para el Programa del Vaso de Leche, sin embargo se ha advertido que dicho MORDAZA contraviene a la Ley, por lo que el titular del pliego de conformidad con sus facultades que le otorga la ley considera que debe declararse nulo. CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 concordante con el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru establecen "los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 202º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 establece "la nulidad de oficio" concordante con el articulo 26º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 013-2001PCM, que establece "el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por algunas de las causales establecidas en el articulo 57º de la Ley, solo MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos"; Que, el articulo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 aprobada por D.S. Nº 0122001-PCM, establece las causales de nulidad siendo las siguientes "... cuando hayan sido dictadas por organo incompetente, contravengan a las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindir de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que se expida la etapa a que se retrotraera el proceso"; Que, se ha advertido que en el presente MORDAZA de Licitacion se ha omitido la siguiente norma: numeral 2.2.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejecicio fiscal 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 145-2004-A-MPU
Contamana, 10 de junio del 2004 VISTO: El Oficio Nº 038-2004-MPU-GM-GAF del 10 de junio del 2004, sobre solicitud de aprobacion de la III Modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Ucayali para el 2004; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 356-2003-A-MPU de fecha 15/12/2003 se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura para el Ejercicio Fiscal 2004 por el monto total de S/. 7,938,776.00; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 130-2004-MPUA de fecha 24/5/2004, se autorizo una modificacion presupuestaria en el nivel funcional programatico del Presupuesto Institucional del Pliego 01; Municipalidad P r ov i n c i a l d e U c aya l i p o r e l m o n t o t o t a l d e S/. 1,159,830.00 financiados con la fuente 01: Canon y Sobre Canon la suma de S/. 1,002,250.00 Nuevos Soles y con 07; la fuente del Fondo de Compensacion Municipal la suma de S/. 157,580.00; Que, con Oficio de vistos, la Gerencia de Administracion y Finanzas se dirige a la alta Direccion solicitando la aprobacion de la III Modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del 2004 en concordancia con la R.A. Nº 130-2004-MPU-A del 24/5/2004 que aprueba una modificacion presupuestaria en el nivel funcional programatico del presupuesto institucional del 2004 por el monto total de S/. 1,159,830.00 Nuevos Soles; alcanzando para ello el referido Plan con las respectivas Modificaciones; Que, el Art. 7º del D.S. Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por el Titular de Pliego; Que, teniendo en cuenta el detalle de los Bienes y Servicios, Estudios y Obras asi como los antecedentes y pro-

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